TEXTO PAGINA: 47
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de diciembre de 2012 480853 TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS N° DE ORDEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN CALIFICACIÓN PLAZO PARA RESOLVER (en días hábiles) INCIO DEL PROCEDIMIENTO AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOS Automático Evaluación Previa Número y Denominación Formulario / Código / Ubicación (en % UIT) (en S/.) Positivo Negativo RECONSIDERACIÓN APELACIÓN 42 PENSIONES COMPLEMENTARIAS (Ver nota 21) 33 Ley N° 28991 (27.03.2007) art. 11°; Decreto Supremo N° 063-2007-EF (29.05.2007) arts. 8° y siguientes; Resolución SBS N° 827- 2007(30.06.2007) art. 1° y siguientes; Decreto Supremo N° 015-98-PCM (25.04.1998) art. 84º inciso d) y art. 64°; Ley N° 27444, art. 40.1.5; Decreto Supremo 011-74-TR art. 7º; Decreto Supremo 014-74-TR. art. 4º. Para todos los casos: 1. Solicitud de Pensión de Jubilación proporcionada por la AFP. 2. Copia simple legible del Documento Nacional de Identidad vigente y en el caso de extranjeros, copia de carné de Extranjería o Pasaporte del afiliado. En caso de afiliados fallecidos: 1. Se tomará como Documento de Identidad, la copia simple legible de la Partida o Acta de Defunción. En caso de afiliados con seguro facultativo: 1. Si se tratase de asegurado facultativo, copia simple legible de la resolución de inscripción o recuperación de la condición de facultativo (Sólo si el documento no ha sido emitido por ONP) y comprobantes de pago que acrediten los aportes efectuados. En caso el afiliado aún no hubiere tramitado su Bono de Reconocimiento: 1. Este deberá ser solicitado a la ONP a través de la AFP a la cual pertenece, en forma paralela a la solicitud de Pensión Complementaria de Pensión Mínima o Pensión Complementaria para labores de riesgo. SIN FORMULARIO GRATUITO X 90 días Subdirección de Oficinas Departamentales (Por Resolución Ministerial N° 281-2002-EF/10, la documentación requerida debe ser presentada a la AFP a la cual pertenece el afiliado) Subdirector de Calificaciones 1. Dirigido al: Subdirector de Calificaciones 2. Plazo de Presentación: 15 días. 3. Resuelve Subdirector de Calificaciones 4. Plazo de Resolución 30 días. 1. Dirigido al: Subdirector de Calificaciones 2. Plazo de Presentación: 15 días 3. Resuelve Director de Producción 4. Plazo de Resolución 30 días. VIII SOLICITUDES VARIAS 43 ACCESO A LA INFORMACIÓN QUE POSEAN O PRODUZCAN LAS DIVERSAS DEPENDENCIAS DE LA ONP Decreto Supremo N° 043-2003-PCM artículo 11.c) (24.04.2003); Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM (06.08.2003); Ley N° 27444 (11.10.2001) arts.113° y 160°. 1. Declaración Jurada comprometiéndose a cancelar el costo de la reproducción, medio de entrega o copia de la información. Formulario F-100 Ubicación Portal Institucional www.onp.gob.pe Plataformas de Atención al Público a nivel nacional Costo por: Copia fotostática 0.004055 % de UIT. Copia en CD 0.032877 % de UIT. (Ver nota 9) 34 Para: UIT=S/.3,650 S/. 0.148 S/. 1.20 X 7 días (prorrogables por 5 días) Mesa de Partes en Lima y Oficinas Departamentales en provincia Jefe de la Oficina de Administración 1. Dirigido al: Jefe de la Oficina de Administración 2. Plazo de Presentación: 15 días. 3. Resuelve: Gerente General 4. Plazo de Resolución: 10 días. 44 OBSERVACIONES FORMULADAS POR LOS PARTICIPANTES, QUE NO HAYAN SIDO ACOGIDAS POR EL COMITÉ ESPECIAL DESIGNADO PARA UN DETERMINADO PROCESO DE SELECCIÓN (PARA VALORES REFERENCIALES MENORES A 300 UIT) Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 1017, publicado el 04.06.2008 y del Artículo 58º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012-EF. 1. Solicitud del participante dirigida al Presidente del Comité Especial, solicitando la elevación de observaciones al Jefe de la ONP. SIN FORMULARIO GRATUITO X (denegatoria ficta) 8 días Mesa de Partes en Lima Jefe de la ONP Observaciones 1. Dirigido al: Presidente del Comité Especial 2. Plazo de Presentación: 3 días 3. Resuelve: Jefe de la ONP 4. Plazo de Resolución: 8 días. 45 RECURSO DE APELACIÓN PRESENTADO EN PROCESOS DE SELECCIÓN DE CONTRATACIÓN ESTATAL (PARA VALORES REFERENCIALES MENORES A 600 UIT) Artículo 53º del Decreto Legislativo Nº 1017, publicada el 04.06.2008; Artículos 94º y 109º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009; Artículos 104° y 112° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del RESPECTO A LA ADMISIBILIDAD 1. Ser presentado ante la Mesa de Partes de la ONP y estar dirigido al Jefe de la ONP. 2. Identificación del impugnante, debiendo consignar su nombre y número de documento oficial de identidad, o su denominación o razón social. En caso de actuación mediante representante, se acompañará la documentación que acredite tal representación. Tratándose de consorcios, el representante común debe interponer el recurso de apelación a nombre de todos los consorciados, acreditando sus facultades de representación mediante la presentación de copia simple de la promesa formal de consorcio. 3. Señalar como domicilio procesal una dirección electrónica propia. 4. El petitorio, que comprende la determinación clara y concreta de lo que se solicita. 5. Los fundamentos de hecho y derecho que sustentan su petitorio. 6. Las pruebas instrumentales pertinentes. SIN FORMULARIO GRATUITO X (denegatoria ficta) 12 días Mesa de Partes en Lima Jefe de la ONP 1. Dirigido al: Jefe de la ONP 2. Plazo de Presentación: 5 días para Menores Cuantías y Adjudicaciones. 8 días para Concursos y Licitaciones 3. Resuelve Jefe de la ONP 4. Plazo de Resolución: 12 días. 21 Que contiene a la Pensión Complementaria de Pensión Mínima y a la Pensión Complementaria para labores de riesgo. 9 Los pagos correspondientes al costo de las solicitudes, deberán hacerse a la Cuenta Corriente en Moneda Nacional N° 0000-281875 del Banco de la Nación, denominada Cuenta Central RDR. El Banco de la Nación no cobra portes, ni gastos por los abonos que se realicen en esta cuenta. INICIO DEL