Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2012 (14/12/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

480848

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

CALIFICACION REQUISITOS Evaluacion Previa Automatico Formulario / Codigo / Ubicacion (en S/.) 4. Positivo Negativo RECONSIDERACION 4. (en % UIT) DERECHO DE TRAMITACION INSTANCIAS DE RESOLUCION DE RECURSOS

N° DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

PLAZO PARA RESOLVER (en dias habiles)

INICIO DEL MORDAZA DEL PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER

Numero y Denominacion

APELACION

Decreto Supremo N° 015-98-PCM (25.04.1998) art. 84º inciso d);

para pago a domicilio.

Ley N° 27444 (11.04.2001), 115°, 115.1, 40.1.5;

art.

4.

Informar direccion con referencias y/o croquis, solo para pago a domicilio.

Prestaciones Plazo de Resolucion: 30 dias

Operativos Plazo de Resolucion: 30 dias

Codigo Civil, art. 155°.

Para el caso de carta por unica vez de pago a pensionista hospitalizado, que cobra bajo la modalidad de pago directo:

1.

Exhibir el Documento Nacional de Identidad vigente y en el caso de extranjeros, presentar MORDAZA simple legible del Carne de Extranjeria o Pasaporte del beneficiario de la pension o solicitante.

2.

Solicitud del pensionista especificando a quien delega el cobro de su pension, adjuntando la MORDAZA de internamiento del Centro de Salud correspondiente. En su defecto, Certificado Social otorgado por el Servicio Social de EsSalud, en el que se precise la voluntad del pensionista de delegar el cobro de su pension, asi como la identificacion de la persona designada. (Ver nota 12)22 SIN FORMULARIO GRATUITO X 5 dias Plataformas de Atencion al Publico a nivel nacional 1. 2. 3. 4. 1. 2. 3. 4.

33

1.

Exhibir el Documento Nacional de Identidad vigente y en el caso de extranjeros, presentar MORDAZA simple legible del Carne de Extranjeria o Pasaporte del beneficiario de la pension o solicitante.

CAMBIO DE MODALIDAD DE PAGO DE PENSION (A ABONO EN CUENTA BANCARIA PARA PENSIONISTAS

2.

Poder General, si la solicitud es presentada por un tercero o MORDAZA simple legible del Poder Especial que otorga la facultad requerida.

Subdirector de Pago de Prestaciones o Coordinadores Departamentales, segun corresponda

Ley N° 28532 (26.05.2005) art. 3° y su Reglamento (Decreto Supremo N° 118-2006-EF);

Decreto Supremo N° 015-98-PCM (25.04.1998) art. 84º inciso d);

Ley N° 27444 (11.04.2001), 115°, 115.1, 40.1.5;

art.

Dirigido al: Subdirector de Pago de Prestaciones Plazo de Presentacion: 15 dias Resuelve: Subdirector de Pago de Prestaciones Plazo de Resolucion: 30 dias

Dirigido al: Subdirector de Pago de Prestaciones Plazo de Presentacion: 15 dias Resuelve: Director de Servicios Operativos Plazo de Resolucion: 30 dias

Codigo Civil, art. 155°.

VI Formulario F-300 Registro de Asegurados Facultativos GRATUITO X 30 dias

ADMINISTRACION DE APORTES ­ DECRETO LEY Nº 19990 Y SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO - SCTR Plataformas de Atencion al Publico a nivel nacional Subdirector de Administracion de Aportes 1. 1.

34

INSCRIPCION Y RECUPERACION FACULTATIVA

A. Formulario F-305 Solicitud de Recuperacion de condicion de Asegurado Facultativo

FACULTATIVO INDEPENDIENTE

1.

Exhibir el Documento Nacional de Identidad vigente y en el caso de extranjeros, presentar MORDAZA simple legible del Carne de Extranjeria o Pasaporte del solicitante.

2. 3.

2. 3. 4. 4.

Decreto Supremo N° 015-98-PCM (25.04.1998) art. 84º inciso d);

2.

Ley N° 27444 (11.04.2001), 115°, 115.1, 40.1.5; Ubicacion MORDAZA Institucional www.onp.gob.pe Plataformas de Atencion al Publico a nivel nacional

art.

Poder General, si la solicitud es presentada por un tercero o Poder Especial si ademas se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas. En dicho casos se debe exhibir el Documento Nacional de Identidad vigente de la persona que presenta la solicitud, del apoderado y del poderdante, segun corresponda. En el caso de extranjeros, presentar MORDAZA simple legible del carne de extranjeria o Pasaporte.

Ley N° 27444 arts. 1° y siguientes;

3.

Formulario F-300: Registro de Asegurados Facultativos.

Dirigido al: Subdirector de Administracion de Aportes Plazo de Presentacion: 15 dias Resuelve: Director de Produccion Plazo de Resolucion: 30 dias

Codigo Civil, art. 155°;

NORMAS LEGALES

Decreto Supremo (07.08.1974).



014-74-TR

Dirigido al: Subdirector de Administracion de Aportes Plazo de Presentacion: 15 dias Resuelve: Subdirector de Administracion de Aportes Plazo de Resolucion: 30 dias

B.

CONTINUACION FACULTATIVA (Ver nota 13) 23

1.

Exhibir el Documento Nacional de Identidad vigente y en el caso de extranjeros, presentar MORDAZA simple legible del Carne de Extranjeria o Pasaporte del solicitante.

2.

Decreto Supremo N° 015-98-PCM (25.04.1998) art. 84º inciso d);

Ley N° 27444 (11.04.2001), 115°, 115.1, 40.1.5;

art.

Poder General, si la solicitud es presentada por un tercero o Poder Especial si ademas se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas. En dicho casos se debe exhibir el Documento Nacional de Identidad vigente de la persona que presenta la solicitud, del apoderado y del poderdante, segun corresponda. En el caso de extranjeros, presentar MORDAZA simple legible del carne de extranjeria o Pasaporte.

Ley N° 27444 arts. 1° y siguientes;

3.

Formulario F-300: Registro de Asegurados Facultativos.

Codigo Civil, art. 155°;

4.

Decreto Supremo (07.08.1974),



014-74-TR

Certificado de Trabajo en el que se consigne las dieciocho (18) ultimas remuneraciones. En el caso de Trabajadores del Hogar, Declaracion Jurada en la que se consigne los dieciocho (18) ultimos pagos. (Ver nota 14)25

Decreto Supremo N° 011-74-TR (31.07.1974) arts. del 14° al 17°.

C.

RECUPERACION DE CONDICION FACULTATIVA (Ver nota 15) 24

1.

Exhibir el Documento Nacional de Identidad vigente y en el caso de extranjeros, presentar MORDAZA simple legible del Carne de Extranjeria o Pasaporte del solicitante.

2.

Poder General, si la solicitud es presentada por un tercero o Poder Especial si ademas se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas. En dicho casos se debe exhibir el Documento Nacional de Identidad vigente de la persona que presenta la solicitud, del apoderado y del poderdante, segun corresponda. En el caso de extranjeros, presentar MORDAZA simple legible del carne de extranjeria o Pasaporte.

Decreto Supremo N° 015-98-PCM (25.04.1998) art. 84º inciso d); Ley N° 27444 art. 40.1.5; Ley N° 27444 (11.04.2001), art. 115°, 115.1, 40.1.5;

3.

Formulario F-305: Solicitud de Recuperacion.

12

El plazo de vigencia de los documentos mencionados, es de cinco (5) dias habiles contados desde el dia siguiente de su expedicion.

13

De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 011-74-TR, debera solicitar la inscripcion dentro de los seis (06) meses desde el cese como asegurado obligatorio.

14

De manera opcional si el administrado cuenta con otros documentos que acrediten las 18 remuneraciones adjuntarlas.

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de diciembre de 2012

15

Caduca si obtiene calidad de asegurado obligatorio, adquiere derecho a una pension de invalidez o jubilacion del Sistema Nacional de Pensiones, o si deja de abonar aportaciones correspondientes a 12 meses; solo en este ultimo supuesto se puede solicitar su recuperacion hasta por dos veces, indicando en la solicitud si opta por abonar las aportaciones impagas del periodo anterior a su reincorporacion, incluidos los recargos correspondientes, o por reanudar el pago desde la fecha en que se reincorpora.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.