Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2012 (16/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
En el articulo 7º, numeral 28 DICE:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2012

30) Disponer la ejecucion de tareas en el ambito de su responsabilidad relacionadas a combatir actividades ilicitas, proteccion de recursos hidricos y del medio ambiente con Armadas de paises limitrofes, en concordancia a acuerdos internacionales y la normativa vigente. (...)"

"Articulo 7°.- Funciones Son funciones del Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru, las siguientes: (...)

879086-3 FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO Nº 1139 Mediante Oficio Nº 1161-2012-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo Nº 1139 - Ley de la Fuerza Aerea del Peru, publicado en la edicion del dia 10 de diciembre de 2012. En el articulo 4º DICE: "Articulo 4º.- Funciones La FAP, en el MORDAZA de sus competencias, cumple las siguientes funciones: (...) 8) (...)" DEBE DECIR: "Articulo 4º.- Funciones La FAP, en el MORDAZA de sus competencias, cumple las siguientes funciones: (...) 8) (...)" En el articulo 7º, numeral 6 DICE: "Articulo 7°.- Funciones Son funciones del Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru, las siguientes: (...) 6) Proponer al Ministro de Defensa iniciativas para la proyeccion y desarrollo del ambito aeroespacial peruano, sistema de proteccion nacional y amazonica, asi como otros sistemas en que participe la Fuerza Aerea del Peru. Conducir y desarrollar el Sistema de Vigilancia Amazonico y Nacional. Conducir y desarrollar el Sistema de Vigilancia Nacional y Amazonico.

28) Disponer la ejecucion de tareas en el ambito de su responsabilidad relacionadas a combatir actividades ilicitas, proteccion de recursos naturales y del medio ambiente con Fuerzas Aereas de paises limitrofes en concordancia a acuerdos bilaterales y normatividad vigente. (...)" DEBE DECIR: "Articulo 7°.- Funciones Son funciones del Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru, las siguientes: (...) 28) Disponer la ejecucion de tareas en el ambito de su responsabilidad relacionadas a combatir actividades ilicitas, proteccion de recursos naturales y del medio ambiente con Fuerzas Aereas de paises limitrofes en concordancia a acuerdos bilaterales y la normatividad vigente. (...)" En el articulo 22° DICE: "Articulo 22º.- Recursos patrimoniales (...)" DEBE DECIR: "Articulo 21º.- Recursos patrimoniales (...)" 879086-4 FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO Nº 1145 Mediante Oficio Nº 1161-2012-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo Nº 1145, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 29131, Ley del Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, publicado en la edicion del dia 11 de diciembre de 2012. En el Anexo III DICE: "III.19 Operaciones Militares (...) 3. Fallo a una operacion militar.

(...)" DEBE DECIR: "Articulo 7°.- Funciones Son funciones del Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru, las siguientes: (...) 6) Proponer al Ministro de Defensa iniciativas para la proyeccion y desarrollo del ambito aeroespacial peruano, Sistema de Proteccion Amazonica y Nacional, asi como otros sistemas en que participe la Fuerza Aerea del Peru.

(...)" DEBE DECIR: "III.19 Operaciones Militares (...)

(...)"

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