Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2012 (16/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

480993

RESOLUCION SUPREMA Nº 278-2012-RE MORDAZA, 15 de diciembre de 2012 VISTO: El oficio Nº 349-2012-CONCYTEC-P de fecha 15 de noviembre de 2012, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica (CONCYTEC) por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota del ano 2011, al Centro Latinoamericano de Fisica (CLAF); CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del ano 2011 al Centro Latinoamericano de Fisica (CLAF), con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica (CONCYTEC); De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica (CONCYTEC), a efectuar el pago de US$ 3,000.00 (Tres Mil y 00/100 Dolares Americanos) al Centro Latinoamericano de Fisica (CLAF), correspondiente al pago de la cuota del ano 2011. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica (CONCYTEC). Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 879135-16 RESOLUCION SUPREMA Nº 279-2012-RE MORDAZA, 15 de diciembre de 2012 VISTO: El Oficio CONIDA/JEINS N° 612-2012, de fecha 15 de noviembre de 2012, de la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la contribucion a la Organizacion para la Cooperacion Espacial del MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Pacific Space Cooperation Organization (APSCO); y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 67.3 del articulo 67º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto

autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, el Peru es miembro de APSCO, habiendose suscrito la Convencion de APSCO el 28 de octubre de 2005, aprobado la misma mediante Resolucion Legislativa N° 28781 del 12 de MORDAZA de 2006, y ratificado mediante Decreto Supremo N° 035-2006-RE del 18 de MORDAZA de 2006; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de la contribucion a APSCO de manera que se acceda a conocimiento e infraestructuras tecnologicas espaciales que no existen en el MORDAZA en beneficio del desarrollo del Peru. Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de la contribucion correspondiente al ano 2013, a MORDAZA Pacific Space Cooperation Organization - APSCO con cargo al presupuesto de la CONIDA; De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA a efectuar el pago de US$ 389,246.00 (Trescientos Ochenta y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Seis y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) a MORDAZA Pacific Space Cooperation Organization (APSCO) correspondiente al ano 2013. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente seran financiados con cargo al presupuesto de la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 879135-17 RESOLUCION SUPREMA Nº 280-2012-RE MORDAZA, 15 de diciembre de 2012 VISTO: El oficio Nº 358-2012-CONCYTEC-P, de fecha 21 de noviembre de 2012, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica (CONCYTEC), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota anual del ano 2011, al Consejo Internacional para la Ciencia - ICSU; CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del ano 2011 al Consejo Internacional para

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