Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2012 (16/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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el contrato con Legance Studio Legale Associato y el abogado ello Spoletini, a fin que se cumpla con extender los respectivos poderes de representacion y este pueda elaborar las memorias a ser presentadas, las mismas que el Supervisor debe revisar previamente para emitir su opinion; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru; el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministro de Defensa para que disponga la contratacion conjunta hasta la finalizacion de la primera instancia del Caso WASS, de los servicios de Asesoria Especializada y Representacion Legal con Legance Studio Legale Associato, por la suma de 80,000.00 (Ochenta Mil con 00/100 Euros) por concepto de honorarios profesionales y 10,000 (Diez Mil con 00/100 Euros) por concepto de honorarios de exito; y, con el Abogado Lello Spoletini para que brinde el servicio de Supervision Legal por la suma de 20,000.00 (Veinte Mil con 00/100 Euros). Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 879135-5 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 661-2012-DE/FAP Mediante Oficio Nº 1162-2012-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 661-2012-DE/ FAP, publicada en la Edicion Extraordinaria del dia 12 de diciembre de 2012. En el articulo 3° DICE:
Viaticos: US$ 240.00 x 02 dias x 10 personas TOTAL = US $ 4,800.00 ------------------= US $ 4,800.00

DEBE DECIR:
Viaticos: US$ 240.00 x 01 dia x 10 personas TOTAL = US $ 2,400.00 ------------------= US $ 2,400.00

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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban monto por concepto de dietas para los vocales del Tribunal de Solucion de Controversias Ambientales del Ministerio del Ambiente
DECRETO SUPREMO Nº 257-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Que, el numeral 1 de la Vigesima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, exonera por unica vez, entre otras, a las entidades que no hayan fijado el monto de dietas a ser percibidas en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes, de la prohibicion en materia de ingresos de personal prevista en el articulo 6° de la misma Ley; disponiendo que dicha accion se aprueba por Decreto Supremo, a solicitud del pliego o sector respectivo, segun corresponda, conforme a lo establecido en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, previo informe favorable de la Direccion General del Presupuesto Publico y de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas; asimismo, que dicha accion se sujeta a los criterios establecidos en el ultimo parrafo de la citada disposicion complementaria final; Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda indole, asi como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el ano fiscal para los Pliegos Presupuestarios comprendidos en los alcances de dicha Ley, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector, siendo nula toda disposicion contraria, bajo responsabilidad; Que, el Decreto Supremo N° 320-86-EF MORDAZA el regimen de dietas que perciben los miembros de los Organos Directivos Colegiados de los Organismos e Instituciones del Sector Publico; Que, el numeral 5.1 del articulo 5 de la Ley N° 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado y dicta otras medidas, modificado por el Decreto de Urgencia N° 038-2006, dispone que las personas al servicio del Estado y que en representacion del mismo formen parte de Directorios, no percibiran dietas en mas de una (1) entidad; Que, el numeral 9.1 del articulo 9° del Decreto Legislativo N° 1013 establece como parte de la estructura organica del MINAM al Tribunal de Solucion de Controversias Ambientales; asimismo, el Articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-208-MINAM, establece que el Tribunal de Solucion de Controversias Ambientales es un organo con autonomia tecnica y funcional; Que mediante Decreto Supremo N° 015-2011MINAM se aprueba el Reglamento interno del Tribunal de Solucion de Controversias Ambientales, el cual en su articulo 16° establece que los vocales de las MORDAZA especializadas desempenaran el cargo a tiempo parcial, correspondiendoles percibir una retribucion, la cual se determinara conforme a ley; Que, el Ministerio del Ambiente, cuenta en su presupuesto institucional con los recursos suficientes para financiar el otorgamiento de las dietas de los vocales del Tribunal de Solucion de Controversias Ambientales, las cuales no han sido fijadas en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes, por lo que resulta necesario establecer el numero y monto de las dietas que deben percibir los mismos; De conformidad con lo dispuesto por la Vigesima Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el numeral 3 del articulo 11° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion del pago de Dietas Apruebese la suma de S/. 1 500,00 (Un Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles) que por concepto de dieta y por sesion deberan recibir los vocales del Tribunal de Solucion de Controversias Ambientales, con excepcion del vocal presidente. Articulo 2°.- Numero de Dietas Cada vocal del Tribunal de Solucion de Controversias Ambientales puede percibir como MORDAZA cuatro (04)

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