Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2012 (16/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2012

b. MORDAZA simple del documento que acredite la posesion del area terrestre adyacente a la franja riberena solicitada. Para tales efectos, se considerara como area terrestre adyacente, al espacio ubicado de manera contigua a la franja riberena solicitada, que resulta tecnicamente necesario para la ejecucion del proyecto portuario a ser desarrollado por el solicitante. En caso que el area adyacente se encuentre comprendida dentro de la MORDAZA de dominio restringido definida en el Decreto Supremo Nº 050-2006-EF - Reglamento de la Ley Nº 26856, la posesion debera ser acreditada mediante pronunciamiento de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. En caso que el area adyacente se encuentre comprendida en un area distinta a la MORDAZA de dominio restringido, la posesion debera ser acreditada mediante documento emitido por el propietario del predio. c. Un informe de ingenieria basica que contenga la siguiente informacion: - Fundamentos de caracter tecnico del plazo solicitado, el cual no podra exceder de treinta (30) anos, de acuerdo con lo dispuesto en el literal b) del articulo 30°. - Descripcion y planos preliminares de las obras acuaticas y de tierra, en formato A2. - Descripcion del area acuatica y franja riberena solicitadas, en la que se indiquen las coordenadas en el Sistema DATUM WGS-84, expresadas en version geografica y UTM. Este plano debera estar firmado por un especialista en geodesica. Dicha informacion se entregara tambien en formato digital. d. Recibo de pago por derecho de tramitacion. Que, el numeral 32.4 del articulo 32° del Reglamento, senala que la autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena sera otorgada mediante la expedicion de una Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones; el otorgamiento de la autorizacion definitiva de uso de area acuatica o franja riberena se regula por el silencio administrativo negativo; Que, en el presente caso, mediante Acuerdo Nº 1209271-09/10/2012/D adoptado en la Sesion Nº 271 de fecha 09 de octubre de 2012, el Directorio de la APN resolvio aprobar el Informe Nº 061-2012-APN/DT/EALL emitido por la Direccion Tecnica de la APN, a traves del cual se recomienda aprobar la autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena solicitada por la empresa PETROPERU S.A., ubicada en la MORDAZA de Talara, distrito y provincia de Talara, departamento de MORDAZA, por un periodo de treinta (30) anos. Que, asimismo, mediante Memorando Nº 521-2012APN/DT e Informe Nº 061-2012-APN/DT/EALL emitidos por la Direccion Tecnica de la APN, y el Informe Nº 3142011-APN/DIPLA de la Direccion de Planeamiento y Estudios Economicos de dicha entidad, se senalo que el Terminal Portuario de Carga Liquida de la Refineria Talara es utilizado por PETROPERU S.A., para el despacho de combustibles y la recepcion de crudo y derivados; asimismo, se indico que contando con una reserva de hidrocarburos de 930 MMB, el Peru solo produce 26 MMB por ano, de los cuales solo 12 MMB por ano (33,000 barriles por dia) ingresan a ser procesados a la Refineria Talara, la misma que tiene una capacidad de procesamiento de 65,000 barriles por dia; lo cual conlleva a importar crudo de otros paises, tales como Ecuador, Colombia y Venezuela; del mismo modo, se senalo que la proyeccion de la demanda para treinta (30) anos, se sustenta en que PETROPERU S.A., espera modernizar su planta para llegar a producir 95,000 barriles por dia, por lo que es prioritaria la importacion de crudo para satisfacer la demanda interna; indicando, que mientras no se declaren nuevas reservas de crudo en el Peru, se requieren de 77.5 anos para procesar el crudo potencial de 930 MMB/12 MMB por ano; Que, en los citados informes emitidos por la APN, se senalo ademas que la empresa PETROPERU S.A., ha cumplido con la MORDAZA de la documentacion requerida en la Ley y en el Reglamento, para la obtencion de la autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena solicitada, sobre un area total de 127,314.16 m2 (Ciento Veintisiete Mil Trescientos Catorce

con 16/100 Metros Cuadrados), segun las coordenadas DATUM WGS-84 que en Informe Nº 061-2012-APN/DT/ EALL se precisan; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 9° del Decreto Supremo Nº 041-2007-MTC, posteriormente a la aprobacion de la autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena, la Autoridad Portuaria Nacional emitira una liquidacion del Derecho de Vigencia Anual, la que debera ser cancelada por el titular de la autorizacion en el plazo de ocho (08) dias habiles contados desde su notificacion; Que, el numeral 17.1 del articulo 17° de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; Que, habiendose publicado la Resolucion Suprema Nº 184-2010-MTC con fecha 24 de noviembre de 2010, y, cumpliendose en el presente caso las condiciones previstas en el numeral 17.1 del articulo 17° de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, corresponde otorgar con eficacia anticipada a partir del 25 de noviembre de 2012, la autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena solicitada por la empresa PETROPERU S.A., ubicada en la MORDAZA de Talara, distrito y provincia de Talara, departamento de MORDAZA, por un periodo de treinta (30) anos; De conformidad con lo establecido en la Constitucion Politica del Peru; las Leyes Nos. 29158, 27943, 29370; el Decreto Legislativo Nº 1022; y, los Decretos Supremos Nos. 003-2004-MTC y 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgamiento de la Autorizacion Definitiva de Uso de Area Acuatica y Franja Riberena Otorgar con eficacia anticipada a partir del 25 de noviembre de 2012, a la empresa PETROPERU S.A., una autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena, sobre el area donde le fue concedida una autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena mediante Resolucion Suprema Nº 184-2010MTC, ubicada en la MORDAZA de Talara, distrito y provincia de Talara, departamento de MORDAZA, segun las coordenadas DATUM WGS 84 siguientes:
AREA ACUATICA DATUM WGS 84 - MORDAZA 17
VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 COORDENADAS UTM NORTE ESTE 9494521.677 468744.906 9494383.247 468947.178 9494332.247 468981.178 9494274.193 468996.678 9494278.632 469013.302 9494269.222 469015.961 9494253.802 468994.444 9494247.356 468983.112 9494222.169 468966.675 9494220.667 468925.460 9494212.092 468887.771 9494192.465 468864.298 9494189.287 468856.935 9494195.866 468830.797 9494196.055 468806.763 9494194.831 468754.794 9494198.700 468708.561 9494200.487 468677.862 9494200.487 468651.755 9494203.971 468640.539 9494204.348 468631.774 9494201.230 468609.521 9494204.115 468603.773 9494219.455 468597.471 9494334.507 468599.469 9494349.195 468608.143 9494395.247 468588.677 9494453.495 468680.379 9494479.231 468713.978 COORDENADAS GEOGRAFICAS LATITUD SUR LONGITUD OESTE 04° 34' 23.045" 81° 16' 54.378" 04° 34' 27.556" 81° 16' 47.815" 04° 34' 29.217" 81° 16' 46.712" 04° 34' 31.108" 81° 16' 46.210" 04°34' 30.964" 81° 16' 45.670" 04° 34' 31.271" 81° 16' 45.584" 04° 34' 31.772" 81° 16' 46.282" 04° 34' 31.982" 81° 16' 46.650" 04° 34' 32.802" 81° 16' 47.184" 04° 34' 32.851" 81° 16' 48.522" 04° 34' 33.129" 81° 16' 49.745" 04° 34' 33.768" 81° 16' 50.507" 04° 34' 33.872" 81° 16' 50.746" 04° 34' 33.657" 81° 16' 51.594" 04° 34' 33.651" 81° 16' 52.374" 04° 34' 33.690" 81° 16' 54.061" 04° 34' 33.563" 81° 16' 55.561" 04° 34' 33.505" 81° 16' 56.558" 04° 34' 33.504" 81° 16' 57.405" 04° 34' 33.391" 81° 16' 57.769" 04° 34' 33.378" 81° 16' 58.053" 04° 34' 33.480" 81° 16' 58.776" 04° 34' 33.386" 81° 16' 58.962" 04° 34' 32.886" 81° 16' 59.166" 04° 34' 29.139" 81° 16' 59.100" 04° 34' 28.661" 81° 16' 58.818" 04° 34' 27.161" 81° 16' 59.450" 04° 34' 25.265" 81° 16' 56.473" 04° 34' 24.427" 81° 16' 55.382"

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