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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de diciembre de 2012 480981 3. Falto a una operación militar. (…)” 879086-5 AGRICULTURA Aprueban Plan de Interversión a Mediano Plazo del Ministerio para el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro - VRAEM, denominado “Programa AGROVRAEM, Período 2013 - 2016” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0478-2012-AG Lima, 13 de diciembre de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 380-2012-AG-DVM, de fecha 10 de diciembre de 2012, del Viceministro de Agricultura, con el que propone la aprobación del Plan de Intervención a Mediano Plazo del Ministerio de Agricultura en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 003-2007-DE, se declara de necesidad pública y preferente interés nacional el esquema de intervención estratégica integral denominado “Una opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene – Plan VRAE”; Que, teniendo en cuenta que los pobladores del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), requieren una atención particular debido entre otros, al alto porcentaje de tierras sin cultivar, a la rentabilidad de cultivos alternativos, por Decreto Supremo N° 074- 2012-PCM, se declaró de prioridad nacional el desarrollo económico social y la pacifi cación del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM, para lo cual las entidades del Estado deberán desplegar sus esfuerzos encaminados a ese propósito; Que, por Resolución Ministerial Nº 0386-2012-AG, se constituyó el Grupo de Trabajo VRAEM, con el objeto de actualizar la propuesta del Plan de Intervención a Mediano Plazo del Ministerio de Agricultura para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene denominada “Programa AGROVRAE”, formulada por el Grupo de Trabajo creado mediante Resolución Ministerial Nº 0056-2012-AG; Que, el artículo 5º de la citada Resolución Ministerial estableció que el Grupo de Trabajo debe actualizar el Plan de Intervención a Mediano Plazo del Ministerio de Agricultura en la zona del VRAEM, en un plazo de treinta (30) días hábiles contados desde su fecha de instalación, para ser aprobado por el titular del Sector; Que, con el documento de visto, el señor Viceministro de Agricultura en calidad de Presidente del Grupo de Trabajo VRAEM remite la propuesta del Plan de Intervención a Mediano Plazo del Ministerio de Agricultura para el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM, denominado “Programa AGROVRAEM período 2013-2016”, para su respectiva aprobación, adjuntando el Informe Nº 0002-2012-AG-DGCA/DPC/RELT, del Secretario Técnico del Grupo de Trabajo VRAEM; Que, el citado Plan de Intervención, como instrumento de planifi cación y articulación ha sido formulado de manera participativa y consensuada por los miembros del Grupo de Trabajo VRAEM con los representantes de las organizaciones de productores y autoridades regionales y locales; Que, el Programa AGROVRAEM es una iniciativa de política gubernamental diseñada para orientar la intervención del Ministerio de Agricultura, y contribuir a superar la problemática agraria del VRAEM, integrando al conjunto de instancias del Sector y a los representantes locales, promoviendo la innovación, el desarrollo, la transferencia de tecnologías y facilitando el acceso de los servicios para mejorar la competitividad; en ese sentido, resulta conveniente aprobarlo, al ser coherente con los lineamientos de política nacional agraria; De conformidad, con el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan de Intervención a Mediano Plazo del Ministerio de Agricultura para el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM, denominado “Programa AGROVRAEM, período 2013-2016”. Artículo 2º.- Publicar el documento aprobado por el artículo precedente en el portal Web del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo 3º.- Encargar a la Dirección General de Competitividad Agraria la implementación del “Programa AGROVRAEM, período 2013-2016”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 879051-1 Otorgan Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura” a la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0479-2012-AG Lima, 13 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, se determinan las funciones rectoras del Ministerio de Agricultura, entre otras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la Política Nacional Agraria, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, por Resolución Ministerial N° 0712-2009-AG, de fecha 06 de octubre de 2009, se crea la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, la misma que será conferida por el Ministro de Agricultura a las personas naturales y organizaciones que destaquen por su obra o contribución en la actividad agraria, o por su desempeño en la gestión pública sectorial; Que, mediante Ofi cio N° 3131-2012-AG-DGCA/DG, de fecha 10 de diciembre de 2012, el Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria, propone otorgar un reconocimiento a la Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA del Ministerio de Salud, por su destacada labor al desarrollar el proyecto denominado “Riego con secas intermitentes en el cultivo del arroz para el control vectorial de la Malaria y el desarrollo sostenible del ecosistema local en Pítipo, Lambayeque”, así como su importante contribución, en el uso potencial del recurso agua para mejorar la producción de arroz, en benefi cio de la economía de los agricultores y en resguardo de la salud humana, al evitar la propalación de la malaria y la contaminación del agua y del suelo; Que, en consecuencia, corresponde otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura” a la Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA del Ministerio de Salud, por su importante contribución a la actividad agraria antes citada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 031- 2008-AG; SE RESUELVE: Artículo Único .- Otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, a la Dirección General de