Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2012 (16/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

480985

Que, mediante el Informe N° 465-2012-MINEDU/ SG-OGA-UPER de fecha 14 de noviembre de 2012, la Unidad de Personal del Ministerio de Educacion concluyo que procede modificar la Resolucion Suprema N° 2154 de fecha 08 de noviembre de 1972, en el sentido que el nombre de la titular es MORDAZA MORDAZA SUPNO MORDAZA DE MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma; Que, el articulo 25 del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; asimismo, el articulo 26 del referido Codigo senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; Que, el articulo 26 de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil-RENIEC, establece que el Documento Nacional de Identidad (DNI), es un documento publico, personal e intransferible; y que constituye la unica cedula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que por mandato legal deba ser presentado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley N° 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MODIFICAR el nombre consignado en la Resolucion Suprema N° 2154 de fecha 08 de noviembre de 1972, siendo lo correcto consignar el de MORDAZA MORDAZA SUPNO MORDAZA DE MORDAZA, tal como figura en su Documento Nacional de Identidad, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la citada resolucion, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los actos administrativos que se deriven de la Resolucion Suprema MORDAZA citada, se adecuaran a lo resuelto en el articulo 1 de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 879135-7

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Modifican Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
DECRETO SUPREMO Nº 018-2012-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, define la naturaleza juridica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y regula su ambito de competencia, funciones, organizacion y estructura organica basica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1104, que modifica la Legislacion sobre Perdida de Dominio, crea la Comision Nacional de Bienes Incautados - CONABI, adscrita a la

Presidencia del Consejo de Ministros, para la recepcion, registro, calificacion, custodia, seguridad, conservacion, administracion, arrendamiento, asignacion en uso temporal o definitiva, disposicion y venta en subasta publica, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias generadas por la comision de delitos en agravio del Estado correspondientes al citado Decreto Legislativo, asi como los contemplados en las normas ordinarias o especiales sobre la materia; Que, asimismo la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del citado Decreto Legislativo establece que la CONABI asume el objeto, bienes, presupuesto y competencias, entre otros, del Fondo Especial de Administracion de Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado - FEDADOI y de la Comision de Administracion de Bienes Incautados y Decomisados - COMABID, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, la Unica Disposicion Complementaria Derogatoria del acotado Decreto Legislativo Nº 1104, deroga el Decreto Legislativo Nº 992, Decreto Legislativo que regula el MORDAZA de perdida de dominio, modificado por la Ley Nº 29212; la Ley Nº 28476, Ley del Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado - FEDADOI, entre otros; Que, las normas derogadas citadas precedentemente, contenian disposiciones relativas a las funciones del Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido en Perjuicio del Estado - FEDADOI, a la Comision Administradora del Fondo de Perdida de Dominio - FONPED y la Comision Administradora de Bienes Incautados y Decomisados - COMABID; Que, de otro lado, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2012-JUS, se adscribe el Consejo Nacional de Calificacion de Victimas de Accidentes, Actos de Terrorismo o Narcotrafico, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, siendo por tanto conveniente modificar el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 051-88PCM, a efectos de que el representante de este Ministerio presida el citado Consejo Nacional; Que, asimismo, la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 012-2012-JUS, dispone que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, debera adecuar su respectivo Reglamento de Organizacion y Funciones, en un plazo no mayor de 90 dias calendario, a lo establecido por el acotado Decreto Supremo; Que, en atencion a lo senalado en los considerandos precedentes es necesario proceder a modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derecho Humanos, con el objeto de adecuar la estructura organizacional y funcional, al MORDAZA normativo vigente; Con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Derogacion parcial del Reglamento de Organizacion y Funciones del MINJUS Deroguense los articulos 130º, 131º y 132º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS. Articulo 2º.- Modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del MINJUS Modifiquese el articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme al siguiente texto: "(...) 08 CONSEJOS Y COMISIONES 08.1 Consejo de Defensa Juridica del Estado.

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