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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (19/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de diciembre de 2012 481248 Nº 187-2012-GR-HUANUCO/DREMH, 30) SANTA ALLICA D: Cod. 600004912: Coord. UTM: V1: N 8 910 000 00 E 314 000 00, V2: N 8 907 000 00 E 314 000 00, V3: N 8 907 000 00 E 312 000 00, V4: N 8 908 000 00 E 312 000 00, V5: N 8 908 000 00 E 310 000 00, V6: N 8 909 000 00 E 310 000 00, V7: N 8 909 000 00 E 312 000 00, V8: N 8 910 000 00 E 312 000 00; TIT. TIOFILA ELADIA TARAZONA DIAZ; R.D.R Nº 183-2012-GR.HUANUCO/DREMH, 31) COCHAHUASI 3: Cod. 600005012: Coord. UTM: V1: N 8 943 000 00 E 337 000 00, V2: N 8 942 000 00 E 337 000 00, V3: N 8 942 000 00 E 335 000 00, V4: N 8 943 000 00 E 335 000 00; TIT. DIONICIO PONCIANO GOMEZ; R.D.R. Nº 188-2012-GR-HUANUCO/DREMH, 32) SJK 105: Cod. 600004812: Coord. UTM: V1: N 8 905 000 00 E 335 000 00, V2: N 8 901 000 00 E 335 000 00, V3: N 8 901 000 00 E 336 000 00, V4: N 8 899 000 00 E 336 000 00, V5: N 8 899 000 00 E 335 000 00, V6: N 8 900 000 00 E 335 000 00, V7: N 8 900 000 00 E 334 000 00, V8: N 8 905 000 00 E 334 000 00; TIT. S.M.R.L. ALFA 101; R.D.R. Nº 189- 2012-GR-HUANUCO/DREMH, 33) SAN DIEGO: Cod. 600005412: Coord. UTM: V1: N 8 978 000 00 E 354 000 00, V2: N 8 977 000 00 E 354 000 00, V3: N 8 977 000 00 E 353 000 00, V4: N 8 978 000 00 E 353 000 00; TIT. WILLIAM MELCHOR NIETO CASTAÑEDA; R.D.R. Nº 182-2012-GR-HUANUCO/DREMH, 34) ZENON 2012: Cod. 600005212: Coord. UTM: V1: N 8 947 000 00 E 298 000 00, V2: N 8 946 000 00 E 298 000 00, V3: N 8 946 000 00 E 297 000 00, V4: N 8 945 000 00 E 297 000 00, V5: N 8 945 000 00 E 295 000 00, V6: N 8 946 000 00 E 295 000 00, V7: N 8 946 000 00 E 296 000 00, V8: N 8 947 000 00 E 296 000 00; TIT. ROSA MONTESINOS ABAD.; R.D.R. Nº 181-2012-GR-HUANUCO/DREMH. 879424-1 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Disponen publicar concesión minera de alcance regional cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio de 2012 GERENCIA REGIONAL DE ENERGÍA, MINAS E HIDROCARBUROS RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 105-2012-GRLL-GGR/GREMH Trujillo, 10 de agosto del 2012 VISTOS, la relación de Títulos Mineros otorgados por la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de La Libertad en el mes de julio del año 2012, conforme a lo informado por el Área Legal y Técnica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 179-2006- MEM/DM publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 16 de abril de 2006, se declaró entre otros que el Gobierno Regional de La Libertad concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de esa fecha competente para ejercer entre otras, la función de “otorgar concesiones mineras para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional”. Que, el Gobierno Regional de La Libertad a través de la Gerencia de Energía, Minas e Hidrocarburos ha iniciado el otorgamiento de Títulos de Concesión minera para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme lo indicado en el párrafo anterior. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM – TUO de la Ley General de Minería, se debe cumplir con publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubiesen sido aprobados el mes anterior, considerando lo establecido en el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018- 92-EM – Reglamento de Procedimientos Mineros; SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el Diario Ofi cial El Peruano la concesión minera de alcance regional cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio del 2012, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. GEANMARCO A. QUEZADA CASTRO Gerente Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos 872639-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Desafectan uso del suelo de predios ubicados en el distrito de Los Olivos ORDENANZA N° 1638 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de noviembre de 2012 el Dictamen Nº 112-2012-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº 112- 2012-MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DESAFECTA UN PREDIO EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- Desafectar el Uso del Suelo del área de 3,967.50 m², que forma parte de un área mayor de 4,620.50 m², califi cada como parte del Equipamiento Urbano destinado a Complejo Deportivo N° 2, con el propósito de destinarlo para fi nes de Equipamiento de Salud, ubicado en Pueblo Joven P.M.V “Confraternidad” Mz. COM2, distrito de Los Olivos, Provincia y Departamento de Lima, e inscrito en la Partida Nº P01053049 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima de la Zona Registral N° IX, debiéndosele asignar al área desafectada, el Uso de Equipamiento de Salud (H2), de conformidad con el Plano Nº 306A-2012-MML- GDU-SPHU-DD de fecha 19 de octubre del 2012 de la División de Desafectaciones de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Segundo.- Desafectar el Uso del Suelo del área de 2,500.00 m2, destinado a Centro de Salud, debidamente inscrito en la Partida N° PO1052831 del Registro de Predios de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, la misma que conjuntamente con el área remanente del Complejo Deportivo N° 2, cuya extensión es de 652.50 m2, deberán conformar una sola unidad con un área total de 3,152.50 m2, para ser destinada a Complejo Deportivo del AA.HH. Juan Pablo II; debiéndosele asignar la zonifi cación de Otros Usos (OU), de conformidad con el Plano Nº 306A- 2012-MML-GDU-SPHU-DD de fecha 19 de octubre del 2012 de la División de Desafectaciones de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Tercero.- Rectifi car la zonifi cación de los terrenos destinados a Centro Cívico Comunal y el PRONOEI, cada uno con un área de terreno de 860.00 m2, asignándoles la califi cación de Otros Usos (OU – Centro Cívico Comunal) y Otros Usos (OU – PRONOEI), respectivamente.