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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (19/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de diciembre de 2012 481241 Autorizan inscripción de la empresa Perú Veritas Ajustadores de Seguros S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 9204-2012 Lima, 7 de diciembre de 2012 El Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros VISTA: La solicitud presentada por el señor Jorge Luis Montes Collazos para que se autorice la inscripción de la empresa PERÚ VERITAS AJUSTADORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección III: De los Auxiliares de Seguros B: Personas Jurídicas, numerales 1 y 2 Ajustadores Marítimos Transportes y Ajustadores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Auxiliares de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, mediante Evaluación Interna de Expedientes N° 007 -2012-DESI celebrada el 22 de octubre de 2012, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 842-2012 del 27 de enero de 2012. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros Sección III: De los Auxiliares de Seguros B: Personas Jurídicas, numerales 1 y 2 Ajustadores Marítimos Transportes y Ajustadores de Seguros Generales a la empresa PERÚ VERITAS AJUSTADORES DE SEGUROS S.A.C. con matrícula N° AJ-085, cuya representación será ejercida por el señor Jorge Luis Montes Collazos, auxiliar de seguros con N° de Registro AN-297, para operar como ajustadores marítimos transportes y ajustadores ramos generales. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MICHEL CANTA TERREROS Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros 879436-1 Autorizan al Banco Ripley del Perú S.A. la apertura de agencia en el distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 9257-2012 Lima, 11 de diciembre de 2012 La Intendente General de Banca (e) VISTA: La solicitud presentada por el Banco Ripley del Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de la agencia en mención; Que, en Sesión de Directorio N° 023-12-DIR de fecha 22 de noviembre de 2012 se acordó la apertura de una (01) agencia y de acuerdo a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, por la Resolución SBS N° 775-2008 y en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009 y la Resolución SBS N° 281-2012 del 20 de junio de 2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Ripley del Perú S.A. la apertura de una agencia con la siguiente ubicación: • Av. Javier Prado Este con Jr. Urcello, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca (e) 879231-1 Autorizan la organización de “AFP HABITAT” como empresa Administradora Privada de Fondos de Pensiones RESOLUCIÓN SBS Nº 9356-2012 Lima, 17 de diciembre de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: La solicitud de organización de fecha 28 de noviembre de 2012, presentada por los organizadores de la Administradora Privada de Fondos de Pensiones en formación “AFP HABITAT”, así como sus comunicaciones adicionales ingresadas el 04, 06, 10, 12, 13 y 14 de diciembre de 2012; CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud de fecha 28 de noviembre de 2012, A.F.P. Habitat S.A., Jaime Ríos Llaneza, Joaquín González Errázuriz, Fernando Samaniego Sangroniz y Pablo Villarino Herrera, representados por los señores Rafael Bernardo Luis Picasso Salinas, Paolo Robilliard D’Onofrio y Carla Vanessa Figallo Salgado, solicitaron, ante esta Superintendencia, autorización para organizar una empresa Administradora Privada de Fondos de Pensiones; Que, tras la revisión de la solicitud y los documentos adicionales alcanzados, se ha verifi cado que los organizadores han cumplido con los requisitos que el Procedimiento N° 02 del TUPA de esta Superintendencia establece para la organización de una Administradora Privada de Fondos de Pensiones, los cuales se han encontrado conformes tras su evaluación; Que, asimismo, se ha cumplido con la publicación de los avisos con arreglo a los plazos establecidos para efecto de la formulación de objeciones; no habiéndose recibido objeción alguna que conduzca a desestimar la solicitud de autorización de organización presentada; Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, y de Asesoría Jurídica; Estando a lo dispuesto por el artículo 57° del Texto Único