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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de diciembre de 2012 481250 Artículo Segundo.- Las Licencias para Edifi cación Nueva, Remodelación, Ampliación, Modifi cación, Demolición y Autorizaciones de Obras en Vía Pública con plazos vigentes, otorgadas para ejecutar obras dentro de los Sectores mencionados en el Artículo Primero precedente, quedarán en suspenso durante el plazo a que se refi ere dicho Artículo, entendiéndose que las mismas quedan prorrogadas automáticamente por el tiempo que dure la suspensión. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, para que de manera excepcional, autorice la continuación de obras públicas de interés general, que se ubiquen en los sectores establecidos en el artículo primero del presente decreto. Artículo Cuarto.- El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, constituirá infracción y dará lugar a la sanción de imposición de multas y medidas complementarias establecidas en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas vigente. Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial el Peruano y se podrá acceder a través de la página Web www.munlima.gob.pe Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 879423-1 Disponen adscribir el Proyecto Especial Parque Ecológico Nacional “Antonio Raimondi” a la Gerencia Regional del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana DECRETO DE ALCALDÍA N° 015 Lima, 27 de noviembre de 2012 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA CONSIDERANDO: Que, el artículo 198° de la Constitución Política del Perú establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene un régimen especial en las leyes de descentralización y en la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo al artículo 33° de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en el ámbito de la provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el artículo 151° y siguientes de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, regulan dicho régimen especial resaltando que las normas citadas en los considerandos anteriores otorgan a la Municipalidad Metropolitana de Lima competencias y funciones específi cas irrestrictas de carácter local, metropolitano y regional; Que, el Decreto Supremo N° 013-2010-MINAM, modifi cado por los Decretos Supremos N° 016-2010- MINAM, 018-2010-MINAM y 001-2011-MINAM, declaró de Interés Nacional la creación y desarrollo del Parque Ecológico Nacional “Antonio Raimondi”, el cual se encontraría ubicado en el distrito de Ancón de la provincia y departamento de Lima; Que, el artículo 5° del citado Decreto Supremo dispone la creación del Proyecto Especial Parque Ecológico Nacional “Antonio Raimondi” (PEPEN), en el ámbito del Ministerio del Ambiente, con el objeto de desarrollar las actividades para el desarrollo y ejecución del Parque Ecológico Nacional que permita contar con un espacio en donde la población de la provincia de Lima pueda gozar de un ambiente saludable y solaz, admirar la biodiversidad existente y representativa de la zona, así como con un área que contribuya con la recuperación de la calidad atmosférica de la ciudad de Lima; Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, autoriza al Ministerio del Ambiente a realizar la transferencia del mencionado Proyecto Especial, así como los recursos que lo fi nancien, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, asimismo, dicha disposición complementaria fi nal prescribe que se debe realizar la transferencia de partidas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio del Ambiente; Que, con fecha 4 de setiembre de 2012, el Ministerio del Ambiente y la Municipalidad Metropolitana de Lima suscribieron las respectivas Actas de Transferencia, mediante las cuales se realiza la entrega y recepción de la gestión del Proyecto Especial Parque Ecológico Nacional “Antonio Raimondi” a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como los recursos asociados a las funciones del mismo, quedando pendiente la emisión del Decreto Supremo que transferirá las correspondientes partidas presupuestales; Que, en mérito de la transferencia efectuada a la Municipalidad Metropolitana de Lima se deben adoptar las acciones necesarias que permitan la adecuación de los instrumentos de gestión del Proyecto Especial Parque Ecológico Nacional “Antonio Raimondi” a los objetivos de la Municipalidad Metropolitana de Lima y sus procesos de programación, aprobación de actividades, ejecución de recursos, supervisión, seguimiento y evaluación, entre otros; Que, consecuentemente, resulta necesario determinar el órgano de la Municipalidad Metropolitana de Lima encargado de la gestión administrativa, económica y técnica del Proyecto Especial Parque Ecológico Nacional “Antonio Raimondi”; Que, el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, órgano desconcentrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ha propuesto que dicho Proyecto Especial se adscriba a la Gerencia Regional del referido Programa, según consta en el Informe N° 031-2012-MML/ PGRLM-SRD-DAT; De conformidad con lo previsto en el artículo 20°, numeral 6, el artículo 39° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1°.- ADSCRIBIR el Proyecto Especial Parque Ecológico Nacional “Antonio Raimondi”, creado por Decreto Supremo N° 013-2010-MINAM y modifi catorias, a la Gerencia Regional del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana. Artículo 2°.- DISPONER que la Gerencia Regional del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana se encargue de la recepción ordenada de los recursos necesarios para la ejecución del Proyecto Especial Parque Ecológico Nacional “Antonio Raimondi”. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Gerencia Regional del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana la revisión del Manual de Operaciones correspondiente al Proyecto Especial Parque Ecológico Nacional “Antonio Raimondi” a fi n de que se adecue a la gestión en la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 4°.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en el portal de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, publíquese y cúmplase. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 879425-1 Autorizan viaje de Subgerenta de Bienestar Social a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE CONCEJO N° 046 Lima, 13 de noviembre de 2012 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de noviembre de 2012 el N° 828-2012-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana de fecha 8 de noviembre del presente año, solicitando autorización del Concejo para viajar a las Ciudades de Madrid y Barcelona en el Reino de España.