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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481288 Artículo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional del Cusco, los Gobiernos Locales involucrados, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, con la intervención del Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, ejecutarán acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en cuanto corresponda, así como de reducción y minimización del alto riesgo existente en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modi¿ cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, la Ministra de Salud, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 880785-2 Prorrogan plazo a determinadas entidades públicas del Gobierno Nacional para la implementación de la metodología de determinación de costos de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA N° 003-2012-PCM-SGP 18 de diciembre de 2012 VISTO: el Informe N° 018-2012-PCM/SGP-MEV de fecha 18 de diciembre de 2012; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 064-2010-PCM se aprobó la nueva metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para las entidades públicas; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública establecerá los plazos para la implementación gradual en las entidades públicas de la nueva metodología; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2010-PCM-SGP se estableció los mecanismos, plazos y disposiciones que las entidades públicas deben cumplir para la implementación de la citada metodología; Que, el artículo 3° de dicha Resolución dispuso que los plazos de implementación se iniciaran el 1 de enero de 2011 y culminaban el 31 de diciembre de los años 2011 y 2012 y que la Secretaría de Gestión Pública aprobaría el Aplicativo Informático Web de la metodología; Que, el artículo 1 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2011-PCM-SGP y el artículo 1 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2012-PCM-SGP modi¿ caron el inciso a) del artículo 3° de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2010-PCM-SGP en lo que respecta a los plazos de implementación; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2012-PCM-SGP se aprobaron el Aplicativo Informático Web de la metodología para la determinación de costos, denominado MI Costo, la Directiva N° 004-2012-PCM/SGP y las Guías de Simpli¿ cación Administrativa y Determinación de Costos de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad; Que, de acuerdo a la distribución del gasto por Sector, Pliego y fuentes de ¿ nanciamiento – Consolidado Gobierno Nacional del Ministerio de Economía y Finanzas se observa que existen entidades públicas del Gobierno Nacional que no cuentan con recursos ordinarios permanentemente en su presupuesto ¿ scal anual y/o ¿ nancian su presupuesto institucional exclusivamente, con recursos directamente recaudados; Que, la implementación de lo dispuesto en la Ley N° 27444, en lo que respecta a los derechos de tramitación, en aquellas entidades públicas que no reciben recursos ordinarios permanentemente en sus presupuesto ¿ scal anual y/o ¿ nancian su presupuesto exclusivamente, con recursos directamente recaudados podrían ver afectado su sostenibilidad, por lo que es pertinente prorrogar el plazo de implementación hasta el 31 de marzo de 2013, a ¿ n de optimizar sus recursos; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 6 del artículo 37° del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modi¿ catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prórroga de plazo Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2013 el plazo de implementación de la metodología de determinación de costos para aquellas entidades públicas del Gobierno Nacional que no cuentan con recursos ordinarios permanentemente en su presupuesto ¿ scal anual y/o ¿ nancian su presupuesto institucional exclusivamente, con recursos directamente recaudados. Artículo 2.- Verifi cación Las entidades públicas del Gobierno Nacional que no cuentan con recursos ordinarios permanentemente en su presupuesto ¿ scal anual y/o ¿ nancian su presupuesto institucional exclusivamente con recursos directamente recaudados deberán remitir un informe a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros que sustente dicho hecho y en qué medida están siendo afectados por lo dispuesto en la Ley N° 27444 en lo referido a los derechos de tramitación, en un plazo máximo de cinco (5) días a partir de la vigencia de la presente Resolución. La Secretaría de Gestión Pública veri¿ cará la información remitida por la entidad pública y de proceder otorgará la conformidad para acogerse a la presente prórroga, de lo contrario deberá cumplir con el plazo dispuesto en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2012-PCM-SGP. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución será publicada en el Diario O¿ cial El Peruano y en el portal Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe ) y de la Secretaría de Gestión Pública (http://sgp.pcm.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANA LLONA ROSA Secretaria de Gestión Pública 880625-1