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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481289 Declaran apta a la Municipalidad Distrital de Carabayllo para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria - PCA del PRONAA, a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 078-2012-PCM/SD Lima, 12 de diciembre de 2012 VISTOS: El o¿ cio Nº 482-2012-A/MDC y el Informe Nº 022- 2012-PCM-SD/OMC, de la O¿ cina de Transferencia, Monitoreo y Evaluación de Competencias de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, el Programa de Complementación Alimentaria- PCA, a cargo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria-PRONAA, tiene como objetivo otorgar un complemento alimentario a la población en situación de pobreza y/o pobreza extrema y grupos sociales en situación de vulnerabilidad; Que, en el marco del proceso de descentralización del Estado peruano, el Programa de Complementación Alimentaria-PCA, se trans¿ rió en el periodo 2003- 2007, a ciento noventa y cuatro (194) gobiernos locales provinciales, exceptuando la Provincia de Lima; Que, mediante Resolución Gerencial Nº 075-2006- CND/GTA, la Municipalidad Metropolitana de Lima es acreditada por el Consejo Nacional de Descentralización- CND, para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria-PCA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2007- PCM, se aprobó la fusión por absorción del Consejo Nacional de Descentralización con la Presidencia del Consejo de Ministros, con lo que se crea la Secretaría de Descentralización como órgano de línea encargado del proceso de descentralización del Estado peruano; Que, mediante los O¿ cios Nº 007-2008-MML/ALC y 017-2008-MML/ALC, de fecha 22 de febrero y 17 de marzo de 2008, dirigidos a la Secretaría de Descentralización, la Municipalidad Metropolitana de Lima indica que la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria se deberá realizar a las municipalidades distritales del ámbito de Lima Metropolitana, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 84º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante O¿ cio Nº 005-2009-MIMDES-DVMDS, de fecha 12 de enero de 2009, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, remite a la Secretaría de Descentralización una propuesta para la conformación de una Comisión Especial para la Transferencia del Programa de Complementación Alimentación – PCA en el ámbito de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 005-2009-PCM/SD, de fecha 29 de enero de 2009, se resuelve conformar la Comisión Especial para la Transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA del PRONAA a cargo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, mediante O¿ cio Nº 176-2010-MIMDES-DVMDS, de fecha 09 de noviembre de 2010, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, remite a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, un proyecto de Directiva para aprobar los mecanismos de veri¿ cación, plazos y procedimientos para la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA al ámbito de Lima Metropolitana, los que fueron aprobados mediante la suscripción del Acta Nº 18 de fecha 27 de octubre de 2010 de la mencionada Comisión Especial; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 240-2010-PCM/SD, se aprueba la Directiva Nº 004-2010-PCM/SD, “Normas Especí¿ cas para la Veri¿ cación y Efectivización del Proceso de Transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES a los Gobiernos Locales Distritales de la Provincia de Lima”; con lo cual se da inicio al proceso de transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA a los gobiernos locales distritales del ámbito de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 323-2010-PCM/SD, de fecha 27 de diciembre de 2010, se declara aptos a los gobiernos locales distritales de Breña y Lurín para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria –PCA. Asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 003-2011-MIMDES, de fecha 11 de marzo de 2011, se declara concluido el proceso de efectivización de la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, en los gobiernos locales distritales mencionados; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 159-2011-PCM/SD, de fecha 15 de marzo de 2011, se declara aptos a los gobiernos locales distritales de Ancón, Los Olivos, Puente Piedra, Santa Rosa y Villa María del Triunfo, para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria –PCA. Asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 009-2011- MIMDES, de fecha 26 de junio de 2011, se declara concluido el proceso de efectivización de la transferencia del Programa de Complementación Alimentación – PCA a los gobiernos locales distritales de Los Olivos, Puente Piedra y Villa María del Triunfo; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 290-2011-PCM/SD, de fecha 14 de abril de 2011, se declara aptos a los gobiernos locales distritales de Pucusana, San Bartolo y Pachacamac para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA. Asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-MIMDES, de fecha 16 de junio de 2011, se declara concluido el proceso de efectivización de la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA a los gobiernos locales distritales de Ancón, Santa Rosa, Pucusana, San Bartolo y Pachacamac; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 388-2011-PCM/SD, de fecha 02 de junio de 2011, se declara aptos a los gobiernos locales distritales de Ate, Comas, Cieneguilla, Independencia, MiraÀ ores, Santa Anita y Villa el Salvador, para la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA. En este sentido, mediante Decreto Supremo Nº 013-2011-MIMDES, de fecha 27 de julio de 2011, se declara concluido el proceso de efectivización de la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA a los gobiernos locales distritales de Cieneguilla y MiraÀ ores; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 401-2011-PCM/SD, de fecha 29 de junio de 2011, se declara aptos a los gobiernos locales distritales de Lima Cercado, Santiago de Surco, San Juan de Lurigancho y Punta Negra, para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 475-2011-PCM/SD, de fecha 22 de julio de 2011, se declara aptos a los gobiernos locales distritales de El Agustino, Lurigancho, Pueblo Libre y San Borja, para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA; Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS, y se determina su ámbito de competencias en relación a las materias de desarrollo social, superación de la pobreza, promoción de la equidad social y protección social de poblaciones vulnerables y/o en riesgo o abandono; Que, en la Tercera Disposición Transitoria Final de la Ley Nº 29792, Ley de Creación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), se dispone la adscripción de entre otros, del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA); Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012- MIDIS, de fecha 29 de marzo de 2012, se declara concluido el proceso de transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA a la Municipalidad Metropolitana de Lima, que ejerce jurisdicción en el Cercado de Lima;