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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481303 06.2 Intendencia Lima 06.3 Intendencias Regionales Dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas 06.4 Intendencia de Aduana Marítima del Callao 06.5 Intendencia de Aduana Aérea del Callao 06.6 Intendencia de Aduana Postal del Callao 06.7 Intendencias de Aduanas 07 Órgano de Defensa Jurídica 07.1 Procuraduría Pública (…) CAPÍTULO V DE LOS ÓRGANOS DE APOYO Artículo 28°.- Secretaría Institucional La Secretaría Institucional es un órgano dependiente de la Superintendencia Nacional; se encarga de brindar el apoyo técnico – administrativo a la Alta Dirección en el desarrollo de las actividades de su competencia. Asimismo, es responsable de asegurar el À ujo documentario y la conservación y custodia del acervo documentario de la institución. Artículo 29°.- Funciones de la Secretaría Institucional Son funciones de la Secretaría Institucional: a) Asistir a la Alta Dirección en aspectos relacionados con la gestión institucional y las materias que le sean requeridas, incluyendo lo relativo a la coordinación parlamentaria. b) Proponer, controlar y evaluar las políticas, planes, programas, normas y procedimientos inherentes a la administración documentaria y archivo. c) Administrar el Registro de las Resoluciones y Circulares de la Alta Dirección y disponer su distribución y publicación, cuando corresponda; así como autenticar las transcripciones y copias de documentos de la institución para su envío a órganos externos. d) Gestionar la emisión de resoluciones requeridas para la autorización de viaje al exterior de los funcionarios y servidores de la institución, y aquellas resoluciones necesarias para efectuar el pago de las cuotas de membresía en organismos internacionales. e) Coordinar con los órganos correspondientes, la atención de los requerimientos de información que formulen el Congreso de la República, los organismos internacionales y las entidades públicas. f) Coordinar con entidades públicas, privadas y organismos internacionales los asuntos de su competencia, así como las pasantías y visitas que realicen a nuestro país funcionarios del exterior. g) Las demás funciones que le asigne la Superintendencia Nacional. (…) Artículo 35-C°.- Ofi cina de Innovación y Desarrollo La O¿ cina de Innovación y Desarrollo es un órgano dependiente de la Superintendencia Nacional, encargado de la investigación, simulación y diagnóstico de situaciones y problemas que permitan mejorar la gestión institucional procurando el logro de los objetivos institucionales. Artículo 35-D°.- Funciones de la Ofi cina de Innovación y Desarrollo Son funciones de la O¿ cina de Innovación y Desarrollo: a) Formular, para la toma de decisiones por la Alta Dirección, propuestas de medidas, planes, programas y proyectos de innovación y desarrollo. b) Asesorar a la Alta Dirección, evaluar y atender sus requerimientos, en temas relacionados a su competencia. c) Simular y evaluar los impactos de mediano y largo plazo de la aplicación de nuevas tendencias y perspectivas en materia tributaria y aduanera. d) Promover acciones de innovación y desarrollo para la generación de nuevas ideas y proyectos que mejoren el desempeño institucional. e) Coordinar con entidades públicas y privadas nacionales y extranjeras a ¿ n de promover alianzas estratégicas y convenios de cooperación, en las materias de su competencia. f) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Superintendencia Nacional. Artículo 35-E°.- Ofi cina de Fortalecimiento Ético y Lucha Contra la Corrupción La O¿ cina de Fortalecimiento Ético y Lucha Contra la Corrupción es un órgano dependiente de la Superintendencia Nacional, encargado de promover y desarrollar acciones que conduzcan al fortalecimiento de la integridad del personal de la institución, así como desarrollar e implementar medidas que ayuden a prevenir y combatir la corrupción, asegurando los principios de objetividad y transparencia. Artículo 35-F°.- Funciones de la Ofi cina de Fortalecimiento Ético y Lucha Contra la Corrupción Son funciones de la O¿ cina de Fortalecimiento Ético y Lucha Contra la Corrupción: a) Formular y proponer políticas, estrategias, planes, programas, proyectos y lineamientos para el fortalecimiento ético, la prevención y lucha contra la corrupción en el ámbito interno de la institución, así como efectuar su seguimiento y evaluación. b) Promover y desarrollar acciones para el fortalecimiento ético y la prevención de la corrupción en el ámbito interno de la institución. c) Emitir opinión técnica y proponer la elaboración o modi¿ cación de normas relacionadas a su competencia. d) Realizar visitas, incluidas inspecciones inopinadas en todas las unidades orgánicas de la SUNAT y proponer a las instancias pertinentes las medidas correctivas que resulten necesarias. e) Diseñar y desarrollar acciones internas que conduzcan a detectar posibles incrementos injusti¿ cados de patrimonio de los directivos, funcionarios y trabajadores de la SUNAT, así como proponer las acciones de ¿ scalización que considere necesarias. f) Coordinar con las áreas involucradas, sobre las acciones realizadas y/o resultados obtenidos en los procesos judiciales o administrativos seguidos contra trabajadores de la SUNAT, por actos de corrupción, denunciados por la SUNAT o por terceros. g) Requerir a los órganos, unidades orgánicas, directivos, funcionarios y trabajadores de la SUNAT información, documentación y tecnología relacionada que considere necesaria, así como solicitarla a otras entidades o terceros en el marco de la legislación vigente. h) Solicitar al Superintendente Nacional para que dentro del marco legal vigente requiera a otras entidades o terceros, el acceso a la información o documentación considerada como con¿ dencial, respecto de los directivos, funcionarios y trabajadores de la SUNAT, en los casos debidamente justi¿ cados. i) Coordinar con los órganos de la SUNAT y con entidades públicas y privadas nacionales y extranjeras, las materias de su competencia, a ¿ n de promover alianzas estratégicas y convenios de cooperación. j) Representar a la institución en temas de fortalecimiento ético y lucha contra la corrupción. k) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Superintendencia Nacional. Artículo 35-G°.- Ofi cina de Seguridad y Defensa Nacional La O¿ cina de Seguridad y Defensa Nacional es una unidad orgánica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración Interna, encargada de las acciones de seguridad, defensa civil y defensa nacional en la SUNAT, en concordancia con las disposiciones de los Sistemas Nacionales de Seguridad y Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres. Artículo 35-H°.- Funciones de la Ofi cina de Seguridad y Defensa Nacional Son funciones de la O¿ cina de Seguridad y Defensa Nacional: a) Formular, proponer, implementar, ejecutar y evaluar las estrategias, planes y programas de seguridad, defensa civil y defensa nacional. b) Proponer las normas, lineamientos y procedimientos internos en materias de seguridad, defensa civil y defensa nacional, en concordancia con las normas de los entes rectores; así como supervisar su implementación y cumplimiento.