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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481297 3.2. Ejecución de Recursos 3.2.1. Plan Operativo Institucional La ejecución de recursos se realizará anualmente en base al Plan Operativo Institucional aprobado por el Ministerio de Cultura correspondiente a la Unidad Ejecutora 006: “Complejo Arqueológico de Chan Chan”. 3.2.2. Proceso Presupuestario La O¿ cina de Planeamiento y Presupuesto del Proyecto Especial, conjuntamente con los otros órganos que la conforman y en coordinación con la O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, desarrollarán las acciones necesarias para la programación, formulación, aprobación, control y evaluación del presupuesto del Proyecto Especial, en el marco de la normatividad vigente. El proceso presupuestario es el siguiente: a) Programación y formulación del presupuesto anual La O¿ cina de Planeamiento y Presupuesto del Proyecto Especial, a través de los mecanismos necesarios para el efecto, recaba de las demás unidades orgánicas que conforman su estructura, la programación de actividades, las metas presupuestarias y necesidades de recursos, para su consolidación. La demanda obtenida es remitida a la O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, para que la considere en el anteproyecto de presupuesto del ejercicio ¿ scal anual correspondiente, de acuerdo a las normas presupuestarias vigentes. b) Aprobación del presupuesto anual Aprobado el Presupuesto Anual, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas remite a la O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura la asignación de recursos presupuestales para su aprobación a nivel institucional y por unidad ejecutora, por fuente de ¿ nanciamiento, categoría y grupo genérico del gasto. La O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, en coordinación con la Unidad Ejecutora 006: Complejo Arqueológico de Chan Chan, efectuará la distribución de los recursos presupuestales asignados, para atender la ejecución de las actividades programadas en el Plan Operativo Institucional. c) Programación Mensual de Recursos La O¿ cina de Planeamiento y Presupuesto del Proyecto Especial efectúa, en concordancia con el programa de actividades y metas, la asignación de recursos presupuestales mensualizados, para su correspondiente ejecución. d) Certifi caciones de Crédito Presupuestarios La O¿ cina de Planeamiento y Presupuesto del Proyecto Especial recibe la documentación, revisa la información relativa al marco presupuestal disponible que ¿ nanciará la ejecución del gasto de las actividades programadas, y emita el documento de Certi¿ cación de Crédito Presupuestario. Expedida la Certi¿ cación de Crédito Presupuestario se remite a la unidad orgánica solicitante para que proceda con el compromiso correspondiente. e) Modifi caciones presupuestarias La O¿ cina Planeamiento y Presupuesto del Proyecto Especial, efectúa dentro del marco del presupuesto asignado a la Unidad Ejecutora 006: Complejo Arqueológico de Chan Chan, las habilitaciones y anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados, de acuerdo a las actividades o metas previstas a ejecutarse en el periodo programado, previa coordinación y aprobación de la Dirección del Proyecto Especial, para luego ser derivada a la O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto. La aprobación de las modi¿ caciones presupuestarias se realizarán por el Titular de la Entidad o por el funcionario al que se le hubiere delegado dicha facultad f) Control de la ejecución presupuestal La O¿ cina de Administración del Proyecto Especial es la encargada de la ejecución presupuestal asignada a través del SIAF-SP. Corresponde a la O¿ cina de Planeamiento y Presupuesto, hacer el control de la afectación de los compromisos, veri¿ cando que cuenten con el marco presupuestal y que los montos comprometidos no superen la Programación de Compromisos Anual (PCA). g) Información de la ejecución de ingresos y egresos La O¿ cina de Planeamiento y Presupuesto del Proyecto Especial, procesa la información registrada en el SIAF-SP, transmite y obtiene los reportes para su presentación ante la Dirección del Proyecto Especial, responsable además de la Unidad Ejecutora 006: Complejo Arqueológico de Chan Chan, para luego hacerlos de conocimiento de la O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura. h) Evaluaciones presupuestarias La O¿ cina de Planeamiento y Presupuesto del Proyecto Especial, efectúa la evaluación presupuestal de acuerdo a lo establecido en la Directiva para la Evaluación de los Presupuestos Institucionales de los Pliegos que emite el Ministerio de Economía y Finanzas, para lo cual ingresa la información física y ¿ nanciera del periodo analizado (semestral y anual) en el módulo de evaluación presupuestal, en coordinación con la O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura. 3.3. Procesos para la formulación, evaluación y ejecución de un Proyecto de Inversión Pública. 3.3.1. Fase de Preinversión La Unidad Formuladora o el área que haga sus veces elabora y suscribe los estudios de preinversión y los registra en el Banco de Proyectos, de acuerdo a los contenidos mínimos, pautas metodológicas y parámetros de evaluación establecidos en la normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública. Previamente, deberá remitir los Términos de Referencia o Planes de Trabajo elaborados de acuerdo a la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública vigente, a la O¿ cina de Inversiones de la O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, para su aprobación. La Unidad Formuladora o el área que haga sus veces, deberá remitir dicho estudio en versión física y digital a la O¿ cina de Inversiones de la O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, adjuntando la ¿ cha de registro para su evaluación, la cual, considerará el análisis de los aspectos técnicos, metodológicos y parámetros de evaluación, en concordancia con la normatividad vigente del Sistema Nacional de Inversión Pública 3.3.2. Fase de Inversión El proyecto de inversión pública, ingresa a la fase de inversión luego de ser declarado viable por la O¿ cina de Inversiones del Ministerio de Cultura, comprendiendo la elaboración de estudios de¿ nitivos y/o Expedientes Técnicos y la ejecución del proyecto. Con la viabilidad del proyecto de inversión pública dada por la O¿ cina de Inversiones, la Unidad Ejecutora deberá iniciar la elaboración del estudio de¿ nitivo o expediente técnico del proyecto de inversión pública aprobado. La Unidad Ejecutora o el Área Técnica responsable de la ejecución, al elaborar los estudios de¿ nitivos y/o expedientes técnicos, deben ceñirse a los parámetros por los cuales fue aprobado y declarado viable el estudio de preinversión y observar el cronograma de ejecución del mismo. Culminada la elaboración del estudio de¿ nitivo y/o expediente técnico del proyecto de inversión pública, el Proyecto Especial remitirá a la O¿ cina de Inversiones del Ministerio de Cultura el “Formato SNIP15” “Informe de Consistencia del Estudio De¿ nitivo y/o Expediente Técnico detallado de Proyecto de Inversión Pública Viable”, debidamente llenado y suscrito por el responsable de la aprobación del Expediente Técnico y/o Estudio De¿ nitivo, para su registro. La Unidad Ejecutora, una vez registrado el “Formato SNIP-15”, procederá a la aprobación del Expediente Técnico y/o Estudio De¿ nitivo para luego proceder a la ejecución del proyecto, de acuerdo al cronograma previsto en el Estudio De¿ nitivo y/o Expediente Técnico. El Proyecto Especial deberá remitir el informe de Cierre del proyecto a la O¿ cina de Inversiones del Ministerio de Cultura, con lo cual se da por culminada la fase de inversión del proyecto en el marco de la normativa vigente del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). 3.3.3. Fase de Post Inversión Culminada la Fase de Inversión, se inicia la producción de bienes y/o servicios del proyecto de inversión pública