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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (20/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481290 Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 060-2012-PCM/SD, de fecha 20 de octubre de 2012, se declara apto al gobierno local distrital de Surquillo, para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 074-2012-PCM/SD, toda referencia al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social-MIMDES en la Directiva Nº 004-2010-PCM/SD “Normas Especí¿ cas para la Veri¿ cación y Efectivización del Proceso de Transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES a los Gobiernos Locales Distritales de la Provincia de Lima”; debe hacerse ahora al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social- MIDIS, en virtud de lo dispuesto en la Tercera Disposición Transitoria Final de la Ley Nº 29792, Ley de Creación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS; Que, asimismo, de acuerdo la Resolución mencionada, se rati¿ can todas las Resoluciones de Secretaría de Descentralización que acrediten a los Gobiernos Locales Distritales de la Provincia de Lima para la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria-PCA, posteriores a la fecha de creación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS, Que, mediante el o¿ cio de vistos, la Municipalidad Distrital de Carabayllo solicita a la Secretaría de Descentralización en el marco de sus atribuciones y de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 004-2010-PCM/SD, proceda a la veri¿ cación de los expedientes adjuntos al o¿ cio de vistos, a ¿ n de ser declarado apto para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria-PCA; Que, mediante el informe de vistos, la O¿ cina de Transferencias, Monitoreo y Evaluación de Competencias de la Secretaría de Descentralización, veri¿ ca que la Municipalidad Distrital de Carabayllo ha cumplido con los requisitos establecidos en los Mecanismos de Veri¿ cación indicados en el punto Nº 6 de la Directiva Nº 004-2010- PCM/SD; y que, por tanto, se encuentra apto para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 103-2011-PCM, se establecen medidas para continuar las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, programados hasta el año 2010; En uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley Nº 27867; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, el Decreto Supremo Nº 103-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º - Declarar a la Municipalidad Distrital de Carabayllo del ámbito de Lima Metropolitana, como apta para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA del PRONAA, a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS. Declarar a la Municipalidad Distrital de Carabayllo del ámbito de Lima Metropolitana, como apta para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA del PRONAA, a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS. Artículo 2º - Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario O¿ cial “El Peruano”, y en la página web de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/ sd Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN Secretaria de Descentralización 880624-1 Inscriben adhesión de la Municipalidad Distrital de Acobambilla a la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH”, en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 079-2012-PCM/SD Lima, 13 de diciembre de 2012 VISTOS: El O¿ cio Nº 054-2012-MMAMUZCEH; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 011- 2012-MDA de la Municipalidad Distrital de Acobambilla; el Acta de Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH” y el Informe Nº 058-2012–PCM/SD-OGI- MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modi¿ cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, de¿ ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la ¿ nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 156-2011-PCM/SD, modi¿ cada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 069-2012-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH”. Esta mancomunidad municipal la integran las Municipalidades Distritales de Ascensión, Conayca, Cuenca, Huando y Palca de la Provincia y Departamento de Huancavelica; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 9°, establece el procedimiento de adhesión de una municipalidad a una mancomunidad municipal ya constituida; Que, mediante el O¿ cio de Vistos, el señor Gerente General de la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH” solicita la inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Acobambilla a ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH”, en su artículo Vigésimo Cuarto, señala que la adhesión de una municipalidad, procede según el siguiente procedimiento: a) Informe Técnico elaborado por la municipalidad solicitante, que exprese la viabilidad de la adhesión a la Mancomunidad Municipal y a su Estatuto, b) Acta de Sesión del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal, con el acuerdo de adhesión de la municipalidad solicitante, y c) Ordenanza Municipal de la municipalidad solicitante, que rati¿ ca la adhesión a la mancomunidad municipal y a su Estatuto, sustentada en el Informe Técnico y en el Acta de Sesión del Consejo Directivo; Que, el Informe Técnico de la Municipalidad Distrital de Acobambilla expresa la viabilidad de su adhesión a la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH”; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la adhesión de la Municipalidad Distrital de Acobambilla a la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH”; Que, por la Ordenanza Municipal de Vistos, la Municipalidad Distrital de Acobambilla rati¿ ca la adhesión de ésta a la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH”; Que, acorde con el Informe Nº 058-2012–PCM/SD- OGI-MIRA, los documentos presentados para la inscripción del acto de adhesión, cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 9° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización que dispone la inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Acobambilla a la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH”, en el Registro de Mancomunidades Municipales;