Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2012 (22/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

481745

ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Aprueban formatos de "Titulo Propiedad Oneroso Registrado" y "Solicitud de Ampliacion del Plazo Pago" y la "Notificacion de Oferta Venta"
RESOLUCION DIRECTORAL N° 220-2012-COFOPRI/DE
MORDAZA, 20 de diciembre de 2012 VISTO: El Informe Nº 064-2012-COFOPRI/DND de fecha 20 de diciembre de 2012, emitido por la Direccion de Normalizacion y Desarrollo de COFOPRI, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27046, se crea la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, ahora Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI; conforme a la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley que establece el Regimen Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios Urbanos; Que, segun Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de COFOPRI, como instrumento de gestion institucional que organiza la estructura organica de la Entidad, conteniendo sus funciones generales y especificas y las de sus Organos y Unidades Organicas, asi como sus relaciones y responsabilidades; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por la MORDAZA precedente y en concordancia con el tercer parrafo del articulo 2° del Decreto Legislativo N° 803, modificado por la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley N° 28923, el Director Ejecutivo es la MORDAZA autoridad de COFOPRI, quien ejerce la titularidad del pliego presupuestal; Que, por Ley Nº 28923, se establecio el Regimen Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios Urbanos, facultando a COFOPRI asumir de manera excepcional, las funciones de ejecucion de los procedimientos de saneamiento fisico legal y titulacion de predios urbanos, ubicados en posesiones informales, a que se refiere el Titulo I de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos, por un periodo de 3 anos, el mismo que fue modificado por la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 29320 y MORDAZA por el articulo 1º de la Ley Nº 29802; Que, el numeral 3.1 del articulo 3º de la Ley Nº 29802, faculta excepcionalmente a COFOPRI para realizar las acciones de saneamiento fisico legal de las posesiones informales ubicadas en las zonas afectadas por los sismos ocurridos el 15 de agosto de 2007; Que, el numeral 3.2.2 del articulo 3 de la Ley Nº 29802 concordante con el articulo 15º del Reglamento de los articulos 3 y 4 de la Ley Nº 29802, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA, establecen que la titulacion onerosa, aplicable en terrenos de propiedad estatal, se efectua a valor arancelario establecido por la Direccion Nacional de Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a los poseedores que no tengan la calidad de damnificados por los sismos del 15 de agosto de 2007 y que acrediten: (i) haber ocupado sus predios hasta MORDAZA del 15 de agosto de 2008;

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(ii) el ejercicio de la posesion directa, continua, pacifica y publica como propietario de sus predios; y, (iii) no ser propietarios con derecho inscrito en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (Sunarp) de otro predio destinado a vivienda dentro de la circunscripcion geografica establecida en el numeral 3.2 del articulo 3º de la Ley Nº 29802, salvo en los casos que dichos predios MORDAZA inhabitables por encontrarse en MORDAZA declarada como de alto riesgo por la entidad competente; Que, en ese sentido, mediante la Resolucion Directoral Nº 103-2012-COFOPRI/DE de fecha 25 de MORDAZA de 2012, se aprobo el formato de "Titulo de Propiedad Oneroso Registrado" anexo A, a ser utilizado en el procedimiento de titulacion onerosa previsto en el articulo 15º del Capitulo I del Titulo II del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA; Que, sin embargo, el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 020-2012-VIVIENDA, ha incorporado un ultimo parrafo al articulo 15º del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVENDA, estableciendo que, excepcionalmente, para el caso de la titulacion onerosa, se podra aplicar la modalidad de pago diferido en el plazo MORDAZA de dos (2) anos, previsto en los articulos 39º y 40º del citado Decreto Supremo; asimismo, que el cobro y/o ejecucion de la condicion resolutoria estara a cargo de la Municipalidad Provincial correspondiente, quien solicitara a COFOPRI el tramite de inscripcion del levantamiento de las cargas y/o gravamenes ante el Registro de Predios; Que, en ese contexto, mediante el documento de visto, la Direccion de Normalizacion y Desarrollo, ha remitido el proyecto de MORDAZA formato de "Titulo de Propiedad Oneroso Registrado" - Anexo A, en aplicacion del articulo 15º del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA, modificado por el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 020-2012VIVIENDA, asi como la "Solicitud de Ampliacion del Plazo de Pago" - Anexo B y la "Notificacion de Oferta de Venta" - Anexo C, formatos a ser utilizados en el Procedimiento de Formalizacion y Titulacion en areas de propiedad del Estado establecido en el Capitulo I, Titulo II del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA; Que, para una mejor aplicacion del procedimiento MORDAZA referido, resulta necesario aprobar los citados formatos; Que, teniendo en cuenta la Unica Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29802, que establece que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dicta las disposiciones reglamentarias que fueran necesarias para el cumplimiento de la citada Ley, y; adicionalmente, la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA, que faculta a COFOPRI a aprobar las directivas y formatos que MORDAZA necesarios para la ejecucion de los procedimientos establecidos en el mencionado Reglamento; Con el visado de la Secretaria General y de las Direcciones de Formalizacion Individual y Normalizacion y Desarrollo, y la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, el formato de "Titulo de Propiedad Oneroso Registrado" que como anexo A, forma parte integrante de la Resolucion Directoral Nº 103-2012-COFOPRI/DE. Articulo Segundo.- Aprobar el MORDAZA formato de "Titulo de Propiedad Oneroso Registrado" detallado en el noveno considerando de la presente Resolucion, que como anexo A, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Aprobar los formatos de "Solicitud de Ampliacion del Plazo de Pago" y la "Notificacion de Oferta de Venta", detallados en el noveno considerando de la presente Resolucion, que como anexos B y C, respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Publicar el texto de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y los anexos que se aprueban en el MORDAZA Institucional (www.cofopri.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Articulo Quinto.- Notificar la presente Resolucion a los organos estructurados del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI. Registrese, comuniquese y publiquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo

881646-1

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