Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2012 (22/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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3. BASE LEGAL

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2012

- Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y normas modificatorias y complementarias. - Ley Nº 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013. 4. MEDIDAS DE AUSTERIDAD, CALIDAD EN EL GASTO PUBLICO DISCIPLINA Y

Las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad del gasto constituyen un conjunto de medidas necesarias para la racionalizacion del gasto, el manejo adecuado y eficiente de los recursos. En ese sentido, se establecen las siguientes disposiciones: 4.1 En materia de ingreso y contratacion de personal 4.1.1 El ingreso de MORDAZA personal a OSIPTEL estara permitido de acuerdo a lo siguiente: a) La designacion en cargos de confianza y de directivos superiores de libre designacion y remocion, conforme a los documentos de gestion de la Entidad, a la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico, y demas normatividad referida a la materia. b) La contratacion de personal se efectuara conforme a lo dispuesto en el articulo 8º, inciso f) de la Ley Nº 29951, siempre y cuando se cuente con plaza presupuestada. Entiendase por plaza presupuestada al cargo contemplado en el Cuadro de Asignacion de Personal ­ CAP que cuente con el financiamiento previsto en el Presupuesto Institucional y conforme al Presupuesto Analitico de Personal ­ PAP aprobado. Las plazas deben estar registradas ademas en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Presupuesto de Personal del sector Publico, regulado por la Directiva Nº 001-2009-EF/76.01. c) Para el caso de la contratacion a plazo fijo para el reemplazo por suplencia temporal, dichos contratos quedaran resueltos automaticamente cuando el personal materia de suplencia retorne a sus labores. d) Queda prohibido efectuar gastos por concepto de horas extras al personal. 4.1.2 Contratacion Administrativa de Servicios En los casos en que se requiera contratar personal bajo la modalidad de Contratacion Administrativa de Servicios - CAS, la Unidad Organica solicitante debera sustentar la necesidad en base a las funciones a desempenar en el cumplimiento de las metas y objetivos anuales y/o incremento de la carga de trabajo; asimismo el requerimiento debera contar con la disponibilidad presupuestal, la opinion favorable de la Jefatura de Recursos Humanos de la Gerencia de Administracion y Finanzas ­ GAF (en adelante) respecto a las funciones requeridas, y del Gerente de Administracion y Finanzas. Posteriormente, se remitira al Gerente General para la aprobacion respectiva. 4.2 En materia de Modificaciones Presupuestales Durante la ejecucion presupuestaria se permite que la partida de gasto 2.1.1 "Retribuciones y Complementos en Efectivo" sea habilitada para atender los gastos que irroguen la aplicacion de la sexagesima octava disposicion complementaria de la Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013. 4.3 En Materia de Ejecucion del Gasto en Bienes y Servicios Los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras del OSIPTEL, son llevados a cabo por la Gerencia de Administracion y Finanzas, en base al Plan Anual de Contrataciones del OSIPTEL, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento, sus normas modificatorias y demas disposiciones aplicables. Para la determinacion de los procesos de seleccion, se tendran en consideracion los montos establecidos en el articulo 13º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013. 4.3.1 Servicio telefonico El uso de la telefonia fija sera el estrictamente necesario para el cumplimiento de las funciones asignadas.

El gasto mensual por servicios de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales (PCS) y servicio de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado), no puede exceder al monto resultante de la multiplicacion del numero de equipos por doscientos y 00/100 nuevos soles (S/.200.00). Se considera dentro del referido monto, el costo por el alquiler del equipo, asi como el valor agregado al servicio, segun sea el caso. La diferencia del consumo en la facturacion sera abonada por el funcionario o servidor que tenga asignado el equipo, conforme al procedimiento que establezca la Gerencia de Administracion y Finanzas. Asimismo, no se asignara mas de un (1) equipo por persona. Se exonera de los limites establecidos en el parrafo precedente, a las comunicaciones de la Alta Direccion y para las labores de Supervision y Fiscalizacion del OSIPTEL, en su condicion de organismo regulador, supervisor y fiscalizador de las inversiones privadas en telecomunicaciones. 4.3.2 Uso y adquisicion de vehiculos El uso de vehiculos, asi como los gastos en combustibles, lubricantes y repuestos, quedan restringidos exclusivamente a los servicios esenciales de funcionamiento vinculados al cumplimiento de los Objetivos Operativos y Estrategicos del OSIPTEL. Adicionalmente, en el MORDAZA de los Objetivos Estrategicos Institucionales y del Plan Estrategico Institucional, la entidad evaluara y, de ser el caso, decidira la adquisicion de vehiculos automotores para el cumplimiento de sus funciones. 4.3.3 Publicidad La realizacion de los siguientes egresos por concepto de publicidad requieren la aprobacion de la Gerencia General: - Campanas publicitarias y, - Cursos de extension universitaria Los gastos de publicidad se sujetan a las normas establecidas en la Ley Nº 28874, Ley que regula la publicidad estatal, y demas disposiciones aplicables. 4.3.4 Pasajes y Viaticos Los viajes al exterior del MORDAZA se limitaran a los que se requieran para promover y desarrollar la colaboracion y cooperacion de organismos internacionales en el area de telecomunicaciones; ademas, para la participacion en eventos, foros y congresos internacionales, capacitacion en nuevas tecnologias, la adquisicion e intercambio de experiencia en el desarrollo de telecomunicaciones y desarrollo organizacional, asi como de los que se requiera para el cumplimiento de los Objetivos Estrategicos Institucionales y del Plan Estrategico Institucional. La autorizacion de los viajes se sujeta a lo establecido en la normatividad vigente y en el caso que irroguen gastos al Estado, los cuales deberan realizarse en categoria economica. 5. RESPONSABILIDAD La Gerencia de Administracion y Finanzas y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto seran las encargadas de la correcta aplicacion de la presente Directiva, pudiendo delegar en los funcionarios que consideren conveniente la tarea de supervisar lo dispuesto en la presente Directiva. 6. CONTROL El Organo de Control Institucional, conforme a sus atribuciones, sera responsable de vigilar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva. 7. VIGENCIA La presente Directiva es de aplicacion durante el ejercicio presupuestal 2013 y entrara en vigencia desde el 1° de enero de 2013. San MORDAZA, 18 de diciembre del 2012

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