Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2012 (22/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2012

Cuotas Internacionales para el Ano 2012, correspondiente a cada Pliego Presupuestario; Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2012-RE de fecha 13 de noviembre de 2012, se modifico el Anexo B: Cuotas Internacionales Ano Fiscal 2012, Fuente Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario: Cultura, de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; en el cual se considero el pago a la Secretaria General Iberoamericana - SEGIB y al Centro Regional para el Fondo del Libro en MORDAZA Latina y el Caribe CERLALC; Que, el numeral 67.3 del articulo 67º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es MORDAZA miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion tecnica y asistencia tecnica internacional; Que, mediante el documento del visto, el Ministerio de Cultura solicita se autorice el pago de las cuotas internacionales, correspondientes al ano 2012, a la Secretaria General Iberoamericana - SEGIB y al Centro Regional para el Fondo del Libro en MORDAZA Latina y el Caribe - CERLALC; De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Cultura a efectuar los pagos por concepto de cuotas internacionales correspondientes al ano 2012, a los siguientes organismos internacionales:
ORGANISMO Secretaria General Iberoamericana - SEGIB Centro Regional para el Fondo del Libro en MORDAZA Latina y el Caribe CERLALC PROGRAMA MONEDA IMPORTE IBERMUSEOS IBERMUSICA IBERESCENA IBER ­ RUTAS CERLALC US$ US$ US$ EUR US$ 30,000.00 30,000.00 75,000.00 10,000.00 9,884.50

El Oficio Nº 1573-2012-AG-DGFFS (DPFFS) de fecha 3 de diciembre de 2012, del Ministerio de Agricultura por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago del saldo de la contribucion del ano 2012 a la Organizacion Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT); CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, segun Resolucion Suprema N° 051-2012-RE se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores efectuar el pago de la cuota correspondiente al ano 2012 a la Organizacion Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT) por un monto de US$ 105,970.00 de los US$ 109,156.00 de contribucion fijada para el Peru, para ese ano; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago del remanente de la contribucion del MORDAZA a la Organizacion Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT), con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Agricultura a efectuar el pago de US$ 3,186.00 (TRES MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) a la Organizacion Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT), correspondiente al saldo de la contribucion del ano 2012. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Cultura. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

881877-11

881877-10

Autorizan al Ministerio del Ambiente a efectuar pagos a la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico y al Protocolo de Kyoto correspondientes al ano 2013
RESOLUCION SUPREMA Nº 287-2012-RE
MORDAZA, 21 de diciembre de 2012 VISTO: El Oficio Nº 2645-2012-SG-MINAM de fecha 6 de diciembre de 2012, del Ministerio del Ambiente, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice los pagos de las cuotas correspondientes al ano 2013 a la Convencion

Autorizan al Ministerio de Agricultura a efectuar pago a la Organizacion Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT) correspondiente al ano 2012
RESOLUCION SUPREMA N° 286-2012-RE
MORDAZA, 21 de diciembre de 2012

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