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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de diciembre de 2012 481759 CONSIDERANDO: Primero. Que el artículo 113° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que el Centro de Investigaciones Judiciales es el órgano de apoyo del Poder Judicial, dependiente del Consejo Ejecutivo, el cual dicta y aprueba sus Estatutos y Reglamento de Organización y Funciones. Segundo. Que este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa N° 055-2002-CE-PJ, de fecha 10 de mayo de 2002, aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en el que se incluía al Centro de Investigaciones Judiciales. No obstante, el Tribunal Constitucional mediante Sentencia de fecha 11 de octubre del 2010 (Expediente N° 04876- 2009-PC/TC), dispuso que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dicte y apruebe los Estatutos y Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Investigaciones Judiciales, encontrándose el proceso judicial en ejecución de sentencia en el 36° Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima. Tercero. Que, al respecto, el Centro de Investigaciones Judiciales ha formulado en coordinación con la Gerencia General, el proyecto de su Reglamento de Organización y Funciones, así como de sus Estatutos, los cuales luego del análisis de su contenido y alcances, deviene en pertinente aprobar. Cuarto. Que corresponde la publicación de la presente resolución y su anexo en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a lo dispuesto por el artículo 1°, numeral 8. e), del Decreto Supremo N° 018-97-PCM, al ser una norma de carácter general, así como en la página Web del Poder Judicial, en cumplimiento de la ley que promueve la transparencia en las instituciones del Estado. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1029-2012 de la quincuagésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 82°, inciso 26) y 113°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Investigaciones Judiciales, que consta de 3 Títulos, 4 Capítulos y 20 artículos; así como el organigrama estructural, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar los Estatutos del Centro de Investigaciones Judiciales que consta de 9 Capítulos y 21 artículos, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de esta decisión y sus respectivos anexos en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Poder Judicial, para el cumplimiento de los fi nes de publicidad y transparencia respectivos. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Centro de Investigaciones Judiciales, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial y al Trigésimo Sexto Juzgado Civil de Lima, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES JUDICIALES CONTENIDO TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES TITULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA ORGANICA CAPÍTULO I DEL ORGANO DE DIRECCION CAPÍTULO II DEL ORGANO CONSULTIVO CAPÍTULO III DEL ORGANO DE APOYO CAPÍTULO IV DE LOS ÒRGANOS DE LINEA TITULO TERCERO DE LAS RELACIONES INSTITUCIONALES E INTERINSTITUCIONALES REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES JUDICIALES TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°. Naturaleza Jurídica El Centro de Investigaciones Judiciales es el órgano de apoyo del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, encargado de la investigación y estudio permanente de la realidad socio-jurídica del país así como de la problemática judicial, a fi n de proponer la reforma judicial permanente orientada al mejoramiento y desarrollo de la administración de justicia. Artículo 2°. Ámbito de Competencia El Centro de Investigaciones Judiciales tiene domicilio y sede en la ciudad de Lima y ejerce sus funciones y atribuciones en todo el territorio nacional de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Judicial. Artículo 3°. Alcance Las normas y disposiciones contenidas en el presente Reglamento alcanzan a todos los órganos del Centro de Investigaciones Judiciales. Artículo 4°.Funciones Son funciones del Centro de Investigaciones Judiciales: 1. Investigar y estudiar la realidad socio-jurídica del país así como de la problemática judicial, emitiendo informes al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que coadyuven a una adecuada toma de decisiones. 2. Proponer los planes de reforma y las medidas conducentes a la realización de los mismos. Proponer la reforma judicial permanente orientando sus propuestas al mejoramiento y desarrollo de la administración de Justicia, a través de iniciativas normativas y otras innovaciones para el perfeccionamiento del ordenamiento jurídico nacional. 3. Proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial proyectos o modifi caciones de normatividad como resultado de las investigaciones efectuadas, que coadyuven a una efi ciente, efi caz y oportuna administración de justicia. 4. Planear, conducir, ejecutar y evaluar programas anuales de plenos jurisdiccionales nacionales, regionales o distritales, a fi n de lograr la predictibilidad de las resoluciones judiciales. 5. Promover y realizar investigación científi ca en el campo jurídico, a fi n de incentivar el desarrollo personal y la optimización de la función jurisdiccional. 6. Efectuar el mantenimiento, clasifi cación y conservación del patrimonio bibliográfi co del Centro de Investigaciones Judiciales (incluido el material hemerográfi co y de audiovisuales), procesar, organizar y difundir dicho material impreso o electrónico que permita atender las necesidades de los usuarios. 7. Administrar y dirigir el Centro de Documentación del Poder Judicial (CENDOCJ-PJ), así como la Biblioteca de la Corte Suprema de Justicia. 8. Difundir el desarrollo y los resultados de los plenos jurisdiccionales, de los talleres y proyectos de nueva normatividad, las estadísticas jurisdiccionales, las actividades de capacitación, investigaciones y estudios realizados. 9. Registrar sistemáticamente las ejecutorias supremas y el movimiento estadístico del servicio judicial en Salas y Juzgados de toda la República. 10. Promover el desarrollo de convenios con otras instituciones nacionales e internacionales para la