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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (29/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 208

TEXTO PAGINA: 114

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2012 483676 Disponen la publicación en la página Web del proyecto de resolución que incorpora nuevos Módulos Estándares de Inversión a la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 262-2012-OS/CD Lima, 27 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el numeral V) del literal b) del Artículo 139 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, dispone que OSINERGMIN establecerá y mantendrá actualizada y disponible, para todos los interesados, la Base de Datos que corresponda, para la valoración de determinadas instalaciones de transmisión; Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 343- 2008-OS/CD, se aprobó la primera versión de la “Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión” (en adelante “Base de Datos”). En la parte considerativa de la citada resolución, se precisó que en caso se requiera reestructurar la conformación de algún módulo estándar o incorporar algún módulo no previsto que sea de aplicación estándar, previamente éste se publicaría para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, lo que resulta aplicable y necesario en esta oportunidad; Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 226- 2011-OS/CD y modificatorias, se aprobó la Base de Datos, actualmente vigente; Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 151- 2012-OS/CD se aprobó el Plan de Inversiones en Transmisión para el periodo mayo 2013 – abril 2017, en el referido Plan de Inversiones se aprobó, asimismo, la ejecución de instalaciones que no están contenidas en los Módulos Estándares vigentes y, que son necesarias para poder atender el crecimiento de la demanda en condiciones adecuadas; Que, constituyendo los Módulos Estándares de la Base de Datos, un insumo importante para la fijación de las tarifas de los SST y SCT, y teniendo en cuenta lo señalado en los considerandos precedentes, corresponderá disponer la publicación de la resolución que incorpora a la Base de Datos nuevos Módulos de Inversión para Sistemas de Transmisión, previo cumplimiento de los requisitos de transparencia; Que, de acuerdo con el Principio de Transparencia contenido en el Artículo 8° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001- PCM, toda decisión de cualquier órgano de OSINERGMIN, deberá adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocibles y predecibles por los administrados. En ese sentido resulta conveniente, publicar el proyecto de resolución que incorpora los nuevos Módulos de Inversión a la Base de Datos, otorgando un plazo máximo a los interesados, a efectos de que formulen opiniones y sugerencias a la prepublicación, las cuales, de ser el caso, luego de analizadas, será consideradas en la aprobación definitiva; Que, al respecto se han expedido los Informes N° 0604-2012-GART y N° 607-2012- GART, de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN, respectivamente, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Artículo 3°, Numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado con Decreto Supremo N° 009-93-EM; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación en la página Web de OSINERGMIN www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolución que incorpora nuevos Módulos Estándares de Inversión a la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión, conjuntamente con los Informes N° 0604-2012-GART y N° 607-2012-GART, que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Definir, hasta el 10 de enero de 2013, como plazo máximo, para que los interesados remitan por escrito sus opiniones y/o sugerencias respecto de la prepublicación, a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y/o sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número telefónico N° 224 0491 o vía correo electrónico a la siguiente dirección: modulos2013@osinerg.gob.pe, citando en el asunto del mismo, lo siguiente: “Incorporación Módulos Estándares”. La recepción de las opiniones y/o sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra. Carmen Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo se podrán remitir comentarios, en cualquier medio, hasta las 18:00 horas. Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria el análisis de los comentarios que se presenten respecto a la incorporación en la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión, así como la presentación de la propuesta final al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería. Artículo 4°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. JESUS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 883231-1 Disponen la publicación en la página Web del proyecto de resolución que aprueba la norma “Guía de Elaboración y Presentación de Información Georeferenciada de las Instalaciones de los Sistemas de Generación y Transmisión Eléctrica” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 263-2012-OS/CD Lima, 27 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Artículo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo; Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, mediante Resolución OSINERGMIN N°