Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2012 (29/12/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 98

483660

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

la ejecucion de obras de construccion, ampliacion o modificacion de infraestructura portuaria; Que, asimismo, en el Plan Maestro presentado por XSTRATA LAS BAMBAS S.A., se ha considerado un muelle para embarque de graneles solidos compuesto por un MORDAZA de acceso, por donde ira una faja transportadora hermetica y un cargador, el cual permitira cargar las diferentes bodegas del buque; asimismo, se senala que de las estadisticas de demanda y movimiento de naves estimado para los proximos veinte anos, se determina que tendra capacidad para operar naves bulk carrier de gran porte, destinados para el traslado de mineral de cobre del proyecto minero Las Bambas y el abastecimiento de la demanda del MORDAZA de China y otros paises asiaticos; Que, de acuerdo al citado Plan Maestro, se espera recibir un volumen de carga que oscilara entre los 3 millones de toneladas por ano al inicio del proyecto, hasta los 20 millones por ano a partir del ano 15 del mismo; en base a la carga proyectada, XSTRATA LAS BAMBAS S.A., espera iniciar el primer quinquenio atendiendo 20 naves anuales de 160,000 toneladas, hasta llegar a un promedio de 80 naves anuales en el ano 2030; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 9° del Decreto Supremo No. 041-2007-MTC, posteriormente a la aprobacion de la autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena, la Autoridad Portuaria Nacional emitira una liquidacion del Derecho de Vigencia Anual, la que debera ser cancelada por el titular de la autorizacion en el plazo de ocho (08) dias habiles contados desde su notificacion; De conformidad con lo establecido en la Constitucion Politica del Peru, en la Ley No. 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley No. 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Decreto Supremo No. 021-2007-MTC, la Ley No. 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional, el Decreto Legislativo No. 1022, el Decreto Supremo No. 003-2004-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo No. 016-2005-MTC, y la Resolucion Ministerial No. 061-2008-MTC/01; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion de la Autorizacion Temporal de Uso de Area Acuatica Otorgar a la empresa XSTRATA LAS BAMBAS S.A., una autorizacion temporal de uso de area acuatica ubicada en el distrito de Ocona, provincia de Camana, departamento de MORDAZA, sobre un area total de 201,414.59 m2. (Doscientos Un Mil Cuatrocientos Catorce con 59/100 Metros Cuadrados); segun las siguientes coordenadas DATUM WGS 84: COORDENADAS WGS 84 (ZONA 18) VERTICES DEL AREA ACUATICA
COORDENADAS UTM VERTICE NORTE A B Q' P' C D ESTE 8'190,641.128 680,797.026 8'190,997.117 681,373.487 8,190,788.694 681,502.198 8,190,770.280 681,501.062 8,190,701.133 681,465.157 8,190,385.877 680,954.655 COORDENADAS GEOGRAFICAS LATITUD SUR LONGITUD OESTE

Supremo No. 003-2004-MTC y sus modificatorias, a solicitud del administrado, la cual debera presentarse con anterioridad al vencimiento del plazo establecido en la presente Resolucion. Articulo 3°.- Obligaciones de la titular La empresa XSTRATA LAS BAMBAS S.A., debera pagar a la Autoridad Portuaria Nacional el derecho de vigencia anual por el uso de area acuatica, de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del articulo 30° del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por el Decreto Supremo No. 003-2004-MTC y sus modificatorias, asi como cumplir con la legislacion nacional vigente, regulaciones internacionales y demas disposiciones que establezca la Autoridad Portuaria Nacional y autoridades competentes para la proteccion del medio ambiente en el area acuatica y/o franja riberena cuya autorizacion temporal de uso ha sido aprobada mediante la presente Resolucion. Articulo 4°.- Autorizaciones administrativas El derecho de uso de area acuatica se aprueba sin perjuicio de las autorizaciones que deba obtener la empresa XSTRATA LAS BAMBAS S.A., por parte de otros organismos publicos de acuerdo con las actividades a realizar y de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Articulo 5°.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 883807-2

Otorgan autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena a la empresa Puerto Sur Peru S.A.
RESOLUCION SUPREMA N° 053-2012-MTC MORDAZA, 28 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema No. 166-2010MTC publicada con fecha 25 de setiembre de 2010, se otorgo a favor de la empresa PUERTO SUR PERU S.A., una autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena ubicada en el distrito de Chaparra, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, sobre un area total de 9'356,539.351 m2 (Nueve Millones Trescientos Cincuenta y Seis Mil Quinientos Treinta y Nueve y 351/1000 Metros Cuadrados), por un plazo de dos (02) anos renovables; Que, con escrito presentado el 01 de MORDAZA de 2011, la empresa PUERTO SUR PERU S.A., solicito ante la Autoridad Portuaria Nacional, en adelante APN, una autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena, sobre el area acuatica delimitada en la Resolucion Suprema No. 166-2010-MTC, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional aprobado por Decreto Supremo No. 003-2004-MTC y sus modificatorias, en lo sucesivo el Reglamento; Que, mediante Carta No. 485-2011-APN/GG de fecha 07 de MORDAZA de 2011, la APN concedio a PUERTO SUR PERU S.A., un plazo no mayor a diez (10) dias habiles para que subsane las observaciones advertidas a su solicitud, referidas al documento que acredite la posesion del area terrestre adyacente a la franja riberena solicitada y un informe de ingenieria basica que contenga informacion relacionada a los fundamentos de caracter tecnico del plazo solicitado, la descripcion y el plano de ubicacion del area acuatica y franja riberena requeridas; Que, a traves del escrito presentado el 21 de MORDAZA de 2011, PUERTO SUR PERU S.A., presento la

16º 21' 31".095 73º 18' 26".392 16º 21' 19".359 73º 18' 07".069 16º 21' 26".104 73º 18' 02".673 16º 21' 26".703 73º 18' 02"707 16º 21' 28".962 73º 18' 03".897 16º 21' 39".356 73º 18' 21".009

AREA TOTAL SOLICITADA
SECTOR Area Acuatica Area Franja Riberena Area Total Area (m2) 201,414.59 0.00 201,414.59

Articulo 2°.- Plazo La autorizacion temporal de uso de area acuatica otorgada a la empresa XSTRATA LAS BAMBAS S.A., tendra un plazo de dos (02) anos, renovables en aplicacion del literal a) del articulo 30° del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por el Decreto

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.