Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

483675

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Dictan medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto publico en OSINERGMIN para la ejecucion de su presupuesto correspondiente al ano fiscal 2013
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 141-2012-OS/PRES MORDAZA, 28 de diciembre de 2012 VISTA: La propuesta conjunta de la Oficina de Planeamiento y Control de Gestion y la Oficina de Administracion y Finanzas, respecto de las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto publico que le corresponde aprobar al Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Minas (OSINERGMIN) para la ejecucion de su presupuesto correspondiente al ano fiscal 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29951 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013" se aprueba el presupuesto anual de gastos que comprende los creditos presupuestarios maximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, disponiendo medidas especificas que regira la gestion presupuestaria de los mismos; Que, la Unica Disposicion Complementaria Transitoria de la precitada Ley dispone en su literal e) que los organismos supervisores y reguladores de servicios publicos, mediante resolucion de su respectivo titular, aprueban las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6.3 del articulo 6° de la Ley N° 27332 "Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos" y en el primer parrafo del articulo 62° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM: y, Con la opinion favorable de la Gerencia Legal y de la Gerencia General. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Medidas en materia de personal 1.1 La contratacion de personal en OSINERGMIN esta permitida cuando se cuente con la plaza presupuestada. Entiendase por plaza presupuestada al cargo contemplado en el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) que cuente con el financiamiento previsto en el Presupuesto Institucional y conforme al Presupuesto Analitico de Personal aprobado. La contratacion se efectuara mediante concurso publico, salvo la designacion en cargos de confianza y de directivos superiores, que es de libre designacion y remocion, conforme a los documentos de gestion de la Entidad, a la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico. 1.2 La contratacion a plazo fijo en OSINERGMIN para suplencia temporal, esta permitida, quedando resueltos automaticamente estos contratos cuando el personal materia de suplencia retome sus labores. Articulo 2°.- Medidas en materia de modificaciones presupuestarias Prohibase las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico con cargo a la Generica

de Gastos Adquisicion de Activos No Financieros, con el objeto de habilitar recursos para la contratacion de personas bajo la modalidad de Contratacion Administrativa de Servicios (CAS), regulada por el Decreto Legislativo 1057 y modificatorias. La misma restriccion es aplicable a las partidas de gasto vinculadas al mantenimiento de infraestructura, las cuales tampoco pueden ser objeto de modificacion presupuestaria para habilitar recursos destinados al financiamiento de contratos de la modalidad CAS no vinculados a dicho fin. Articulo 3°.- Medidas en materia de bienes y servicios 3.1 Los viajes al exterior que realicen los funcionarios de OSINERGMIN seran aprobados de conformidad con la normativa correspondiente. En caso de los viajes autorizados que irroguen gastos al Estado, estos deberan realizarse en categoria economica. 3.2 La Oficina General de Administracion MORDAZA de la autorizacion de los gastos en materia de viajes al exterior (los viaticos y pasajes), para la participacion del representante del Estado, debe verificar que estos no hayan sido cubiertos por el ente organizador del evento internacional u otro organismo. 3.3 En ningun caso el gasto mensual por servicios de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales (PCS) y servicio de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado) excedera al monto resultante de la multiplicacion del numero de equipos por Doscientos Setenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 270,00), considerando dentro de dicho monto el costo del alquiler del equipo, asi como al valor agregado al servicio, segun sea el caso. La diferencia de consumo en la facturacion es abonada por el funcionario o servidor que tenga asignado el equipo conforme al procedimiento que se establezca en la mencionada Directiva. No puede asignarse mas de un equipo por persona. La restriccion de gasto por los conceptos indicados en el presente numeral no es aplicable al Titular de la Entidad, Gerente General y Gerente Adjunto de Regulacion Tarifaria. 3.4 La operacion y uso de los telefonos fijos se hace mediante codigos individuales que permiten predeterminados privilegios de acceso (llamadas locales, nacionales o internacionales y a telefono movil), cuya utilizacion es de absoluta responsabilidad del propio usuario. En tal sentido, se dispone que: a) Las llamadas a telefonos celulares y servicio nacional estaran permitidas solo a los telefonos asignados en los despachos de los titulares de la Alta Direccion, Gerencia General, Gerente Adjunto, Gerentes, Asesores, Jefes de Oficina o funcionarios del mismo rango, Jefes de Unidad o de Area, asi como sus respectivas secretarias. La excepcion a esta MORDAZA sera autorizada por el Gerente General. Las llamadas internacionales seran autorizadas por el Gerente General. b) La Oficina de Sistemas informara mensualmente a cada Gerencia, Jefatura de Oficina o Secretaria, acerca del record de llamadas telefonicas del personal. c) El servicio de roaming internacional no estara sujeto a restricciones cuando un funcionario de OSINERGMIN realice viajes al exterior y cuente con autorizacion expresa del Titular de la Entidad para la utilizacion de este servicio. 3.5 Los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) se realizaran siempre y cuando se encuentren aprobados en el Cuadro Requerimientos CAS (CR-CAS) y cuenten con el presupuesto requerido. 3.6 La Contratacion Administrativa de Servicios (CAS) no es aplicable en la ejecucion de proyectos de inversion publica. Articulo 4°.- La presente Resolucion rige a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2013. Articulo 5°.- La presente Resolucion debera publicarse en la pagina Web del OSINERGMIN y en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 883260-1

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