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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2012 483669 Telecomunicaciones, el Reglamento General y el Contrato, dando lugar a la resolución de contrato, se le aplicará como penalidad la inhabilitación para suscribir can este Ministerio un nuevo contrato de concesi6n Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por un periodo de dos (2) anos, el cual será computado desde la notificación de la resolución del contrato, sea o no por una causal de plena derecho; Que, mediante Informes Nos. 1159-2011-MTC/27 y 1230-2012-MTC/27 la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones concluye que la empresa GILMAN S.A.C. ha incurrido en causal de resolución de plena derecho del Contrato de Concesión, al haber incumplido con iniciar la prestación del servicio portador de larga distancia nacional e internacional, ambos en la modalidad conmutado, aprobado por Resolución Ministerial N° 554- 2008-MTC/03, el cual venció el 21 de agosto de 2009; por lo que ha quedado resuelto de pleno derecho el contrato de concesión desde el día siguiente; Que, asimismo, concluye que es procedente cancelar de pleno derecho al 22 de agosto de 2009, la inscripción en el Registro de Servicios Públicos de Telecomunicaciones de la Ficha N° 62 del servicio público portador de larga distancia nacional e internacional, ambos en la modalidad conmutado, aprobada por Resolución Directoral N° 388- 2008-MTC/27 a favor de la empresa GILMAN S.A.C.; y, aplicar las penalidades establecidas en los numerales 22.02 y 22.04 de la Cláusula Vigésimo Segunda del Contrato de Concesión, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 554-2008-MTC/03; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-93-TCC y su modificatoria; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021- 2007-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar que ha quedado resuelto de pleno derecho al 22 de agosto de 2009 el Contrato de Concesión Única suscrito por la empresa GILMAN S.A.C. para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 554-2008-MTC/03, quedando sin efecto la mencionada resolución, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Declarar que ha quedado cancelado de pleno derecho al 22 de agosto de 2009, la inscripción en el Registro de Servicios Públicos de Telecomunicaciones de la Ficha N° 62, realizada a favor de la empresa GILMAN S.A.C., mediante la Resolución Directoral N° 388-2008-MTC/27, quedando sin efecto la mencionada resolución, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3°.- La empresa GILMAN S.A.C., queda inhabilitada para suscribir nuevo contrato de concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones por un período de dos (2) años, contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, conforme a lo estipulado en el numeral 22.04 de la Cláusula Vigésimo Segunda del Contrato de Concesión, aprobado por Resolución Ministerial N° 554-2008-MTC/03. Artículo 4°.- La Dirección General de Concesiones en Comunicaciones aplicará a la empresa GILMAN S.A.C., la penalidad por incumplimiento del inicio de la prestación del servicio concedido, de conformidad con lo estipulado en el numeral 22.02, concordante con el numeral 22.03 de la Cláusula Vigésimo Segunda del Contrato de Concesión, aprobado por Resolución Ministerial N° 554- 2008-MTC/03. Articulo 5°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 883058-1 Delegan en el Secretario General del Ministerio, durante el Ejercicio Fiscal 2013, la facultad de aprobar la formalización de modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 783-2012 MTC/01 Lima, 26 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29951 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2013, y con Resolución Ministerial N° 771- 2012-MTC/01 de fecha 20 de diciembre del 2012, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones correspondiente a dicho ejercicio fiscal; Que, de acuerdo al numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva; y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicha Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado; Que, asimismo el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N° 28411, establece que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad y que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación a través de disposición expresa; Que, con el propósito de promover y apoyar la agilización y eficacia en la toma de decisiones, a fin de optimizar la gestión en materia presupuestal en el Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones, resulta necesario delegar en el Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el ejercicio fiscal 2013, la facultad de aprobar la formalización de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático; De conformidad con la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley N° 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la Ley N° 29370 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el Ejercicio Fiscal 2013, la facultad de aprobar la formalización de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, dentro de Unidades Ejecutoras del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 2°.- Remítase copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 882903-1 Reclasifican jerarquía de la Ruta Vecinal o Rural No. AR-514 como parte integrante de la Red Vial Nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 785-2012 MTC/02 Lima, 26 de diciembre de 2012