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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (29/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 208

TEXTO PAGINA: 203

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2012 483765 económico y social en el cumplimiento de la obligación tributaria; Que, asimismo, en la Tercera Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final establece el monto a pagar por gastos administrativos para la emisión mecanizada y distribución de arbitrios será de S/. 1.00 por recibo emitido, sin haberse cumplido con justificar en el informe técnico el monto a cobrar por gasto por emisión, lo cual atentaría contra lo exigido en las sentencias del Tribunal Constitucional Nº 041-20045-AL/TC y Nº 000053- 2005-PI/TC del 11 de noviembre de 2004 y de 16 de mayo de 2005, respectivamente; Que, en el debate se tuvo en consideración las recientes modificaciones del Código Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, mediante los decretos legislativos Núms. 1113, 1117 y 1123, vigentes desde el 8 de julio de de 2012, indicándose en la Norma VII, del Título Preliminar, referido a la expedición de normas que contengan exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios, lo cuales deberían estar sustentado en la exposición de motivos, lo cual no se ha realizado en el presente caso siendo insuficiente aducir el principio de autonomía en la generación de normas; por lo que se propuso desestimar la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 018-2012/MDV de la Municipalidad Distrital de Ventanilla del 24 de octubre de 2012, que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, para el ejercicio 2013; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Ordenanza Municipal Nº 000033 del 26 de octubre de 2005, que aprobó el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Distritales, el Concejo Municipal Provincial del Callao; ACUERDA: 1. Desestimar la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 018-2012/MDV de la Municipalidad Distrital de Ventanilla del 24 de octubre de 2012, que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, para el ejercicio 2013. 2. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 882690-1 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Modifican la Ordenanza Nº 024-2005- MDLP/ALC que establece beneficios de descuentos para los arrendatarios de locales comerciales de la municipalidad ORDENANZA N° 013 La Punta, 21 de diciembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesión ordinaria de 19 de diciembre de 2012 con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo; VISTO: El Informe Nº 075-2012-MDLP-GR de la Gerencia de Rentas que remite el Proyecto de Ordenanza mediante el cual propone modificar la Ordenanza Nº 024-2005-MDLP/ ALC, que establece beneficios de descuentos para los arrendatarios de los locales comerciales de propiedad o administración de la Municipalidad, y; CONSIDERANDO: Que, según el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, y posteriormente modificado por la Ley Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con Ordenanza Nº 024-2005-MDLP/ALC, publicada el 18 de enero de 2006, se aprobó el Programa de Incentivos “Temporada Alta y Temporada Baja”, que establece descuentos para inquilinos de locales de la Municipalidad que estén al día en sus pagos, disponiendo que los inquilinos de los mismos, cumpliendo previamente las exigencias requeridas, podrán acceder a un descuento de 30% en Temporada Alta y 35% en Temporada Baja sobre la merced conductiva pactada; Que, mediante el informe de visto, la Gerencia de Rentas propone modificar la Ordenanza materia de la presente, dejando sin efecto el beneficio para la Temporada Alta y manteniendo el descuento para la Temporada Baja, sustentando dicha propuesta en que los contratos se han ido renovando sucesivamente sin que los montos por concepto de alquileres variaran por lo que su pago, actualmente, es accesible, y que en la Temporada Alta la actividad comercial aumenta en el distrito, con lo cual los arrendatarios de los locales comerciales pueden obtener ingresos económicos suficientes para pagar el íntegro de la merced conductiva; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 132- 2012-MDLP/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el voto unánime de sus miembros, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 024-2005-MDLP/ALC, MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECIERON BENEFICIOS DE DESCUENTOS PARA LOS ARRENDATARIOS DE LOS LOCALES COMERCIALES DE LA MUNICIPALIDAD Artículo Único.- DISPOSICIÓN MODIFICATORIA Déjese sin efecto el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 024-2005-MDLP/ALC, y modifíquese el Artículo Cuarto excluyendo la mención al Artículo Segundo. Manténgase en todo lo no modificado la plena vigencia de la norma materia de la presente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de Enero de 2013. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General y Archivo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe), y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PIO SALAZAR VILLARÁN Alcalde 882958-1