Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 186

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

Articulo 3º.- DEL REGIMEN DE INCENTIVO POR PRONTO PAGO Los contribuyentes que cumplan con lo establecido en el articulo anterior, y que efectuen en forma adelantada la cancelacion total del pago anual del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ano 2013 de todos sus predios con sus usos determinados (casa-habitacion, terrenos sin construir, predios de uso exclusivo de estacionamientos privados y comercio o servicio menor) hasta el 30 de marzo del ano 2013, tendran un descuento del 100% del monto insoluto de la cuota del mes de diciembre de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (barrido de calles y recoleccion de residuos solidos), Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2013 de cada uno de sus usos. Se precisa, que los contribuyentes que se acojan al beneficio del incentivo entre el 01 al 30 de marzo del ano 2013, tendran la condonacion de los intereses moratorios generados por la primera cuota del Impuesto Predial del ano 2013, primera y MORDAZA cuota de Arbitrios Municipales del ano 2013, cuyo vencimiento corresponde al 28 de febrero del 2013, asimismo, tendran la condonacion del factor de reajuste (IPM) de la MORDAZA, tercera y cuarta cuota del Impuesto Predial del ano 2013 con la cancelacion de su pago anual. Articulo 4º.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, no seran materia de devolucion y compensacion alguna. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a la Subgerencia de Administracion Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Informatica y Estadistica la implementacion de los mecanismos para su aplicacion, a la Subgerencia de Relaciones Publicas e Imagen Institucional su difusion y a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion hasta el 30 de marzo del ano 2013. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa 882770-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Aprueban Ordenanza que reglamenta la prestacion del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el distrito de MORDAZA El MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 269-MVES MORDAZA El MORDAZA, 18 de diciembre de 2012 POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, y VISTO: El Documento Nº 20009-2012 de la Federacion Unificada de Transportistas de Vehiculos Menores de V.E.S., la Carta Nº 014-2012-JRAG-SR-SG/MVES y Acta de Reunion de fecha 15 de Noviembre de 2012 de La Comision Tecnica Mixta de Vehiculos Menores, los Informes Nros. 425-2012-OAJ-MVES y 467-2012-OAJMVES de la Oficina de Asesoria Juridica, Informe Nº 3312012-STS-GDU-MVES de la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial, y el Dictamen Nº 10-2012-CDUyT-SR/ MVES de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Transporte; y,

Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, con autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Articulos 73º y 81º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 preceptua que los Gobiernos Locales son competentes en materia de MORDAZA, circulacion y transporte publico; Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, establece en su Articulo 18º que las Municipalidades Distritales ejercen competencia en materia de transporte en la regulacion del transporte menor (mototaxis y similares), asimismo el articulo 3º dispone que, el objetivo de la Accion Estatal, en materia de Transporte y MORDAZA Terrestre se orienta a la satisfaccion de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como de la proteccion del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, la Ley de Transporte Publico Especial para Pasajeros en Vehiculos Menores, Ley Nº 27189, reconoce y MORDAZA el caracter y la naturaleza del servicio publico especial de pasajeros en vehiculos menores, mototaxis y similares, senalando en su Articulo 3º, que el servicio solo podra ser prestado luego de obtener la respectiva autorizacion otorgada por la municipalidad correspondiente, donde presta dicho servicio; Que, el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados y No Motorizados aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0552010-MTC, senala que corresponde a las Municipalidades Distritales como Autoridad competente, la regulacion del Servicio de Transporte Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, en cuanto a su autorizacion y fiscalizacion; Que, con Ordenanza Municipal Nº 241-MML, publicada el 31 de Octubre de 1999, se Aprobo la Ordenanza MORDAZA del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores, la cual en su Articulo 5º establece las competencias que corresponden a las Municipalidades Distritales, respecto de este servicio, en consecuencia es competencia de las Municipalidades Distritales la administracion y reglamentacion del servicio de transporte publico especial en vehiculos menores; Que, de acuerdo a la Septima Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 0552010-MTC, Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados, se establece como Funcion de la Comision Tecnica Mixta, participar en la formulacion de proyectos y planes de desarrollo destinados a fomentar el transporte publico en vehiculos menores en su jurisdiccion, formular propuestas y/o participar en los proyectos de modificacion de las normas complementarias al Reglamento; Que, en Reunion del 15 de Noviembre del 2012, la Comision Tecnica Mixta luego de considerar y evaluar la propuesta realizada por un sector de transportistas aprobo por unanimidad el Proyecto de Ordenanza que Reglamenta la prestacion del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y/o Carga en Vehiculos Menores en el Distrito de MORDAZA El MORDAZA, recomendando que la Municipalidad apruebe el dispositivo legal para su cumplimiento; Que, con Informe Nº 331-2012-STS-GDU-MVES la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial, realiza aportes y recomendaciones al Proyecto de Ordenanza presentado por la Comision Tecnica Mixta, considerando que es pertinente aprobar el mencionado dispositivo a fin de Reglamenta la prestacion del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y/o Carga en Vehiculos Menores en el Distrito de acorde a la realidad actual; Que, con Informes Nros. 425-2012-OAJ-MVES y 4672012-OAJ-MVES la Oficina de Asesoria Juridica, luego de evaluar e incluir en lo pertinente los aportes presentados por los representantes de la Federacion Unificada de Transportistas de Vehiculos Menores de V.E.S, emite opinion favorable al proyecto de Ordenanza presentada; Que, la regulacion y prestacion del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en nuestra jurisdiccion tiene como MORDAZA Legal actualmente al Decreto de Alcaldia Nº 014-2009-ALC/MVES, Texto Unico Ordenado (T.U.O.) del Reglamento del Servicio Publico Especial de Transporte MORDAZA de Pasajeros en

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