Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 187

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Vehiculos Menores en el Distrito de MORDAZA El MORDAZA, la Ordenanza Municipal Nº 121-MVES y su modificatoria la Ordenanza Municipal Nº 188-MVES; Que, como producto de los trabajos de MORDAZA, de las acciones de control del servicio especial, y de la lectura de los dispositivos que regulan el mismo a nivel nacional y en esta jurisdiccion, se ha determinado la necesidad de adecuar estos a los alcances de la normatividad vigente, asi como dotar a los funcionarios que se encargan de la gestion y de la fiscalizacion de este servicio, de las herramientas administrativas necesarias para lograr el objetivo de esta Municipalidad, que es el de garantizar al usuario del servicio especial , ordenado y seguro; Que con Dictamen Nº 10-2012-CDUyT-SR/MVES, la Comision de Desarrollo MORDAZA y Transporte 2012, recomienda aprobar el proyecto de ordenanza propuesta, por lo cual que sea sometida al Concejo Municipal para su aprobacion; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Ley General del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, Ley General de Transporte, MORDAZA Terrestre - Ley Nº 27181, Ley de Transporte Publico Especial para Pasajeros en Vehiculos Menores - Ley Nº 27189, Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, Ordenanza Municipal Nº 241-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y demas normas pertinentes; se aprobo lo siguiente; Estando a lo expuesto y en uso de sus atribuciones conferidas por el Articulo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal aprobo POR MAYORIA la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGLAMENTA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES EN EL DISTRITO DE MORDAZA EL SALVADOR. TITULO I OBJETIVO, FINALIDAD, ALCANCE, BASE LEGAL Y DEFINICIONES Articulo 1º.- Objetivo.- La presente Ordenanza tiene como objetivo aprobar la reglamentacion de la prestacion del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores, en el ambito jurisdiccional del Distrito de MORDAZA El MORDAZA, garantizando un servicio eficiente y seguro en beneficio de los usuarios y de los propios transportistas. El Reglamento para la Prestacion del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el Distrito de MORDAZA El MORDAZA y los MORDAZA de Infracciones y Sanciones, esta conformado por Trece (13) Titulos, Dos (2) Capitulos, Noventa y Cinco (95) Articulos, Seis (6) Disposiciones Complementarias, Cinco (5) Disposiciones Transitorias, Diez (10) Disposiciones Finales y Un (1) Anexo; cuyo texto es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Finalidad.- La presente Ordenanza tiene por finalidad, ordenar la prestacion del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores. Articulo 3º.- Alcance.- La presente Ordenanza rige en el Ambito Distrital de MORDAZA El MORDAZA y es de obligatorio cumplimiento para los funcionarios, empleados y autoridades municipales, policiales, politicas y/o militares, las Personas Juridicas, Propietarios y/o Conductores que prestan el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores. Articulo 4º.- Base Legal.- La presente Ordenanza se sustenta en la siguiente base legal: a La Constitucion Politica del Peru. b La Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. c La Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre. d La Ley Nº 28839, Ley que modifica los Articulos 30º y 31º de la Ley Nº 27181.

e La Ley Nº 27189, Ley del Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores. f La Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. g El Decreto Supremo Nº 055 - 2010 - MTC Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados. h La Ordenanza Nº 241-MML, Ordenanza MORDAZA del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores. i El Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre. j El Decreto Supremo Nº 024-2002-MTC, Aprueba el Texto Unico Ordenado del reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de MORDAZA y sus modificatorias k El Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC que Aprueba Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA - Codigo de Transito. l El Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, Reglamento Nacional de Vehiculos. m El Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC. Reglamento Nacional de las Asociaciones de Fondos Contra Accidentes de Transito. n El Decreto Supremo Nº 039-2008-MTC, Modifica el Reglamento de las Asociaciones de Fondos Contra Accidentes de Transito. o Decreto Legislativo Nº 1051, que modifica la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Transito. p El Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC que Aprueba Reglamento de Supervision de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Transito. Articulo 5º.- Definiciones.- Para efectos de la presente Ordenanza se entiende por: 5.1. Vehiculos Menores.- Son vehiculos motorizados o no motorizados de tres ruedas, utilizados para el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga, clasificados en: a) Motocarga.- Vehiculo de tres ruedas, motorizado o no, provisto de espacio en la parte delantera para traslado exclusivamente de carga y con una montura posterior para uso del conductor, acondicionado para tal fin. b) Vehiculo Automotor Menor ("Mototaxi").Vehiculo de tres ruedas motorizado, provisto de una cabina con asientos para uso de pasajeros en la parte posterior y de una montura en la parte delantera para uso del conductor, cuya estructura y carroceria cuentan con elementos de proteccion. 5.2. Transportador Autorizado.- Persona Juridica constituida conforme a las disposiciones legales vigentes, debidamente inscrita en los Registros Publicos y Autorizadas por la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA para prestar el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores. 5.3. Conductor de Vehiculo Menor.- Persona natural, que cuenta con la respectiva licencia de conducir debidamente incorporada a un Transportador Autorizado por la Municipalidad, para prestar el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores. 5.4. MORDAZA de Trabajo.- Area territorial determinada, en la cual la Municipalidad autoriza la prestacion del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores a un Transportador Autorizado a traves del Permiso de Operacion. La cantidad de Zonas de Trabajo sera determinada por la Municipalidad. 5.5. Paradero.- Area de la via publica, tecnicamente calificada y aprobada por la Municipalidad, en la cual los conductores de los vehiculos menores autorizados se estacionan temporalmente a la espera de pasajeros. Los Paraderos Autorizados deberan ubicarse dentro de la MORDAZA de Trabajo Autorizada. La Municipalidad podra autorizar a cada Transportador Autorizado una cantidad MORDAZA de Tres (3) Paraderos, dependiendo de la evaluacion tecnica que se realice.

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