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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (29/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 208

TEXTO PAGINA: 202

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2012 483764 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Acuerdan desestimar la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 018-2012/ MDV de la Municipalidad Distrital de Ventanilla que aprueba el régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2013 ACUERDO DE CONCEJO Nº 165-2012 Callao, 21 de diciembre de 2012 El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 100-2012-MPC/SR-CAM de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en el artículo 40 tercer párrafo y su Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004; y CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1762-2012/MDV-GLySM la Municipalidad Distrital de Ventanilla solicita la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 018-2012/MDV del 24 de octubre de 2012, que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, para el ejercicio 2013, señalando que ha cumplido con remitir la documentación que se detalla en la Ordenanza Nº 000033-2005, que aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas distritales; Que, con los informes emitidos por la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, la Comisión de Administración conoció y debatió los detalles de la aplicación del régimen tributario de la Municipalidad Distrital de Ventanilla para el año 2013, el cual contiene alzas e incrementos en los arbitrios los cuales afectarían directamente a la población, siendo la preocupación de los señores regidores evitar un efecto económico negativo en la misma por lo que se dictaminó ratificar la ordenanza de arbitrios y sugerirle efectuar una serie de campañas de beneficios tributarios orientados a una aplicación de carácter social del régimen tributario materia de ratificación; Que, en la sesión de la fecha, el Pleno del Concejo debatió sobre la ratificación del régimen tributario de la Municipalidad Distrital de Ventanilla para el ejercicio 2013 en la que se propuso desestimar la ratificación de la misma basado en que en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final, se ha establecido topes de 15% para uso casa habitación y 30% para otros usos, sin embargo, no se ha cumplido con justificar en documentación alguna los porcentajes de incremento indicados, por lo elevado de los mismos, lo cual ocasionaría un fuerte impacto REQUISITOS PARA PUBLICACIŁN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL