TEXTO PAGINA: 34
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de enero de 2012 458624 ITEM CÓDIGO NOMBRE 84 3613 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SECHURA 85 3758 INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS NEUROLÓGICAS 86 3792 POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ 87 3901 MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL - MIMDES 88 3905 EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA DEL SUR S.A. - EGESUR 89 3973 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA UNIÓN COTAHUASI - UGEL LA UNIÓN 90 4011 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL SÁNCHEZ CARRIÓN - UGEL SÁNCHEZ CARRIÓN 91 4013 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL OTUZCO 92 4056 HOSPITAL REGIONAL DE HUACHO HUAURA OYÓN 93 4236 EMPRESA CONCESIONARIA DE ELECTRICIDAD DE UCAYALI S.A. - ELECTRO UCAYALI 94 4246 ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL - COFOPRI 95 4335 HOSPITAL DE APOYO BARRANCA-CAJATAMBO Y SERVICIOS BÁSICOS DE SALUD 96 4352 ZONA FRANCA Y ZONA COMERCIAL DE TACNA - ZOFRATACNA 97 4380 FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO - FONDEPES 98 4391 CETICOS PAITA - CENTRO DE EXPORTACIÓN, TRANSFORMACION, IND., COMERCIO, Y SERV. PAITA 99 4411 PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENTARIA - PRONAA 100 4442 HOSPITAL REGIONAL DE LORETO FELIPE SANTIAGO ARRIOLA IGLESIAS 101 4446 HOSPITAL REGIONAL DE PUCALLPA -AIS 102 4518 HOSPITAL CARLOS MONGE MEDRANO - UBASS SAN ROMAN 103 4535 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL 104 4540 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA - SENASA 105 4585 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CANGALLO AYACUCHO - UGEL CANGALLO 106 4590 CETICOS ILO - CENTRO DE EXPORTACION, TRANSF. , INDUSTRIA, COMERC. Y SERV. 107 4605 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIUDAD NUEVA 108 4669 ZONA REGISTRAL XIII TACNA 109 4730 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL VILCASHUAMAN - UGEL VILCASHUAMAN 110 4733 FONDO MIVIVIENDA S.A. 111 4905 UNIDAD TERRITORIAL DE ESTABLECIM.DE SALUD-HUARAZ- VÍCTOR RAMOS GUARDIA 112 5233 UNIVERSIDAD NACIONAL TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS 113 5294 AGENCIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA - PROINVERSIÓN 114 5303 MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO 115 5312 ORGANISMO DE SUPERVISIÓN DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE - OSINFOR 116 5321 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELÉN-MAYNAS 117 5323 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA 118 5335 GOBIERNO REGIONAL AYACUCHO 119 5343 GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE 120 5345 GOBIERNO REGIONAL LORETO 121 5348 GOBIERNO REGIONAL PASCO 122 5352 GOBIERNO REGIONAL TACNA 123 5418 RED DE SALUD CHILCA MALA SERVICIOS BÁSICOS DE SALUD 124 5508 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL TUMBES UGEL TUMBES 125 5529 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL TACNA - UGEL TACNA 126 5686 SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE HUAMANGA AYNI MUNICIPAL 127 5740 AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA 128 5763 SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS 129 5777 COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS 130 9012 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA 131 9051 ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES - OSIPTEL 737252-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Disponen inscripción de Ingeniería en Proyectos, Mercado y Opinión E.I.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras RESOLUCIÓN Nº 0827-2011-JNE Expediente Nº J-2011-00797 Lima, dieciséis de diciembre de dos mil once VISTA la solicitud de inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras formulada por Ingeniería en Proyectos, Mercado y Opinión E. I. R. L. ANTECEDENTES Manuel Marín Mozombite, en calidad de representante legal de Ingeniería en Proyectos, Mercado y Opinión E. I. R. L., solicitó al Jurado Nacional de Elecciones la inscripción de su representada en el Registro Electoral de Encuestadoras, el 29 de noviembre del año en curso. Con fecha 7 de diciembre, se expidió el Auto Nº 1, mediante el cual este órgano electoral le otorgó un plazo de tres (3) días hábiles para subsanar las omisiones en la que incurrió porque no cumplió con: a. Acreditar al profesional en Economía o especialista en Estadística conforme con el artículo 6 del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, aprobado por Resolución Nº 5011-2010-JNE (en adelante, Reglamento) y que se encuentre inscrito en el colegio profesional correspondiente. b. Presentar la fi cha actualizada del Registro Único de Contribuyentes. El 15 de diciembre de 2011 el solicitante acreditó al economista Werner Pinchi Ramírez y presentó su constancia de habilitación del Colegio de Economistas de Huánuco, en el cual está inscrito con código 0041. Igualmente, remitió la fi cha actualizada del Registro Único de Contribuyentes correspondiente. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con los numerales 1 y 3 del artículo 178 de la Constitución Política del Perú y el artículo 5.g de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, este órgano constitucional tiene la función de fi scalizar la legalidad del proceso electoral y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral. De conformidad con el artículo 18 de la Ley Nº 27369, que modifi ca la Ley Orgánica de Elecciones, el Jurado Nacional de Elecciones mantiene el Registro Electoral de Encuestadoras y regula los requisitos y procedimientos de inscripción. Asimismo, establece que solo podrán publicarse encuestas de personas naturales o jurídicas que cuenten con inscripción vigente en el referido registro. 2. En ese sentido, en el Reglamento se regulan el procedimiento y los requisitos de inscripción de las personas jurídicas o naturales que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intención de voto, así como lo relativo a su publicación, su difusión y al procedimiento de sanción por la infracción de estas normas. El artículo 6 del Reglamento establece que con la solicitud de inscripción debe presentarse lo siguiente: a) nombre o razón social de la encuestadora; b) copia del documento nacional de identidad del solicitante; c) testimonio de la escritura pública de constitución social de la empresa inscrita en los Registros Públicos, en el que conste, como parte del objeto social, la realización de encuestas o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intención de voto; d) domicilio del representante y del establecimiento donde funcione la encuestadora; e) pago de la tasa correspondiente, y f) acreditación de un profesional colegiado en Economía o