Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2012 (30/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

460096
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de enero de 2012

Que, con el fin de garantizar la continuidad de proyectos de inversion publica durante el ano fiscal 2012, vinculados a educacion, salud, transportes y comunicaciones, agricultura, saneamiento, y prevencion de desastres, y al Proyecto de Infraestructura MORDAZA, a cargo de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, el Ministerio de Educacion, Ministerio de Salud, Ministerio de Agricultura y Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda; mediante la Vigesima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, se autorizo al Poder Ejecutivo a incorporar en dichas entidades, los creditos presupuestarios de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios asignados en el Ano Fiscal 2011 no devengados al 31 de diciembre de dicho ano, para ejecutar dichos proyectos; disponiendo, asimismo, que la incorporacion se realiza hasta el 31 de enero de 2012, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, y el Ministro de Educacion, el Ministro de Salud, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, asimismo, la mencionada disposicion establece que la incorporacion solo comprende los recursos para proyectos de inversion publica que, al 1 de enero de 2012, se encuentren en etapa de ejecucion, conforme a la normatividad del Sistema Nacional de Inversion Publica, o para los que cuenten con buena pro adjudicada o contrato suscrito para la ejecucion de proyectos de inversion publica a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 29812; senalando ademas que para la determinacion del monto a ser transferido se considera como base de calculo el presupuesto institucional modificado al 30 de agosto de 2011; Que, de otro lado, el numeral 11.2 del articulo 11º del Decreto de Urgencia Nº 054-2011, dispone que los recursos de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios que, conforme a sus competencias, ejecuten las entidades del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local para proyectos de inversion publica en el MORDAZA del citado dispositivo, no devengados al 31 de diciembre del ano fiscal 2011, se incorporan al presupuesto del ano fiscal 2012 para la continuacion de los citados proyectos, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, de igual modo, el numeral 32.2 del articulo 32º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 dispone que los recursos de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios que

ejecuten los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 30º de dicho dispositivo, no devengados al 31 de diciembre del ano fiscal 2011, se incorporan al presupuesto del ano fiscal 2012, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, mediante los Decretos Supremos Nos. 008 y 018-2012-EF se incorporaron recursos en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, de acuerdo a las normas senaladas en los considerandos precedentes, hasta por la suma de MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 491 037 331,00), para la continuidad de proyectos de inversion publica; Que, los Gobiernos Regionales de los Departamentos de MORDAZA, Ica, MORDAZA y Pasco, asi como diferentes Gobiernos Locales han sustentado la incorporacion de recursos para la continuidad de proyectos de inversion publica, que no han sido considerados en los Decretos Supremos Nos. 008 y 018-2012-EF, por lo que, resulta necesario autorizar un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, en el MORDAZA de lo establecido por la Ley Nº 29812, el Decreto de Urgencia Nº 054-2011 y el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, hasta por la suma de CIENTO DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 119 397 474,00); Que, de otro lado, el numeral 22.3 del articulo 22º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, dispone que los recursos de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios que ejecuten las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 27º de dicha MORDAZA legal, no devengados al 31 de diciembre del ano 2011, se incorporan al presupuesto del ano fiscal 2012 para la continuacion de las acciones de mantenimiento, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, al MORDAZA de la MORDAZA citada en el considerando precedente, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ha solicitado la incorporacion de los recursos no devengados al 31 de diciembre de 2011, por un monto de QUINCE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15 656 000,00), por lo que resulta necesario autorizar un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, para continuar con las acciones de mantenimiento de sistemas de agua potable y desague; Que, de otra parte, mediante Memorando Nº 0632012-EF/53.01, la Direccion General del Presupuesto

DIARIO OFICIAL

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Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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