Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2012 (30/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de enero de 2012

NORMAS LEGALES
"Articulo 1º.- Objeto 1.1 (...)
A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales SUBTOTAL SECCION MORDAZA GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales SUBTOTAL TOTAL

460097

Publico ha senalado la necesidad de modificar la desagregacion del detalle entre las Genericas de Gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales y 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales, previsto en el Decreto Supremo Nº 019-2012-EF y sus anexos correspondientes, manteniendose el monto total autorizado por el citado Decreto Supremo; De conformidad con lo establecido por la Vigesima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; el numeral 11.2 del articulo 11º del Decreto de Urgencia Nº 054-2011; el numeral 22.3 del articulo 22º y el numeral 32.2 del articulo 32º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011; y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 135 053 474,00), para continuar con las acciones de mantenimiento de sistemas de agua potable y desague a cargo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, asi como para garantizar la continuidad de los proyectos de inversion publica a cargo de diversos pliegos de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y que se publica en el MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma; de acuerdo a lo siguiente:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios TOTAL INGRESOS (En Nuevos Soles) 135 053 474,00 ---------------------135 053 474, 00 ============= (En Nuevos Soles) : GOBIERNO CENTRAL 037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1 : Recursos Ordinarios 15 656 000,00 ----------------------15 656 000,00 =============

En Nuevos Soles

50 197 550,00 13 130 871,00 -----------------------63 328 421,00 ------------------------

: Instancias Descentralizadas

71 548 492,00 16 349 893,00 -----------------------87 898 385,00 -----------------------151 226 806,00 ==============

Articulo 3º.- Modificacion de Anexos del Decreto Supremo Nº 019-2012-EF Modifiquese los Anexos Nº 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 019-2012-EF conforme a lo establecido en el articulo 2º precedente, los mismos que se publican en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Procedimiento para la aprobacion Institucional 4.1 Autorizase a los titulares de los pliegos comprendidos en la presente MORDAZA a aprobar mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos a que se refiere el articulo 1º y 2º del presente dispositivo, a nivel programatico, dentro de los cinco (05) dias de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (05) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 4.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Finalidades y Unidades de Medida. 4.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras, de corresponder, para que elaboren las "Notas para la Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia del Credito Suplementario autorizado por el presente Decreto Supremo, que incluye la desagregacion a nivel de la estructura programatica y estructura funcional. Articulo 5º.- Desagregacion de los recursos La desagregacion de recursos a que hace referencia el numeral 4.1 del articulo 4º precedente, correspondiente a lo dispuesto por el articulo 1º del presente Decreto Supremo, debe enmarcarse en lo dispuesto por la Vigesima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, el numeral 11.2 del articulo 11º del Decreto de Urgencia Nº 054-2011, asi como el numeral 22.3 del articulo 22º y el numeral 32.2 del articulo 32º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, bajo responsabilidad del Titular del Pliego. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el Ministro de Economia y Finanzas.

GASTOS SECCION PRIMERA PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios TOTAL GOBIERNO CENTRAL SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS : Gobiernos Regionales 1 : Recursos Ordinarios 5 090 415,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Gobiernos Locales 1 : Recursos Ordinarios

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS TOTAL GASTOS

114 307 059,00 ---------------------119 397 474,00 ============= 135 053 474,00 =============

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de enero del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas 747677-6

Articulo 2º.- Modificacion del desagregado del Decreto Supremo Nº 019-2012-EF Modifiquese el numeral 1.1 del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 019-2012-EF conforme al siguiente texto:

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