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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de febrero de 2012 460305 Que, mediante Resolución Suprema Nº 188-2011- JUS, publicada el día 07 de octubre del 2011, se dio por concluida la designación del cargo de Superintendente Nacional de los Registros Públicos – SUNARP; De conformidad con el literal c) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 139-2002-JUS, el artículo 7º y el literal c) del artículo 13º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135- 2002-JUS, el Superintendente Adjunto tiene como una de sus atribuciones la de reemplazar al Superintendente Nacional, en caso de ausencia o impedimento temporal, así como delegación de aquel; Con el visado de la Gerencia Legal y la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Unidad Ejecutora 002- SUNARP – Sede Lima, a transferir la cantidad de S/.75 000 000,00 (Setenta y cinco millones y 00/100 Nuevos Soles) provenientes de los recursos fi nancieros, partida del ingreso 1.9.11.11 Saldos de Balance, fuente de fi nanciamiento 09 Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 061 Instituto Nacional Penitenciario, Unidad Ejecutora 001 Sede Central – Administración Lima. Artículo Segundo.- El responsable de la Unidad Ejecutora 002- SUNARP – Sede Lima (Jefe de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima), informará a este Despacho el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese en la página web de la Entidad y en el Diario Ofi cial El Peruano. JORGE ORTIZ PASCO Superintendente Adjunto de los Registros Públicos 749003-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban Procedimiento “Aplicación de Preferencias al Amparo del AIC Perú - México” INTA-PE 01.28 (versión 1) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 036-2012/SUNAT/A Callao, 2 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF, establece que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -SUNAT aprobará los procedimientos, instructivos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicación de lo dispuesto en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053 y su Reglamento; Que mediante Decreto Supremo Nº 089-2011-RE, publicado el 20 de julio de 2011, se ratifi ca el Acuerdo de Integración Comercial entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos; Que mediante Decreto Supremo Nº 001-2012- MINCETUR, publicado el 24 de enero de 2012, se pone en ejecución el Acuerdo de Integración Comercial entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 033-2012- MINCETUR/DM, publicada el 31 de enero de 2012, se aprueba el formato único de certifi cado de origen y las instrucciones para su diligenciamiento a ser utilizado en el marco del referido Acuerdo; Que resulta conveniente instruir a las intendencias de aduana de la República y a los operadores de comercio exterior sobre la aplicación de las preferencias arancelarias en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo de Integración Comercial entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos; Que conforme al artículo 14º del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, el 17 de junio del 2011 se publicó en el portal web de la SUNAT, el proyecto de la presente norma; En mérito a lo dispuesto en el inciso g) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, y en uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y de acuerdo a lo establecido por la Resolución de Superintendencia Nº 010- 2012/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase el Procedimiento “APLICACIÓN DE PREFERENCIAS AL AMPARO DEL AIC PERU – MEXICO” INTA-PE 01.28 (versión 1), de acuerdo al texto siguiente: I. OBJETIVO Establecer las pautas a seguir para la importación para el consumo de mercancías con preferencias arancelarias que se realice al amparo del Acuerdo de Integración Comercial entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos. II. ALCANCE Está dirigido al personal de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT y a los operadores de comercio exterior que intervienen en la importación para el consumo de mercancías con preferencias arancelarias al amparo del Acuerdo de Integración Comercial entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos. III. RESPONSABILIDAD La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, de la Intendencia de Fiscalización y Gestión de la Recaudación Aduanera, de la Intendencia Nacional de Sistemas de la Información y de las intendencias de aduana de la República. IV. VIGENCIA A partir del día de su publicación. V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053, publicado el 27.6.2008 y norma modifi catoria. - Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF, publicado el 16.1.2009 y normas modifi catorias. - Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo Nº 031-2009-EF, publicada el 11.2.2009 y normas modifi catorias. - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley Nº 27444, publicada el 11.4.2001 y normas modifi catorias. - Ley de los Delitos Aduaneros, aprobada por Ley Nº 28008, publicada el 19.6.2003 y norma modifi catoria. - Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF, publicado el 27.8.2003 y norma modifi catoria. - Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, publicado el 19.8.1999 y normas modifi catorias. - Decreto Supremo Nº 004-2009-MINCETUR, Reglamento de Verifi cación de Origen de las Mercancías, publicado el 15.1.2009. - Decreto Supremo Nº 007-2009-MINCETUR, Procedimientos Generales para la Administración de las