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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de febrero de 2012 460315 Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:… inciso c) Aprobar o denegar los proyectos de desarrollo institucional de las nuevas universidades; y en el inciso t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU”; Que, conforme al Reglamento del CONAFU, aprobado mediante Resolución Nº 387-2009 de fecha 12 de agosto de 2009, (en adelante Reglamento), en su artículo 9° establece que: “El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos técnicos, económicos, fi nancieros, administrativos, con el fi n de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones económicas para sus diez (10) primeros años de funcionamiento. La elaboración del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesión lógica de etapas que buscan la coherencia entre la misión, visión, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para su califi cación, establecen las pautas para la elaboración de los proyectos. Los proyectos se presentaran con un mínimo de tres (03) Carreras Profesionales y un máximo de cinco (05) carreras profesionales”; Que, el artículo 10° del Reglamento establece: “El procedimiento para la Autorización de funcionamiento de una universidad, una vez admitida a tramite, tiene cuatro (4) Fases: 1. Evaluación para la aprobación del Proyecto de Desarrollo Institucional; 2. Implementación Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional Aprobado, 3. Verifi cación de la Implementación Inicial, 4. Autorización del funcionamiento provisional de la universidad, (el subrayado y sombreado es nuestro); Que, el artículo 12º del referido Reglamento, establece: “Con la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional, el administrado deberá presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional…”; Que, el artículo 19° del Reglamento, establece :” … Admitida a trámite la solicitud para Autorización Provisional de Funcionamiento, el Pleno del CONAFU designará la Comisión encargada de la califi cación del Proyecto de Desarrollo Institucional, la misma que será presidida por un consejero e integradas por dos (02) docentes principales o asociados debidamente capacitados en Evaluación de Instituciones Educativas”; Que, mediante Carta Nº 001-Asoc. Educ. JCMC/2010 recibida con fecha 30 de diciembre de 2010, la Sra. Dionisia Balsamina Rodríguez Rodríguez de Camargo, remitió el Proyecto de Desarrollo Institucional para la creación de la Universidad Científi ca los Amautas, solicitando su aprobación y autorización por parte del CONAFU; Que, mediante Resolución Nº 303-2011-CONAFU de fecha 05 de julio de 2011, se resolvió: Admitir a Trámite la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Universidad Científi ca los Amautas; con las siguientes carreras profesionales: 1) Educación Inicial, 2) Contabilidad y Finanzas, 3) Derecho y Ciencias Políticas y 4) Administración de Negocios Internacionales, bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, mediante Resolución Nº 304-2011-CONAFU de fecha 05 de julio de 2011, se resolvió: Conformar a los miembros de la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Científi ca los Amautas, quedando integrada por los siguientes profesionales: Dr. Angelmiro Montoya Mestanza, Dr. Julio César Alcalde Giove y Dr. Edward Fredy Torres Izquierdo, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal respectivamente; Que, por Ofi cio Nº 001-2011-CONAFU-CC recibido con fecha 22 de agosto de 2011, el Presidente de la Comisión Califi cadora remitió el Informe Preliminar del PDI del Proyecto de Universidad Científi ca los Amautas; recomendando a la promotora levantar todas la observaciones realizadas por la Comisión Califi cadora y en el tiempo previsto, presentar la Segunda Versión completa del Proyecto, de conformidad con lo establecido en el articulo 24º del Reglamento aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU; Que, mediante Ofi cio Nº 1488-2011-CONAFU-P de fecha 24 de agosto de 2011, la Presidenta del CONAFU remite al Responsable del Proyecto de Universidad Científi ca los Amautas, copia del Informe Preliminar de la Evaluación del PDI del Proyecto de Universidad Científi ca los Amautas realizado por la Comisión Califi cadora, otorgándole el plazo de quince (15) días hábiles, para que cumpla con levantar las observaciones indicadas en dicho informe, requiriendo a la vez la presentación de una Segunda Versión completa del PDI; Que, mediante Ofi cio Nº 010-2011-EEJCMEA recibido con fecha 12 de octubre de 2011, el Responsable del Proyecto de Universidad Científi ca los Amautas, remite el Informe de Levantamiento de Observaciones y la Segunda Versión del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Científi ca los Amautas, solicitando su aprobación y autorización por parte del CONAFU; Que, mediante Carta s/n recibido con fecha 25 de noviembre de 2011, el Presidente de la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Informe Final del PDI del Proyecto de Universidad Científi ca los Amautas, cumple con presentar el Informe Final de la Comisión, recomendando aprobar el PDI presentado por la promotora; Que, el artículo 29º inciso a) del Reglamento, establece: “Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustarán a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora con todas las carreras propuestas, b) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional con las carreras profesionales que hayan alcanzado puntaje aprobatorio...”; Que, mediante Ofi cio Nº 022-2012-CONAFU-CDAA recibido con fecha 06 de enero de 2012, la Comisión Académica dio a conocer al Pleno del CONAFU que la Comisión Califi cadora presenta su Informe Final sobre el levantamiento de observaciones del PDI del Proyecto Universidad Científi ca los Amautas, nombrada mediante Resolución Nº 304-2011-CONAFU, revisado el expediente, la Comisión Académica: Sugiere al Pleno del CONAFU, a fi n de dar cumplimiento al artículo 29 del Reglamento para la autorización de funcionamiento de Universidades bajo competencia del CONAFU tomar un acuerdo de aprobar el PDI del Proyecto de Universidad Científi ca los Amautas con los siguientes puntajes: Puntaje PDI: 126.25 puntos Puntaje por Carrera Profesional - Carrera Profesional de Derecho y Ciencias Políticas 32 puntos - Carrera Profesional de Contabilidad y Finanzas 32 puntos - Carrera Profesional de Administración y Negocios 32 puntos - Carrera Profesional de Educación Inicial 32 puntos Que, el artículo 30º del Reglamento, establece: “Presentado el Informe Final por la Comisión Califi cadora acompañando con la segunda versión completa del PDI evaluado, éste a través de la presidencia será puesto a conocimiento del Pleno. El Pleno del CONAFU analizando, el Informe Final de la Comisión Califi cadora, se pronunciará con respecto al Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando o desaprobando el proyecto de la universidad”; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de enero de 2012, el Pleno del CONAFU después de deliberar, mediante Acuerdo Nº 018-2012-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Científi ca los Amautas, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Educación Inicial, 2) Contabilidad y Finanzas, 3) Derecho y Ciencias Políticas, y 4) Administración de Negocios Internacionales, organizada como una Sociedad Anónima Cerrada y bajo Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Científi ca los Amautas, presentado por la señora Dionisia Balsamina Rodríguez Rodríguez de Camargo, Representante de la Promotora Asociación Educativa José Carlos Mariategui de Comas, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Educación Inicial, 2) Contabilidad y Finanzas, 3) Derecho y Ciencias Políticas, y 4) Administración de Negocios Internacionales; organizada como una Sociedad Anónima Cerrada y bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la promotora del Proyecto de Universidad Científi ca los Amautas, que para la continuación de su evaluación del