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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (05/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de febrero de 2012 460489 1. Carlos Alfonso Maximiliano José Massa González- Olaechea. 2. Javier Eduardo Paredes Iparraguirre. 3. Giuliana Georgina Nación Bruiget. Artículo 2º.- La Gerencia de Participación Vecinal, en un plazo no mayor a treinta (30) días, remitirá al Despacho de Alcaldía la nómina actualizada de Presidentes de las Juntas Vecinales del Distrito e informará los resultados de las acciones que realice para dar cumplimiento al numeral 4) del Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 102 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a efectos de completar la conformación de la Comisión contra la Corrupción. Artículo 3º.- Establecer que el período de vigencia de la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco es por un año, la cual continuará su vigencia hasta que se nombre la nueva comisión. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 749555-4 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Exoneran del pago de determinados derechos administrativos a quienes participen del I Matrimonio Civil Comunitario 2012 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2012 Callao, 25 de enero de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 le confi ere, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º.- Exonerar del pago de derechos administrativos por concepto de trámite matrimonial, examen pre-nupcial y dispensa de publicación de edicto, a los contrayentes que participen del I Matrimonio Civil Comunitario 2012, convocado por la Municipalidad Provincial del Callao, para el mes de febrero del presente año. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 749861-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORROPON CHULUCANAS Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa Vaso de Leche ACUERDO MUNICIPAL N° 003-2012-MPM-CH Chulucanas, 10 de enero del 2012 EL CONCEJO PROVINCIAL DE MORROPON- CHULUCANAS VISTO: el Informe Legal Nº 011-2012-MPM-CH-AL de fecha 09.01.2012 suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Técnico Nº 002-2012- MPM-CH-G.A. de fecha 09.01.2012 suscrito por el Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas, el Informe Nº 11-2012-MPM/CH/OPYP, de fecha 09.01.2012 del Jefe de Planificación y Presupuesto y el Informe Nº 001- 2012-PVL-MPM-CH de fecha 03.01.2012, suscrito por la Jefa (e) del Programa Vaso de Leche, relacionados con la Declaración de Situación de Desabastecimiento Inminente del Programa Vaso de Leche y Exoneración de Proceso de Selección para la adquisición de 19,170.41 kg. de Hojuelas de Kiwicha, Avena, Cebada, Quinua y Azúcar Fortificada con Vitaminas y Minerales y 67,608 latas de Leche Evaporada Entera Gloria, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, representan al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, los Acuerdos de Concejo son decisiones que toma el Concejo Municipal referidos a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional conforme se establece en el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante Informe Nº 001-2012-PVL-MPM-CH de fecha 03 de enero del 2012, la Jefa del Programa del Vaso de Leche Sra. Silvia Mezones Benites señala que se han producido retrasos inesperados por motivos de plazos de acuerdo a ley, en el pronunciamiento por parte del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE), ante la presentación de recursos de impugnación durante la etapa de absolución de observaciones en el proceso de selección, de la Licitación Pública N° 003-2011-MPM/CH, ADQUISICION DE INSUMOS PARA EL PROGRAMA VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORROPON-CHULUCANAS, por un valor referencial por S/.1´123,831.20 (Un millón ciento veintitrés mil ochocientos treinta y uno y 20/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos de ley. Señala además que el proceso se encuentra paralizado al haberse elevado las observaciones efectuadas a las bases, al organismo Supervisor de Contrataciones del Estado - OSCE, estimando un plazo de sesenta (60) días calendarios para suscribir contrato y abastecer del producto a 8,466 benefi ciarios, por consiguiente solicita la adquisición de productos por efecto de desabastecimiento inminente; Que, mediante el Informe Técnico Nº 002-2012-MPM- CH-G.A. de fecha 09.01.2012, el Jefe de la Ofi cina de Administración indica que con fecha 24 de Noviembre del 2011, se convocó la Licitación Pública Nº 003-2011-MPM- CH para adquirir insumos para el Programa Vaso de Leche Año 2012, y al haber ejercido los participantes su derecho