Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2012 (05/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO:

460475

e. Los contribuyentes deudores cuya cobranza se encuentren en cobranza coactiva, podran acogerse al BENEFICIO TRIBUTARIO, los cuales tendran los mismos beneficios senalados en los incisos precedentes, previa cancelacion de las costas y gastos. Articulo 3°.- FRACCIONAMIENTOS VIGENTES.Aquellos contribuyentes que hayan realizado fraccionamientos, MORDAZA de la vigencia de la presente Ordenanza, podran acogerse al Beneficio Tributario, conforme a lo senalado en el articulo 2° literales a), b) c). La imputacion de los montos cancelados en los fraccionamientos, se haran de acuerdo a lo establecido en el articulo 31° del Decreto Supremo N° 135-99-EF TUO del Codigo Tributario. Articulo 4°.- DESISTIMIENTO DE RECLAMACIONES.El acogimiento a la presente Ordenanza por los contribuyentes que cuenten con expedientes en reclamo o impugnacion pendientes de Resolucion, por concepto de Impuesto Predial o Arbitrios Municipales. En caso de existir recursos de queja y/o apelaciones que se ventilan en el Tribunal Fiscal y en su caso demanda contenciosa administrativa, demanda de revision judicial, accion de MORDAZA u otro MORDAZA tramitado ante el Poder Judicial, los contribuyentes que se acojan a la presente Ordenanza, deberan previamente adjuntar a la Sub Gerencia de Recaudacion Tributaria o Ejecutoria Coactiva Tributaria, segun sea el caso, MORDAZA del escrito de desistimiento del MORDAZA, presentado ante el Tribunal Fiscal o los organos jurisdiccionales pertinentes. Articulo 5º.BENEFICIO PRONTO PAGO ARBITRIOS 2012.- ESTABLECER para el ejercicio 2012, un Beneficio de Pronto Pago (enero a diciembre) de los arbitrios municipales, conforme a los siguientes terminos. 1. Los contribuyentes que al 31 de diciembre del ano 2011 tengan deuda cero y que paguen al contado el importe anual de los arbitrios del 2012 hasta el 29 de febrero, tendran un descuento del 30% 2. Los contribuyentes que al 31 de diciembre del ano 2011 tengan deuda y que paguen al contado el importe anual de los arbitrios del 2012 hasta el 29 de febrero, tendran un descuento del 15%. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTESE al MORDAZA de la Municipalidad de Comas, para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue los plazos y dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la adecuada aplicacion de la presente MORDAZA, de considerarlo conveniente. Segunda.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a La Gerencia Municipal, la Gerencia de Administracion Tributaria, y la Unidad de Comunicacion Municipal las cuales quedan encargadas para la ejecucion y difusion de la presente ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 29 de febrero del 2012. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los Dos dias del mes de Febrero del ano dos mil doce MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA 749602-1

En Sesion Extraordinaria de fecha 15 de diciembre de 2011, el Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Regimen Unico de Organizaciones Juveniles ­ R.U.O.J, la Solicitud Nº 10503-11 de fecha 08 de junio de 2011, presentada por la Asociacion Kallpa y otras Organizaciones Juveniles, el Informe Nº 770-2011-GAJ-MDSJM, de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 109-2011-SGECDPJGDS/MDSJM, de la Gerencia de Desarrollo Social; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27630-Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el Articulo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades en concordancia con el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Ordenanzas Municipales, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la materias en las cuales esta tiene competencia, cuyo rango es equivalente a la Ley; Que, con la Ordenanza Nº 191-MML se creo el Registro Unico de Organizaciones Sociales, para la participacion vecinal, como una forma de promover la participacion de estas en la Gestion Municipal, estando comprendida dentro de las organizaciones sociales las Organizaciones Juveniles. Que, mediante Ordenanza Nº 113-2009-MDSJM, de fecha 07 de MORDAZA de 2009, se creo y reglamento el Registro Unico de Organizaciones Sociales Juveniles, para la Participacion en la Sociedad civil del Distrito de San MORDAZA de Miraflores. Que, mediante el Informe Nº 109-2011-SGECDPJGDS/MDSJM, de fecha 01 de diciembre de 2011, la Gerencia de Desarrollo Social senalo que la Ordenanza Nº 113-2009-MDSJM, de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores debe ser derogada en razon que su contenido reune una serie de vicios insubsanables, incongruencias y con contenidos de imposibles juridicos, con errores materiales y ortograficos, adicional a eso, dicha MORDAZA contraviene a la Ordenanza Nº 191-2009, de la Municipalidad Metropolitana de Lima; motivo por el cual la Gerencia de Desarrollo Social, opina sobre la viabilidad del proyecto de Ordenanza que aprueba la creacion del Registro Unico de Organizaciones Juveniles (RUOJ) del distrito de San MORDAZA de Miraflores. Que, mediante el Informe Nº 770-2011-GAJ-MDSJM, de fecha 30 de noviembre de 2011, la Gerencia de Asesoria Juridica opina sobre la procedencia del Proyecto de Ordenanza que crea el Registro Unico de Organizaciones Juveniles del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, debiendo derogarse la Ordenanza Nº 113-2009-MDSJM de fecha 07 de MORDAZA de 2009. De conformidad con lo establecido en el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con la dispensa de tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo por mayoria de sus miembros, la siguiente ORDENANZA: ORDENANZA QUE CREA EL REGISTRO UNICO DE ORGANIZACIONES JUVENILES DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES TITULO I DEL AMBITO DE LA ORDENANZA Articulo 1.- La presente ordenanza crea el Registro Unico de Organizaciones Juveniles (R.U.O.J.) del Distrito de San MORDAZA de Miraflores y regula las condiciones y requisitos para el Reconocimiento y Registro de las Organizaciones Juveniles de la jurisdiccion del Distrito de San MORDAZA de Miraflores. Articulo 2.- Se entiende por Organizacion Juvenil a toda forma organizativa de adolescentes y jovenes naturales comprendidos entre los 15 a 29 anos de edad, sin discriminacion alguna que afecte a sus

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Crean el Registro Unico de Organizaciones Juveniles del distrito de San MORDAZA de Miraflores
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 210-2011-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 15 de diciembre de 2011

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