Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2012 (05/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de febrero de 2012

provisionales, ingreso y salida de materiales y condiciones para la proteccion del medio ambiente; Que, mediante Informe Nº 0846-2011-SGF-GTSC-MSS del 24.08.2011, la Subgerencia de Fiscalizacion remite la presente propuesta de Ordenanza, teniendo en cuenta que viene recibiendo constantes denuncias vecinales, referentes a la produccion de ruidos molestos por el uso de la herramienta denominada martillo neumatico o hidraulico en las obras de edificacion, por lo que a traves del proyecto de Ordenanza, propone se regule el horario del uso del martillo neumatico, hidraulico o similares para la ejecucion de obras de edificacion, en laderas de cerros, MORDAZA las caracteristicas de dichas zonas y su topografia, que afecta la salud y tranquilidad de los vecinos, por los ruidos molestos que ocasiona; Que, con los Memorandos Nros. 654 y 762-2011SGLAU-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas de fechas 16.09.2011 y 07.11.2011 respectivamente, se efectuaron sugerencias y recomendaciones al texto del proyecto de Ordenanza, cuya version fue remitida para su prepublicacion en el MORDAZA Institucional por la Subgerencia de Fiscalizacion a traves del Informe Nº 01299-2011-SGF-GSC-MSS de fecha 16.11.2011; Que, mediante Informe Nº 1154-2011-GAJ-MSS del 14.12.2011, la Gerencia de Asesoria Juridica, teniendo en cuenta la documentacion generada, y habiendo verificado el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y la Directiva Nº 005-2009-MSS aprobada mediante Resolucion Nº 2202009-RASS, conforme se acredita en el Memorandum Nº 0156-2011-GTI-MSS de fecha 22.11.2011 de la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, que senala se ha realizado la prepublicacion de la presente propuesta de Ordenanza en el MORDAZA Web de esta Corporacion Municipal, proyecto que no ha sido objeto de observacion y/o sugerencia por parte de los vecinos conforme al Informe Nº 01316-2011-SGFGSC-MSS de fecha 22.11.2011 de la Subgerencia de Fiscalizacion, por lo que, concluye opinando por considerar legalmente procedente el presente proyecto de Ordenanza, correspondiendo ser aprobada por el Concejo Municipal, conforme lo establece el articulo 9º numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, con Memorandum Nº 1334-2011-GM-MSS del 15.12.2011, la Gerencia Municipal remite el presente proyecto de Ordenanza, expresando su conformidad a la mencionada propuesta. Estando al Dictamen Conjunto N° 002-2012-CDLCAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Juridicos, al Informe Nº 1154-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y de conformidad con los Articulos 9º numerales 8), 9), 39º y 40º de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades; luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL HORARIO Y USO DEL MARTILLO NEUMATICO, HIDRAULICO O SIMILARES PARA LA EJECUCION DE OBRAS DE EDIFICACION, UBICADAS EN LAS LADERAS DE LOS CERROS, EN EL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA Articulo Primero.- DISPONGASE que el horario para el uso del martillo neumatico, hidraulico o similares en obras que se esten ejecutando en predios de propiedad privada, ubicados en las laderas de los cerros, sera de Lunes a Viernes de 8 a.m. a 1 p.m., quedando prohibido su uso los dias Sabados. Articulo Segundo.- ES RECOMENDABLE que las obras que se realicen con el uso del martillo neumatico, hidraulico o similares, ubicadas en las laderas de los cerros, cuenten con elementos de aislamiento acustico que mitiguen los ruidos que genere el uso de tales herramientas, para lo cual el propietario y/o ejecutor de la obra podra disenar alternativas de solucion como paneles y/o muros con tratamiento acustico, etc. para mitigar los ruidos que provienen del empleo de dichas herramientas. Articulo Tercero.- INCORPORESE en la Ordenanza Nº 334-MSS, Regimen de Aplicacion de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, las siguientes infracciones:

Gerencia de Desarrollo MORDAZA Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas (010.02)
MEDIDA COMPLEMENTARIA 010.02.58 Por ejecutar obras con martillo neumatico, 1 UIT Paralizacion de obra hidraulico o similares fuera del horario establecido para su uso. CODIGO INFRACCION %UIT

DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalizacion, Gerencia de Obras Publicas y Proyectos y Gerencia de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de la siguiente norma. Segunda.- La Subgerencia de Fiscalizacion debera realizar acciones de difusion, informacion y capacitacion del contenido y alcances de la presente Ordenanza, las mismas que podran ejecutarse a traves de Internet, impresos, charlas, afiches u otros medios que aseguren la adecuada difusion de la misma. Tercera .- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 749555-2

Disponen beneficio de regularizacion extraordinaria para el pago de deudas tributarias y/o multas administrativas "Cero Deuda"
ORDENANZA Nº 416-MSS MORDAZA de MORDAZA, 31 de enero de 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y VISTO: El Memorandum Nº 111-2012-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Memorandum Nº 073-2012GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Memorandum N° 085-2012-SGORT-GAT-MSS y el Informe Tecnico Nº 003-2012-SGORT-GAT-MSS de la Subgerencia de Orientacion, Registro y Recaudacion Tributaria, el Memorandum N° 158-2011-SGF-GCSMSS de la Subgerencia de Fiscalizacion, el Informe Nº 86-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que dispone la aplicacion de beneficios tributarios de regularizacion extraordinaria para el pago de deudas tributarias y/o multas administrativas; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas,

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