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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (26/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de febrero de 2012 461509 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en la provincia de Lucanas y en los distritos de Ayna, San Francisco, San Miguel, Santa Rosa, Tambo, Anco y Samugari-Palmapampa en la provincia de La Mar y los distritos de Ayahuanco, Llochegua y Sivia en la provincia de Huanta, en el departamento de Ayacucho. DECRETO SUPREMO Nº 016-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, las Alertas Meteorológicas emitidas por el SENAMHI desde Enero 2012 a la fecha, han demostrado los aciertos de la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales y precipitaciones sólidas en varias zonas altoandinas del país, incluyendo entre ellos también a varias zonas en el departamento de Ayacucho, que han afectado varias provincias con la crecida de los ríos, activación de varias quebradas que han originado varios deslizamientos y han puesto en riesgo varias localidades ubicadas en los conos de eyección y que las recientes alertas meteorológicas emitidas en los últimos días han previsto la continuidad de ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales que ocasionaría daños a las poblaciones vulnerables identifi cadas previamente por las autoridades regionales y locales, los cuales requieren tomar las medidas inmediatas y oportunas para salvaguardar la vida y salud de las poblaciones en las zonas afectadas; Que, mediante Informe Nº 06-2012-GRA/GRRNGMA- SGDC de fecha 20 de febrero de 2012, que incluye el sustento técnico correspondiente, el Gobierno Regional de Ayacucho, solicita se declare el Estado de Emergencia en la provincia de Lucanas del departamento de Ayacucho, señalando que el reporte de Evaluaciones de Daños y Análisis de Necesidades de las zonas afectadas, han sido debidamente ingresadas en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD), donde se detallan las emergencias y desastres que vienen suscitándose por esta temporada de lluvias en toda la provincia de Lucanas, que vienen afectando el sistema vial, extensiones de terrenos de cultivos, interrupción de carreteras, huaycos e inundaciones de grandes dimensiones, entre otros; Que, mediante Informe Técnico Nº 007 -2012- INDECI/11.0 de fecha 21 de febrero de 2012, la Dirección Nacional de Operaciones del INDECI, y sustentado en la información presentada por el Gobierno Regional de Ayacucho, así como en la información consolidada por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional-COEN y las Alertas Meteorológicas del SENAMHI de los meses de Enero y Febrero de 2012, que informan sobre la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales y precipitaciones sólidas en las últimas semanas en el departamento de Ayacucho, pronosticando la continuidad de las mismas, habiendo producido emergencias prioritariamente en la provincia de Lucanas, como se registra en el Sistema Nacional de Información de Prevención y Atención de Desastres – SINPAD, todo lo cual ha ocasionado desbordes de ríos, varios deslizamientos que han ocasionado severos daños a la vida y salud de la población y asimismo daños a viviendas, servicios básicos, terrenos de cultivos, vías de comunicación, entre otros, recomendando la aprobación de la Declaratoria de estado de emergencia en dicha provincia, más aún cuando el Gobierno Regional de Ayacucho cuenta con una capacidad limitada de respuesta en apoyo a la provincia de Lucanas; Que, mediante Informe Nº 07-2012-GRA/GRRNGMA- SGDC de fecha 22 de febrero de 2012, que incluye el sustento técnico correspondiente, el Gobierno Regional de Ayacucho, solicita que igualmente se declare el Estado de Emergencia en los distritos de Sivia, Llochegua y Ayahuanco de la provincia de Huanta y los distritos de Ayna, San Francisco, Santa Rosa, Samugari- Palmapampa, Tambo y San Miguel de la provincia de La Mar, en el departamento de Ayacucho, señalando que el reporte de Evaluaciones de Daños y Análisis de Necesidades de las zonas afectadas, han sido igualmente debidamente ingresadas en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD), donde se detallan las emergencias y desastres que vienen suscitándose por esta temporada de lluvias en las mencionadas zonas, que vienen afectando viviendas, servicios básicos, centros educativos, carreteras, caminos vecinales, puentes, pérdida de áreas de cultivos, entre otros. Indicando además que vienen recibiendo gran cantidad de solicitudes de parte de las municipalidades distritales para el apoyo logístico e intervención correspondiente, habiendo rebasado su capacidad de respuesta; Que, mediante Informe Técnico Nº 008-2012- INDECI/11.0 de fecha 22 de febrero de 2012, la Dirección Nacional de Operaciones del INDECI, y sustentado en la información presentada por el Gobierno Regional de Ayacucho, así como en la información consolidada por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional- COEN y las Alertas Meteorológicas del SENAMHI de los meses de Enero y Febrero de 2012, que informan sobre la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales y precipitaciones sólidas en las últimas semanas en el departamento de Ayacucho, pronosticando la continuidad de las mismas, los cuales también han producido emergencias en los distritos de Ayna, San Francisco, San Miguel, Santa Rosa, Tambo, Anco y Samugari-Palmapampa en la provincia de La Mar y los distritos de Ayahuanco, Llochegua y Sivia en la provincia de Huanta, en el departamento de Ayacucho, como se registra en el Sistema Nacional de Información de Prevención y Atención de Desastres – SINPAD, que han ocasionado severos daños a viviendas, servicios básicos, terrenos de cultivos, vías de comunicación, entre otros, recomendando la aprobación de la Declaratoria de estado de emergencia en los mencionados distritos de ambas provincias; Que, en efecto la magnitud de la situación descrita demanda la adopción de medidas urgentes que permitan, al Gobierno Regional de Ayacucho, y los Gobiernos Locales involucrados, según corresponda, con la intervención del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Defensa y demás instituciones y organismos del Estado involucrados, ejecutar acciones inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas; Que asimismo, el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia, establece que “la solicitud de declaratoria de estado de emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre, es presentada por el Gobierno Regional al INDECI, con la debida sustentación (..)”; De conformidad con el inciso 1 del artículo 137º de la Constitución Política del Perú, con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como con el artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM que