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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (26/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de febrero de 2012 461506 5.- Comisión de Desarrollo Económico Local Presidente Regidor LUIS ANIVAL DAMIAN FLORES MONZON Integrante Regidor PAULINO LORENZO PINARES ARAGON Integrante Regidor ISAIAS BERNABE ALARCON MONTEALEGRE Integrante Regidor ANA BENITA GONZALES LEALLE Integrante Regidor JUANA AURORA GUTIERREZ GALLARDO Integrante Regidor MILKO HERBERT AMESQUITA RIVERA Integrante Regidor ALLEN FERNANDO ORE FLORES 6.- Comisión de Desarrollo Social Presidente Regidor ANA BENITA GONZALES LEALLE Integrante Regidor ISAIAS BERNABE ALARCON MONTEALEGRE Integrante Regidor FELIX FIGUEROA ROJAS Integrante Regidor JUANA AURORA GUTIERREZ GALLARDO Integrante Regidor LUIS ANIVAL DAMIAN FLORES MONZON Integrante Regidor MILKO HERBERT AMESQUITA RIVERA Integrante Regidor VILMA MELVA COLLAO SALOMON. 7.- Comisión de Asuntos Legales Presidente Regidor NESTOR SEGUNDO PILCO PILCO Integrante Regidor PAULINO LORENZO PINARES ARAGON Integrante Regidor HIPOLITO TITO TITO Integrante Regidor ALLEN FERNANDO ORE FLORES Integrante Regidor LUIS WILFREDO MONTOYA CANCHIS Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 756338-1 Constituyen Comisión Técnica Mixta con el objeto de promover el desarrollo integral de los mercados de abastos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0001-2012-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 27 de enero de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: La solicitud Nº 9711-2011 de fecha 20 de mayo del 2011, presentado por el Señor Ricardo Ramos Alendres representante de la asociación de Mercados del Distrito de San Juan de Mirafl ores AMEDESAJUM, solicitando la conformación de una Comisión Técnica Mixta, con el objeto de promover el desarrollo integral de los mercados de abastos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad; Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales representan al vecindario y promueven el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 120º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que los empresarios, en forma colectiva, a través de gremios, asociaciones de empresarios, u otras formas de organizaciones locales, participan en la formulación, discusión, concertación y control de los planes de desarrollo local; Que, debido a que los mercados de abastos tradicionales se encuentran interesados en conformar una Comisión Técnica Mixta, con la fi nalidad de promover, coordinar, diseñar y evaluar los procedimientos administrativos referente a tributos, limpieza pública, obtención de licencias y permisos en el ámbito de su jurisdicción, sin obviar las normas técnicas de seguridad, con el objetivo de lograr mejorar la calidad de los servicios de abastecimiento que brindan a la población, en consecuencia, resulta necesario establecer un mecanismo de participación que oriente las iniciativas de la asociación de Mercados del Distrito de San Juan de Mirafl ores AMEDESAJUM; Estando a lo antes expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Constituir la Comisión Técnica Mixta la cual estará integrada por los siguientes representantes: - El Gerente de Desarrollo Económico Local. - El Gerente de Rentas. - El Gerente de Servicios a la Ciudad. - El Sub Gerente de Comercialización. - El Sub Gerente de Control y Fiscalización. - Sub Gerente de Recaudación Tributaria. - Sub Gerente de Fiscalización Tributaria. - Sub Gerente de Obras Privadas, Defensa Civil y Catastro. - (03) representantes de la Asociación de Mercados del Distrito de San Juan de Mirafl ores AMEDESAJUM, la que estará conformada de la siguiente manera: • Ricardo Ramos Alendres. • Gabriel Mamani Huanca. • Luis Ramírez Loyola. Artículo Segundo.- ESTABLECER que la Comisión Técnica Mixta constituida por el artículo primero del presente decreto, tendrá las siguientes funciones: 1. Promover, coordinar, diseñar y evaluar los procedimientos administrativos referente a los tributos municipales, limpieza pública, obtención de licencias y permisos en el ámbito de su jurisdicción, sin obviar las normas técnicas de seguridad y dentro del marco legal. 2. Elaborar el diagnóstico situacional de los Mercados de Abastos del Distrito de San Juan de Mirafl ores y realizar la evaluación de sus potencialidades. 3. Elaborar un Plan de Trabajo para dinamizar los mercados de Abastos del Distrito de San Juan de Mirafl ores. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico Local, Gerencia de Rentas y Gerencia de Servicio a la Ciudad, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Informática y Estadística su implementación, a la Gerencia de Secretaria General su publicación y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 756341-1