Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2012 (26/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de febrero de 2012

Ley 27972, referente a saneamiento, salubridad y salud, es una de sus funciones especificas compartida de las Municipalidades Distritales el Gestionar la atencion primaria de salud, asi como construir y equipar postas medicas, botiquines y puestos de salud en los centros poblados que los necesiten, en coordinacion con las municipalidades provinciales, los centros poblados y los organismos regionales y nacionales pertinentes; Que, el Distrito tiene una superficie de 23.98 Km2, contando con una poblacion de 362, 642 habitantes constituyendo el 4.8% del territorio de la Provincia de MORDAZA, con una densidad poblacional de 15,309, hab/km2; la division del Distrito es de seis zonas territoriales de planificacion y una MORDAZA como una area de tratamiento especial; siendo las siguientes 01) Pamplona Alta, 02) MORDAZA de Dios/ Pamplona Baja/ San Juanito. 03) MORDAZA Urbana: 04) MORDAZA MORDAZA Auxiliadora. 05) Pampas de San Juan. 06) Panamericana Sur. 07) Urbanizacion Residenciales Monterrico Sur y otras limitrofes con MORDAZA (area de tratamiento especial). Que, la Ley Nº 27972, precisa en su articulo IV del Titulo Preliminar que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. Que, mediante Ordenanza Nº 000074-MDSJM de fecha 26 de Setiembre del 2006, se aprobo el Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de San MORDAZA de Miraflores 2005-2012, el mismo que establece en su Linea Estrategica 2, un Distrito Promotor en Salud integral, educacion, deporte y cultura de calidad, con enfasis en la salud de la familia sanjuanina, para lo cual se debe conformar un espacio de concertacion para la promocion de la salud, asi como la recuperacion y la prevencion de la enfermedad; siendo uno de sus objetivos el establecer las pautas para llegar a ser un modelo de distrito saludable, para ello debe concertar con las entidades publicas y privadas, nacionales e internacionales en coordinacion con el gobierno local. Que, es necesario constituir como Politica de Gestion Municipal la mejora continua de la salud publica de los vecinos de San MORDAZA de Miraflores, destinando para tales efectos los presupuestos y recursos que esta demande, autorizando al despacho de Alcaldia su implementacion y puesta en funcionamiento del Comite Distrital de Salud o "CODISAL"; Que, la Gerencia de Desarrollo Social y Subgerencia de Salud y Promocion Social, de acuerdo a las funciones y competencias del Reglamento de Organizacion y Funcion de nuestra Corporacion MORDAZA aprobada por Ordenanza Municipal Nº 000134-2010-MDSJM de fecha 26 de enero del 2010, refiere entre sus funciones lo siguiente "Supervisar y controlar los procesos relacionados a la atencion primaria de servicios de salud y programas de salud preventiva entre la poblacion del Distrito, asi como Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la promocion y administracion de los centros de salud; asi como y proponer politicas de promocion correspondiente a los servicios de salud". Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 9º y en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la aprobacion por MAYORIA de los senores Regidores, con dispensa de lectura y aprobacion del acta; ORDENANZA QUE CREA EL COMITE DISTRITAL DE SALUD (CODISAL) Articulo Primero.- Crear en la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, el Comite Distrital de Salud cuyas siglas seran CODISAL como Organo de Coordinacion para la concertacion y sistematizacion de las acciones, estrategias, proyectos y planes que tengan como finalidad elaborar el Plan de Salud Distrital, para lo cual se convocara a las diversas instituciones del sector publico y privado, asi como organizaciones representantes de la sociedad civil, en la busqueda de mejorar el estado de salud de la poblacion sanjuanina con enfasis en la Lucha contra la Desnutricion, Tuberculosis, Embarazo Adolescente y demas problemas de salud publica que puedan ser identificados mediante la elaboracion del Analisis Situacional de Salud (ASIS) Distrital, lo cual permitira en forma oportuna, eficaz y eficiente mejorar la calidad de MORDAZA del vecino del Distrito de San MORDAZA de Miraflores.

Articulo Segundo.- Establecer como Politica de Gestion Municipal la mejora continua de la Salud Publica de los Vecinos del Distrito de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Tercero.- El CODISAL estara integrado de la siguiente manera: MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores ­ Presidente. Un (01) Funcionario de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, representado por la Gerencia de Desarrollo Social. Un (01) Representantes del Ministerio de Salud como son: la Direccion de Red de Salud del distrito y del Hospital MORDAZA Auxiliadora. Un (01) representantes del Centro de Atencion Primaria de Essalud. Un (01) Representantes de las Sanidades de las Fuerzas Armadas del distrito. Un (01) Representantes de las Clinicas y Policlinicos Privados y de las ONG´s Representantes de los Hospitales Municipales, entre otros actores de la Sociedad Civil y el Sector Salud. Articulo Cuarto.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia disponga las medidas reglamentarias y complementarias necesarias para la aplicacion de la presente ordenanza, asi como la suscripcion de Convenios con las diversas Entidades publicas y privadas, nacionales e internacionales, que contribuyan a la mejora continua de la prestacion de servicios de salud publica. Articulo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social y Subgerencia de Salud Promocion Social y Lucha Contra la Pobreza. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 756337-1

Aprueban exoneracion del derecho de tramite de MORDAZA de Posesion en beneficio de vecinos de extrema pobreza del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 216-2012-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 10 de febrero de 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 10 de febrero de 2012, el Oficio Nº 026-DISA-II-LS-DRS-SJMVMT-UEE/12, de fecha 07 de febrero de 2012, presentado por Ministerio de Salud MORDAZA II LS-DRS-SJM-VMT, El Informe N° 015-2012-GDS/MDSJM, de fecha 09 de febrero de 2012, de Gerencia de Desarrollo Social, el Informe Nº. 121-2012-GAJ-MDSJM, de fecha 09 de febrero de 2012, de Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldia el organo ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante el Oficio Nº 026-DISA-II-LS-DRSSJM-VMT-UEE/12, de fecha 07 de febrero de 2012, presentado por Ministerio de Salud MORDAZA II LS-DRS-SJMVMT, representado por el Coordinador Tecnico Dr. MORDAZA

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