Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2012 (26/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de febrero de 2012

Existe mayoria cuando en el organo colegiado se verifica la aprobacion de la mitad mas uno de los representantes de las gerencias presentes al momento de tomar la decision. El referido primer nivel de gobierno municipal del Organismo Promotor de la Inversion Privada podra contar con el apoyo o asesoramiento de las otras gerencias de la Municipalidad de La MORDAZA, asi como de asesoramiento externo. Articulo Cuarto.- MORDAZA ORGANO DEL ORGANISMO PROMOTOR DE LA INVERSION PRIVADA El organo MORDAZA del Organismo Promotor de la Inversion Privada es el Concejo Municipal. Articulo Quinto.- CREACION DEL CEPRI Encargar al MORDAZA aprobar, a propuesta del primer nivel del Organismo Promotor de la Inversion Privada, la constitucion del Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada del distrito de La MORDAZA (CEPRI-MLV). Establezcase que el CEPRI es un organo creado de caracter temporal extendiendose su permanencia unicamente por el plazo previsto para el procedimiento asignado. Articulo Sexto.- FUNCIONES Y FACULTADES DEL CEPRI Las funciones y facultades del CEPRI-MLV se encuentran reguladas por el Decreto Legislativo Nº 1012, el Decreto Supremo Nº 146-2008-EF y el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana, en tanto no se oponga a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1012; asimismo, resultaran de aplicacion las demas disposiciones a que se hace referencia en el articulo MORDAZA de la presente Ordenanza. Articulo Setimo.- DELEGACION DE FUNCIONES DEL OPIP AL CEPRI Autorizar al primer nivel del Organismo Promotor de la Inversion Privada, la potestad de delegar al CEPRI las facultades y funciones que corresponden a dicho organismo en el Regimen de Iniciativas Privadas, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1012, normas reglamentarias y complementarias y por el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana, en lo que no se oponga a las precitadas normas. De ser el caso, las iniciativas privadas seran declaradas de interes por acuerdo del Concejo Municipal. Articulo Octavo.- INFORMACION AL CONCEJO MUNICIPAL El primer nivel de gobierno municipal del Organismo Promotor de la Inversion Privada debera informar semestralmente al Concejo Municipal, el estado y la situacion de los procesos de promocion de la inversion privada a que se refiere la presente Ordenanza, incluyendo las iniciativas privadas presentadas. Articulo Noveno.- CONSTITUCION DEL FOMPRI Constituyase el Fondo Municipal de Promocion de la Inversion Privada de la Municipalidad de La MORDAZA (FOMPRI-MLV) Los recursos del FOMPRI-MLV seran destinados a financiar todos aquellos gastos imputables, directa o indirectamente, al MORDAZA de promocion de la inversion privada a cargo del Organismo Promotor de la Inversion Privada. Articulo Decimo.- AUTORIZACION Autorizar a la Gerencia Municipal y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a financiar los gastos en que incurra el CEPRI por la ejecucion de los procesos de promocion de la inversion privada. Los recursos empleados deberan ser reembolsados con recursos propios que genere el FOMPRI-MLV. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Establezcase que por Decreto de Alcaldia se dicten las disposiciones complementarias a la presente Ordenanza asi como las normas reglamentarias para la tramitacion y evaluacion de las Iniciativas Privadas en proyectos de Inversion Publica. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

Tercera.- Disponer que las solicitudes de Iniciativas Privadas en tramite se adecuen en lo pertinente a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 756439-1

Convocan a elecciones de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital - CCLD
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2012/MLV La MORDAZA, 24 de enero de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTOS; el Informe Nº 001-2012-SGPV-GDS/MDLV del 4 de enero de 2012 de la Subgerencia de Participacion Vecinal; el Memorandum Nº 013-2012-GDS/MDLV del 5 de enero de 2012 de la Gerencia de Desarrollo Social; el Informe Nº 012-2012-GAJ/MDLV del 9 de enero de 2012 de la Gerencia de Asesoria Juridica; el Informe Nº 0172012-SGPV-GDS/MDLV del 16 de enero de 2012 de la Subgerencia de Participacion Vecinal; el Memorandum Nº 059-2012-GDS/MDLV del 16 de enero de 2012 de la Gerencia de Desarrollo Social; el Informe Nº 019-2012GAJ/MDLV del 16 de enero de 2012 de la Gerencia de Asesoria Juridica; el Memorandum Nº 087-2012-GM-MLV del 20 de enero de 2012 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 197º de la Constitucion Politica del Peru las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, lo cual guarda correspondencia con lo senalado en el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ que establece que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos, teniendo como principios la participacion ciudadana a traves de sus organizaciones vecinales; Que, el articulo 111º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ senala que los vecinos de una circunscripcion municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestion administrativa y de gobierno municipal a traves de mecanismos de participacion vecinal y del ejercicio de derechos politicos, de conformidad con la Constitucion y la respectiva ley de la materia; Que, la citada MORDAZA estipula en su articulo 102º que el Consejo de Coordinacion Local Distrital ­ CCLD ­ es un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, el cual es integrado por el MORDAZA Distrital que lo preside, los regidores y los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizacion de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que senala la misma Ley. Asimismo, senala que la proporcion de los representantes de la sociedad civil sera del 40% de la totalidad de su miembros, precisando ademas que los mismos son elegidos democraticamente, por un periodo de 2 (dos) anos, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el registro que abrira para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personeria juridica y un minimo de 3 (tres) anos de actividad institucional comprobada; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 149-2010ALC/MLV de fecha 24 de marzo de 2010 se reconocio a los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital ­ CCLD ­ de La MORDAZA, elegidos en el MORDAZA electoral realizado el 20 de febrero de 2012, conforme a ley; Que, de lo expuesto se observa que se encuentra proximo el vencimiento de la vigencia de la eleccion y

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