Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2012 (28/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 28 de febrero de 2012

Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer el Area de Conservacion Privada San MORDAZA MORDAZA, por el periodo de diez (10) anos, sobre una superficie de veintitres hectareas con mil cuatrocientos metros cuadrados (23,14 hectareas), del predio de propiedad de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ceron, inscrito en la Partida Nº 05003574, ubicado en el distrito de Inambari, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA debidamente delimitada, segun Memoria Descriptiva y Mapa que como anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Establecer como objetivo general del Area de Conservacion Privada San MORDAZA MORDAZA, conservar la diversidad biologica de los ecosistemas de bosque humedo subtropical (de llanura), los cuales albergan un conjunto de especies de MORDAZA y fauna MORDAZA, considerada vulnerable o en peligro. Articulo 3º.- En aplicacion del MORDAZA parrafo del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, que contiene las disposiciones para la elaboracion de los Planes Maestros de las Areas Naturales Protegidas, el expediente de reconocimiento del Area de Conservacion Privada San MORDAZA MORDAZA, se constituye en su Plan Maestro, en razon a que este contiene el listado de obligaciones y restricciones, asi como la propuesta de zonificacion del Area de Conservacion Privada. Articulo 4º.- En aplicacion del articulo 11º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, las obligaciones que se derivan del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, son inherentes a la superficie reconocida como tal y el reconocimiento del area determina la aceptacion por parte de los propietarios de condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que durante el plazo de vigencia del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, MORDAZA titulares o les sea otorgado algun derecho real sobre el mismo. Articulo 5º.- En aplicacion del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, y de los numerales 1) y 5) del articulo 2019º del Codigo Civil, asi como del articulo 12º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010SERNANP, el SERNANP procedera a inscribir en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos SUNARP, las cargas de condiciones especiales de uso del Area de Conservacion Privada San MORDAZA MORDAZA, por el periodo de diez (10) anos, segun detalle: Obligaciones de Hacer: 1. Usar el Area de Conservacion Privada para el fin que ha sido reconocido. 2. Desarrollar practicas ambientales sostenibles en el aprovechamiento de los recursos naturales. 3. Preservar los servicios ambientales en el Area de Conservacion Privada. 4. Dar cumplimiento a la normativa sobre Areas Naturales Protegidas, directivas, disposiciones y recomendaciones emitidas por el SERNANP, asi como las normas conexas aplicables a la conservacion del Area de Conservacion Privada. 5. Brindar al representante del SERNANP o a quien este designe, las facilidades para la supervision del area. 6. Presentar un informe anual de avance respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro. Obligaciones de No Hacer: 1. No efectuar cambio de usos permitidos en los documentos de planificacion. 2. No realizar cambio de uso del suelo en la zonificacion de uso limitado del Area de Conservacion Privada. 3. No realizar actividades que pongan en riesgo los objetivos del area. 4. No desarrollar proyectos de infraestructura que deterioren la calidad del paisaje. Articulo 6º.- Lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial no implica la convalidacion de derecho real alguno sobre el area reconocida, asi como

tampoco constituye medio de prueba para el tramite que pretenda la formalizacion de la propiedad ante la autoridad estatal competente. Articulo 7º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente

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Amplian plazo de Comision encargada de formular propuesta de ordenacion territorial para la categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada "Lomas de Ancon"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 036-2012-MINAM
MORDAZA, 24 de febrero de 2012 Visto, el Oficio Nº 064-2012-SERNANP-J de 8 de febrero de 2012 del Jefe del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 189-2010MINAM de 6 de octubre de 2010, se declaro como MORDAZA Reservada "Lomas de Ancon" la superficie de diez mil novecientos sesenta y dos hectareas con mil cuatrocientos metros cuadrados (10 962,14 ha), ubicada en la provincia de MORDAZA, departamento de Lima; Que, asimismo, la citada Resolucion Ministerial constituyo la Comision encargada de elaborar la propuesta de ordenacion territorial para la categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada "Lomas de Ancon", otorgandole un plazo MORDAZA de seis (06) meses, contados a partir de la instalacion de la misma, para la MORDAZA de dicha propuesta; Que, con la Resolucion Ministerial N° 137-2011-MINAM de 24 de MORDAZA de 2011, se amplio el plazo establecido en el articulo 5° de la Resolucion Ministerial N° 1892010-MINAM, otorgandole seis (06) meses adicionales a la Comision encargada de elaborar la propuesta de ordenacion territorial para la categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada "Lomas de Ancon"; Que, mediante el documento de visto, y sobre la base del Acuerdo contenido en el Acta de Reunion V de la citada Comision, de fecha 18 de noviembre de 2011; el Informe N° 011-2011-SERNANP-DGANP-ZRLA-HLPD de 30 de noviembre de 2011, de la Jefa de la MORDAZA Reservada MORDAZA de Ancon; el Informe N° 265-2011-SERNANP-DEE de 13 de diciembre de 2011, de la Direccion de Desarrollo Estrategico del SERNANP; y, el Informe N° 022-2012SERNANP-OAJ de 19 de enero de 2012, de la Oficina de Asesoria Juridica del SERNANP, se concluye que resulta necesario ampliar por once (11) meses adicionales el plazo para la MORDAZA del estudio tecnico de la propuesta de ordenacion territorial para la categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada "Lomas de Ancon", por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013 Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organizacion y Funciones, y la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Ampliar, con eficacia anticipada al 12 de noviembre de 2011, en once (11) meses adicionales, el plazo establecido para la Comision creada mediante la Resolucion Ministerial N° 189-2010-MINAM, encargada de formular la propuesta de ordenacion territorial para la categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada "Lomas de Ancon", por los fundamentos senalados en la parte considerativa de la presente resolucion.

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