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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (29/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 95

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de febrero de 2012 461681 CONSIDERANDO: Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, del mismo modo el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que mediante Ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley; señalando que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regula las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, existe la necesidad de establecer los montos que deberán abonar los contribuyentes por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2012, que refl ejen los resultados del costo individual informado por la Gerencia de Administración y Finanzas. Que, a fi n de determinar el referido Derecho es indispensable el aprobar los cuadros de estructura de costos del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos, incluida su distribución a domicilio, así como la estimación de ingresos por la prestación de dicho servicio a fi n de establecer el monto que les corresponde abonar a los contribuyentes por dicho concepto. Que, conforme a lo antes expuesto resulta necesario establecer la tasa por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2012, de acuerdo al costo que demanda la prestación de este servicio para el presente ejercicio fi scal; Que, estando al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica Nº 1718-0400-GAJ/MSI; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad con la dispensa del trámite de aprobación de acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL MONTO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCION DOMICILIARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2012 Artículo Primero.- Fijar en el monto de S/. 4.68 (Cuatro y 68/100 Nuevos Soles) la tasa por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2012, en la jurisdicción del distrito de San Isidro. Este monto será abonado conjuntamente con el pago al contado del impuesto predial o de optar por el pago fraccionado, con la cancelación de la primera cuota. Artículo Segundo.- Aprobar los cuadros de estructura de costos del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos, incluida su distribución a domicilio, correspondientes al Impuesto Predial y a los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2012, que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Aprobar la estimación de ingresos por el cobro del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos, incluida su distribución a domicilio, correspondientes al Impuesto Predial y a los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2012, que en Anexo 2 forma parte integrante de la presente Ordenanza Artículo Cuarto.- Facultar al Alcalde de la Municipalidad de San Isidro, para que dicte las disposiciones complementarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que aprueba su ratifi cación y será publicada en la página web de la Municipalidad de San Isidro www. munisanisidro.gob.pe y en la página web del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima www.sat.gob.pe. Artículo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los 28 días del mes de noviembre de 2011 MAGDALENA DENISE DE MONZARZ STIER Alcaldesa ANEXO 1 ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA PARA EL AÑO 2012 Concepto Detalle Cantidad Unidad de Medida Costo Unitario % de Dedicación % de Depreciación Costo Emisión % COSTOS DIRECTOS 129,124.38 99.94% COSTOS DE MANO DE OBRA 3,109.45 Personal CAS 3,109.45 Especialista Tributario Revisión y validación de autovaluo, predial y arbitrios 7 Trabajador 2,580.40 13.67% 2,470.08 Analista de Sistemas y programa tributario Calculo y procesamiento del impuesto predial y arbitrios municipales 1 Trabajador 3,196.83 20.00% 639.37 COSTO DE MATERIALES 724.11 Materiales y útiles de ofi cina 724.11 Material de Cómputo Tóner para impresora OKI B6500 1 Unidad 682.33 100.00% 682.33 Material de útiles de escritorio Papel bond 2 Millar 20.89 100.00% 41.78 DEPRECIACIÓN DE MUEBLES Y ENSERES 818.32 Depreciación de equipo de cómputo Computadoras para emisión mecanizada 3 Unidad 4,089.00 17.22% 25% 528.16