Norma Legal Oficial del día 29 de febrero del año 2012 (29/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de febrero de 2012

Art. 111º La Oficina Central de Autoevaluacion, Acreditacion y Certificacion Universitaria esta a cargo de un docente Principal a D.E., quien depende jerarquicamente del Rector y es designado en el Consejo Universitario. Ejerce el cargo por tres (03) anos, pudiendo ser reelegido. · En el Art. 32° literal d) solo se debe proponer al Consejo Universitario mas no a la Asamblea Universitaria. En consecuencia el articulo 32° queda redactado de la siguiente manera: Art. 32º Son Investigacion: atribuciones del Vicerrector de

a) Formular y supervisar la ejecucion del Plan de Desarrollo de Investigacion de la Universidad. b) Proponer ante el Consejo Universitario la aprobacion del Presupuesto para Investigacion cientifica. c) Conducir los asuntos en materia de investigacion basica, aplicada y experimental como actividades esenciales para el desarrollo de los diferentes MORDAZA del conocimiento donde participa. d) Proponer al Consejo Universitario la politica de la Universidad en materia de investigacion, innovacion y transferencia de ciencia y tecnologia. e) Pronunciarse sobre la creacion de Centros o Institutos de Investigacion en facultades. f) Promover y asegurar que la investigacion realizada dentro de la Universidad alcance los estandares de calidad e impacto en los niveles academicos nacional e internacional. g) Promover la integracion de las actividades de Investigacion y Desarrollo con la formacion academica en Pregrado y Postgrado. h) Conducir las politicas y programas de Investigacion institucionales, acorde con las necesidades de la region y del MORDAZA, en coordinacion con el Gobierno Local, Regional y Nacional; a traves de la participacion de las unidades academicas de la universidad ligadas a las actividades de investigacion de punta. i) Formular y dirigir programas de publicaciones en base a las investigaciones de sus docentes y estudiantes, a traves de la Editorial de la Universidad. j) Promover anualmente la Feria de Tecnologia e Investigacion a nivel regional. k) Promover la generacion de recursos para la UNJFSC, a traves de la produccion de bienes y prestacion de servicios derivadas de las actividades de investigacion y desarrollo, asi como mediante la obtencion de regalias por patentes u otros derechos de propiedad intelectual. l) Elaborar la Memoria Anual de su gestion como parte de la Memoria Anual del Rector. m) Cumplir las demas funciones que le asignan el Rectorado, el Consejo Universitario, el presente Estatuto y los reglamentos. · Se incluya en el 26° dentro de las atribuciones del Consejo universitario aprobar el MORDAZA y sus modificaciones En consecuencia el articulo 26° queda redactado de la siguiente manera Art. 26° Son atribuciones del Consejo Universitario: a) Aprobar, a propuesta del Rector, el Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad, asi como el Plan Estrategico Institucional. b) Aprobar el Reglamento General de la Universidad y elevar a la Asamblea Universitaria, para su ratificacion, los documentos de gestion academico administrativo y otros reglamentos internos especiales, c) Aprobar el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), asi como las modificaciones que den lugar para el cumplimiento de los fines de la Universidad y el Presupuesto Analitico de Personal (PAP). d) Aprobar el Presupuesto General de la Universidad, autorizar los actos y contratos que atanen a la Universidad y resolver todo lo pertinente al manejo economico. e) Proponer a la Asamblea Universitaria la creacion, fusion, supresion o reorganizacion de Facultades, Departamentos Academicos, Escuelas o Secciones de Postgrado, e Institutos.

f) Aprobar la creacion de centros productivos y/o servicios. g) Aprobar las Tasas Educacionales. h) Ratificar los planes de estudio o trabajo, propuestos por las Facultades y la Escuela de Postgrado. i) Conferir los MORDAZA Academicos y los Titulos Profesionales aprobados por las Facultades, los MORDAZA de Maestro o Doctor aprobados por la Escuela de Postgrado, asi como otorgar distinciones honorificas, reconocer y revalidar los estudios, MORDAZA y Titulos de universidades extranjeras, cuando la universidad este autorizada para hacerlo. j) Aprobar anualmente para el MORDAZA de Admision, el numero de vacantes, previa propuesta de las Facultades y Escuela de Post Grado, en concordancia con el presupuesto. k) Ratificar la seleccion, contrato, nombramiento, cambios de dedicacion, remocion, ratificacion y promocion de docentes, aprobados por el Consejo de Facultad. l) Contratar, nombrar y promover, al personal administrativo de la Universidad, a propuesta de sus respectivas facultades. m) Aprobar la designacion de los funcionarios de confianza a Propuesta del Rector o Vice Rectores, de acuerdo a sus meritos y competencias. n) Aceptar legados y donaciones. o) Celebrar o ratificar, segun corresponda, convenios, acuerdos, tratados, contratos y cualquier otro acto juridico, con otras universidades nacionales o extranjeras, asi como con instituciones privadas y publicas, para el cumplimiento de los fines institucionales. p) Autorizar los viajes oficiales al extranjero de las autoridades o funcionarios de la Universidad. q) Declarar el receso temporal a la Universidad o cualquiera de sus Unidades Academicas, cuando las circunstancias lo requieran, con cargo a informar a la Asamblea Universitaria. r) Ejercer, en instancia revisora, el poder disciplinario sobre los docentes, estudiantes y personal administrativo y de servicio. s) Conferir distinciones academicas como Doctor Honoris Causa, Profesor Honorario, Profesor Emerito y otras que establezca el reglamento especifico. t) Aprobar el MORDAZA y sus modificaciones. u) Los demas que le confiere la Constitucion Politica, la Ley Universitaria y el Estatuto. · Debe ampliarse la denominacion de Departamento Academico de Quimica y Metalurgia a Departamento Academico de Ingenieria Quimica y Metalurgia. En consecuencia la nueva denominacion es Art. 37° 9 FACULTAD METALURGICA DE INGENIERIA QUIMICA Y

· Departamento Academico de Ingenieria Quimica y Metalurgia · Escuela Academico Profesional de Ingenieria Metalurgica. · Escuela Academico Profesional de Ingenieria Quimica. · Se cambie en el Art. 307° la Oficina, por la Unidad de Patrimonio, debiendo quedar de la siguiente manera: Art. 307° La Unidad de Patrimonio depende jerarquicamente de la Oficina de Economia y Contabilidad y, esta a cargo de un funcionario designado por el Rector. Estando a lo anteriormente expuesto, y En uso de las atribuciones conferidas en los numerales 3.1 y 3.2, Art. 3º de la Ley Nacional Nº 29424, en concordancia con lo prescrito por la Resolucion Suprema Nº 077-2010PCM, modificada mediante Resolucion Suprema Nº 1492011-PCM, Ley Universitaria Nº 23733; y, Acuerdo de la Comision Reorganizadora en Pleno en Sesion de Asamblea Universitaria de fecha 29 de setiembre de 2011, continuada el 14 de noviembre de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MODIFICAR, el ESTATUTO de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

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