Norma Legal Oficial del día 29 de febrero del año 2012 (29/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de febrero de 2012

por el Consejero Regional por la provincia de Chepen, que presenta el Proyecto de Acuerdo Regional N° 0292012-GR-LL/CR, relativo a fijar la remuneracion mensual del Presidente Regional y Vicepresidenta Regional, asi como la dieta de los senores Consejeros Regionales para el Ano Fiscal 2012; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo 2° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los gobiernos regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, es competencia del Gobierno Regional de La MORDAZA emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el Articulo 39° de la mencionada Ley senala: "Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. (...)". Que, mediante Ley N° 28212, modificada mediante Decreto de Urgencia N° 038-2006 de fecha 30 de diciembre de 2006, establece en su Articulo 4° inciso c) que los Presidentes de los Gobiernos Regionales reciben una remuneracion mensual, que es fijada por su respectivo Consejo Regional, hasta un MORDAZA de cinco y media URSP por todo concepto, hoy Unidad de Ingreso del Sector Publico (UISP). Que, con Decreto Supremo Nº 082-2010-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 14 de agosto de 2010, se fija el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Publico para el ano 2011, ascendente a la suma de S/. 2,600 Nuevos Soles, el cual servira de referencia para el pago de ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado. Que, mediante Decreto Supremo N° 074-2011-PCM, de fecha 21 de agosto del 2011, se fija el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Publico para el ano 2012, ascendente a la suma de S/. 2,600.00 Nuevos Soles como valor de referencia para fijar los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado. Que, asimismo y conforme a lo dispuesto en el Articulo 19° de citada Ley Organica, en concordancia con el Articulo 5° numeral 5.2 del Decreto de Urgencia N° 038-2006 que modifico a la Ley N° 28212, los Consejeros Regionales tienen derecho a percibir unicamente dietas y estas no pueden superar en total al 30% de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional. Que, mediante Acuerdo Regional N° 002-2011-GR-LL/ CR, de fecha 11 de enero de 2011, se fijo la remuneracion mensual del Presidente Regional y Vicepresidente Regional, asi como la dieta de los senores Consejeros Regionales para el ano 2011; en tal sentido, es necesario que mediante acuerdo se fije la remuneracion mensual del Presidente Regional y Vicepresidenta Regional, asi como la dieta de los senores Consejeros Regionales para el ano 2012. El Consejo Regional del Gobierno de La MORDAZA, en uso de sus atribuciones conferidas por los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Peru; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los Articulos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GR-LL/CR; demas normas complementarias; y, ACUERDA: Articulo Primero.- FIJAR la remuneracion mensual del Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA en cinco y media (5.5) Unidades de Ingreso del Sector Publico fijada para el presente ano 2012, ascendente a la suma de S/. 2,600.00 Nuevos Soles, que se otorgara a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del Ano Fiscal 2012. Articulo Segundo.- FIJAR la remuneracion mensual de la Vicepresidenta Regional en cinco (05) Unidades de Ingreso del Sector Publico fijada para el presente ano 2012, ascendente a la suma de S/. 2,600.00 Nuevos Soles, que se otorgara a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del Ano Fiscal 2012. Articulo Tercero.- FIJAR la dieta mensual de los senores Consejeros Regionales en el 30% de lo que

percibe el Presidente Regional, montos que se otorgaran a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del Ano Fiscal 2012. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Administracion y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en lo que les correspondan segun sus competencias. Articulo Quinto.- FACULTAR a la Secretaria del Consejo Regional efectue la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Consejo Regional de La MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de enero del dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINCHOLA Secretario del Consejo Regional 756932-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican la Ordenanza Nº 337-MSI, modificada mediante Ordenanza Nº 339-MSI, que fija monto por derecho de emision mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2012 en el distrito de San MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 375 MORDAZA, 16 de febrero de 2012 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 16 de febrero del 2012, el Oficio Nº 001-090-00006565 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 337-MSI, modificada por la Ordenanza Nº 339-MSI que fija el monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2012 en el Distrito de San Isidro. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicacion de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada el 27 de junio del 2011, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al Servicio de Administracion Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con caracter de Declaracion Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitio el Informe Tecnico Legal Nº 004-181-00000457 opinando que procede la ratificacion solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio del 2011, debiendose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano y en los portales institucionales;

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