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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de julio de 2012 470095 Exteriores, las facultades sufi cientes para que suscriba el “Acuerdo entre la República del Perú y la República de la India sobre Cooperación en el Campo de la Defensa”. 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador José Beraún Araníbar, Viceministro del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 810618-19 Delegan facultades para suscribir el “Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de la India para la Creación de un Centro de Excelencia de Tecnología de la Información (CEIT)” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 163-2012-RE Lima, 5 de julio de 2012 Visto el Memorándum (DAO) Nro. DAO0560/2012 de 15 de junio de 2012, de la Dirección General de Asia y Oceanía; Debiéndose suscribir el “Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de la India para la Creación de un Centro de Excelencia de Tecnología de la Información (CEIT)”; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5 del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Delegar en la persona del Embajador José Beraún Araníbar, Viceministro del Ministerio de Relaciones Exteriores, las facultades sufi cientes para que suscriba el “Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de la India para la Creación de un Centro de Excelencia de Tecnología de la Información (CEIT)”. 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador José Beraún Araníbar, Viceministro del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 810618-20 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 156-2012-RE Mediante Ofi cio Nº 612-2012-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 156-2012-RE, publicada en la edición del 5 de julio de 2012. “DICE: Artículo 3º.- (...) Cada Sector designará a sus representantes mediante Resolución Suprema de su titular, en un plazo máximo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Suprema. “DEBE DECIR: Artículo 3º.- (...) Cada Sector designará a sus representantes mediante resolución de su titular, en un plazo máximo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución.” 810638-1 SALUD Aprueban Norma Técnica de Salud “Gestión y Manejo de Residuos Sólidos en Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 554-2012/MINSA Lima, 3 de julio del 2012 Visto el expediente Nº 10-023064-004, que contiene el Informe Nº2216-2011/DEPA/DIGESA, de la Dirección General de Salud Ambiental, e informe Nº 451-2011-OGAJ/ MINSA, de la Dirección General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1065, establece que el Ministerio de Salud es competente para normar a través de la Dirección General de Salud Ambiental el manejo de los residuos sólidos de establecimientos de atención de salud, así como de los generados en campañas sanitarias; Que el artículo 48º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-SA, establece que la Dirección General de Salud Ambiental es el órgano técnico normativo en los aspectos relacionados al saneamiento básico y protección del ambiente; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 217-2004- MINSA de fecha 19 de marzo de 2004, se aprobó la Norma Técnica Nº 008-MINSA/DGSP-V.01 “Manejo de Residuos Sólidos Hospitalarios”; Que en el marco de sus competencias, la Dirección General de Salud Ambiental ha propuesto para su aprobación la Norma Técnica de Salud: “Gestión y Manejo de Residuos Sólidos en Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo”, cuya fi nalidad es contribuir a brindar seguridad al personal, pacientes y visitantes de los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo públicos, privados y mixtos a nivel nacional, a través de la gestión y el manejo adecuado de los residuos sólidos a fi n de prevenir, controlar y minimizar los riesgos sanitarios y ocupacionales de los mismos, así como el impacto negativo a la salud pública y al ambiente; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental; Con el visado de la Directora General de Salud Ambiental, del Director General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, del Director General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud;