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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2012 (06/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de julio de 2012 470089 Guatemala y el Banco Interamericano de Desarrollo cursan invitación al Ministerio de Economía y Finanzas, para participar en la Octava Reunión Anual del Grupo de Especialistas en Gestión de Deuda Pública de América Latina y el Caribe (LAC Debt Group), organizada por las citadas entidades, con la colaboración del Centro de Asistencia Técnica Regional del Caribe (CARTAC), la cual se llevará a cabo en la ciudad de La Antigua Guatemala, República de Guatemala, del 11 al 13 de julio de 2012; Que, el principal objetivo del Grupo de América Latina y el Caribe (LAC) es fortalecer la capacidad de los gobiernos para gestionar la deuda pública y fomentar mejores prácticas de gestión, a través del intercambio continuo de experiencias entre los países y las discusiones técnicas; Que, en el citado evento se tratarán temas tales como, el análisis e impacto de la situación económica global sobre los mercados de deuda pública en América Latina y El Caribe, gestión de deuda pública y el cambio climático, los sistemas de gestión y análisis de la deuda, y el relacionamiento con las agencias califi cadoras de riesgo; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente que el señor Pedro Valentín Cobeñas Aquino, Director de Financiamiento de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público asista como expositor a la citada reunión, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el Ministerio de Economía y Finanzas, resulta pertinente autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del citado Ministerio; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, que el requerimiento de excepciones adicionales, a las señaladas en los literales a), b), c) y d) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Pedro Valentín Cobeñas Aquino, Director de Financiamiento de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de La Antigua Guatemala, República de Guatemala, del 10 al 14 de julio de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 1 626,00 Viáticos (4 días) : US$ 800,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 810618-9 Aprueban Lineamientos para la Formulación de Proyectos de Inversión Pública de Apoyo al Desarrollo Productivo y de Prevención de Desastres RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 005-2012-EF/63.01 Lima, 5 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28802, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Política de Inversiones, es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública y dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, el artículo 11° del Decreto de Urgencia N° 016- 2012, que dicta medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional, dispone que para el año 2012 quedan comprendidas dentro del numeral 4.1 del artículo 4° de la Ley Nº 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local (FONIPREL), las siguientes prioridades: “Apoyo al desarrollo productivo” para las zonas comprendidas en el ámbito del VRAE; y, “prevención de desastres”; estableciendo que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Política de Inversiones, emitirá los lineamientos para los proyectos de inversión pública que se enmarquen en las prioridades antes mencionadas, en el plazo máximo de diez (10) días calendarios contados desde la entrada en vigencia del mencionado Decreto de Urgencia; Que, el literal m. del numeral 3.2 del artículo 3° del Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 102- 2007-EF, señala que la Dirección General de Política de Inversiones establece las metodologías generales y específi cas para la formulación y evaluación de proyectos, normas técnicas y parámetros de evaluación; Que, en este sentido, es necesario aprobar los lineamientos aplicables a los proyectos de inversión pública de apoyo al desarrollo productivo y de prevención de desastres; En concordancia con las facultades dispuestas por la Ley N° 27293 y modifi catorias, normas reglamentarias y complementarias, la Resolución Ministerial N° 223-2011- EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Lineamientos para la formulación de Proyectos de Inversión Pública de apoyo al desarrollo productivo y de prevención de desastres 1.1. Aprobar los Lineamientos para Proyectos de Inversión Pública de apoyo al desarrollo productivo que como Anexo 1 forman parte de la presente Resolución. 1.2. Aprobar los Lineamientos para Proyectos de Inversión Pública de prevención de desastres que como Anexo 2 forman parte de la presente Resolución.