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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 467380 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún días del mes de mayo de dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 795926-8 Autorizan viaje de representante del Ministerio para participar en la IV Cumbre Presidencial de la Alianza del Pacífico que se realizará en Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 149-2012-MINCETUR/DM Lima, 18 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la implementación del Acuerdo de la Alianza del Pacífi co, se llevará a cabo la IV Cumbre Presidencial en la ciudad de Antofagasta, República de Chile, el 6 de junio de 2012; evento en el que se prevé la suscripción de una declaración presidencial que contendrá mandatos en los ámbitos de trabajo de cada uno de los Grupos Técnicos: Comercio e Integración, Movimiento de Personas de Negocios, Servicios y Capitales y Cooperación; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales para que asista a dicha reunión en representación del MINCETUR, prestando apoyo al Titular de Comercio Exterior y Turismo quien participará en el referido evento; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, supervisar y evaluar la política de negociaciones comerciales internacionales, así como programar y ejecutar acciones concernientes a la Agenda Comercial de los diferentes esquemas de integración, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Antofagasta, República de Chile, del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, del 05 al 07 de junio de 2012, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la IV Cumbre Presidencial de la Alianza del Pacífi co, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 406,30 Viáticos (US$ 200,00 x 2 días) : US$ 400,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Brandes Salazar presentará al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 794352-1 DEFENSA Autorizan viaje de Oficiales de la Marina de Guerra para efectuar una Visita Oficial a la Armada del Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA N° 240-2012-DE/MGP Lima, 31 de mayo de 2012 Visto, el Ofi cio P.200-0854 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 2 de abril de 2012; CONSIDERANDO: Que, en la VII Reunión de Estados Mayores entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada del Ecuador, se acordó efectuar la Visita Ofi cial del Director General del Material de la Marina a la Fuerza Naval del Ecuador, con el propósito de afi anzar los lazos de amistad y cooperación en áreas operacionales, académicas e intercambio de experiencias frente a nuevas amenazas, desarrollando, impulsando y potenciando las medidas de confi anza mutua de ambas Instituciones Armadas; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 176, Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado por Resolución Suprema Nº 014-2012-DE, de fecha 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Director General del Material de la Marina, acompañado de UN (1) Ofi cial Ayudante, para que efectúen una Visita Ofi cial a la Armada del Ecuador, a realizarse en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 4 al 8 de junio de 2012; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de