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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de junio de 2012 468119 Estando a las consideraciones expuestas, acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Apurímac, de fecha 14 de Marzo del 2011, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus Modifi catorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, con el voto unánime de sus miembros y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- FIJAR, en 5.5 (Cinco y Media) de la Unidad Remunerativa del Sector Público (URSP). la Remuneración Mensual del señor Presidente Regional del Gobierno Regional de Apurímac. Artículo Segundo.- FIJAR, en el 3.83 (Tres punto Ochenta y Tres) de la Unidad Remunerativa del Sector Público (URSP) la Remuneración Mensual del señor Vicepresidente Regional del Gobierno Regional de Apurímac. Artículo Tercero.- FIJAR, en el 30% (Treinta por Ciento) de la Remuneración Mensual del Presidente del Gobierno Regional de Apurímac, que por concepto de DIETAS percibirán los señores Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Apurímac. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Acuerdo del Consejo Regional a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurímac. Artículo Quinto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, el presente Acuerdo de Consejo Regional, en el Diario Regional y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 42º y 19º Inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se Registre, Publique y Cumpla. Dado en la Sede Central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los Catorce días del mes de Marzo del año dos mil once. EDWIN CARLOS URQUIZO CONTRERAS Presidente Consejo Regional Apurímac 799087-1 Aprueban transferencia financiera a favor de diversas Municipalidades Provinciales de la Región Apurímac, para la elaboración de estudios y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 016-2012-GR-APURÍMAC/CR. Abancay, 2 de mayo del 2012. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC: VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional Apurímac, llevada a cabo en la Ciudad de Abancay, el día Jueves 26 de Abril del 2012, como Punto de Agenda: “Aprobar las Transferencias Presupuestales a las Municipalidades Provinciales de la Región Apurímac”, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 258-2012-GRAP/06/GG, de fecha 23 de Abril del 2013, dirigido a la Presidencia del Gobierno Regional de Apurímac, el Gerente General Regional luego de realizar la revisión al Informe N° 142-2012-GRAP/09/GRPPAT, propone la modifi cación presupuestaria para apoyar con recursos presupuestales el fi nanciamiento de Estudios de Proyectos de Inversión, así como el cofi nanciamiento para la ejecución de proyectos de las Municipalidades Provinciales del ámbito regional, solicitando se remita al Consejo Regional para su aprobación mediante Acuerdo del Consejo Regional; Que, a través del Informe N° 142-2012-GRAP/09/ GRPPAT, de fecha 20 de Abril del 2012, dirigido a la Gerencia General Regional, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, señala que en base a los requerimientos y en cumplimiento a las disposiciones de la Alta Dirección, la Sub Gerencia de Presupuesto emite los documentos de la referencia a), b) y c) informando sobre las demandas y la necesidad de que se haga un análisis de las mismas, para que puedan ser atendidas en el presente ejercicio fi scal 2012, agrega que “Para atender en parte estas demandas se ha realizado un análisis del Programa de Inversiones del Pliego 442 GOBIERNO REGIONAL APURÍMAC, especialmente de la Unidad Ejecutora 001 REGIÓN APURÍMAC SEDE CENTRAL, habiéndose determinado que en el Programa de Caminos Departamentales existe un saldo presupuestal ascendente a S/. 4´000,000.00, que podría ser habilitador para atender parte de los requerimientos (…)”, por tanto, es necesario y urgente que los saldos disponibles del proyecto ascendente al monto de S/. 4,000,000.00 sean distribuidos en forma equitativa tanto para la elaboración de estudios como para el cofi nanciamiento y fi nanciamiento de proyectos, a los Municipios Provinciales; Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, en su Artículo 12°, Numeral 12.1, Literal c) sobre transferencias fi nancieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2012, autoriza la realización, de manera excepcional, de transferencias que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras, entre los niveles de Gobierno Subnacional y de éstos al Gobierno Nacional, previa suscripción del Convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2012, se establece que dichas transferencias se realizan en el caso de los Gobiernos Regionales, mediante Acuerdo del Consejo Regional, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto y Planeamiento, o la que haga sus veces, debiendo publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, los Consejeros Regionales Wilard Nicky Félix Palma y Gerardo Sulca Quintana de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, Administración y Comunidades Campesinas en mérito a los documentos sustentatorios descritos, emiten el dictamen favorable para la transferencia fi nanciera de S/. 4´000,000,00 a favor de las Municipalidades Provinciales de la Región Apurímac: Abancay, Andahuaylas, Antabamba, Aymaraes, Cotabambas, Chincheros y Grau de conformidad a una distribución equitativa que debe efectuar el Ejecutivo Regional; Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, su fecha 26 de Abril del 2012, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus Modifi catorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional; y con el Voto por Mayoría de sus Miembros y con una Abstención de la Consejera Regional Rusby Victoria Zela Anamaría, y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta; HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera para las Municipalidades de las Provincias de la Región Apurímac: Abancay, Andahuaylas, Antabamba, Aymaraes, Cotabambas, Chincheros y Grau, por el monto de S/. 4´000,000.00 Nuevos Soles, proveniente de la Fuente Recursos Ordinarios, destinado en forma exclusiva para la Elaboración de Estudios de Pre Inversión, Estudios Defi nitivos y Cofi nanciamiento de los Proyectos de Inversión Pública en sus ámbitos jurisdiccionales.