Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2012 (27/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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HA RESUELTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2012

III. CONSIDERACIONES LEGALES.III.1 Facultades del Organismo Regulador De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del articulo 3 de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Publica en los Servicios Publicos y los articulos 24 y 26 del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, Reglamento General de la SUNASS, este Organismo Regulador es competente para establecer la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion correspondiente a EPS publicas y privadas que prestan servicios de saneamiento. El articulo 30 de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento dispone que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las formulas para el calculo de las tarifas. El articulo 85 del Decreto Supremo Nº 023-2005VIVIENDA, Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que la Superintendencia es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicacion a las EPS municipales, publicas, privadas y mixtas. Mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 0612011-SUNASS-CD se incorporo al Reglamento General de Tarifas el articulo 6A que establece las condiciones de aplicacion del regimen tarifario. Con la Resolucion de Consejo Directivo Nº 062-2011SUNASS-CD se aprobaron los "Lineamientos para el Periodo de Transicion Relativo a las EPS no comprendidas en la Modificacion de las Condiciones de Aplicacion del Modelo Regulatorio de SUNASS". IV IMPACTO ESPERADO.La aprobacion de la separacion de las Metas de Gestion de EPSEL S.A. contribuye a diferenciar el cumplimiento de metas relacionadas a proyectos que la empresa puede financiar con recursos internamente generados, de las metas relacionadas a aquellos proyectos financiados y/o ejecutados con recursos no reembolsables de terceros; y de este modo se permite que la EPS no se vea afectada por el cumplimiento de Metas de Gestion que no dependen de su manejo exclusivo. DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA SEPARACION DE METAS DE GESTION DE EPSEL S.A. Informe Nº 017-2012-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria, que presenta la propuesta de separacion de las Metas de Gestion, segun correspondan a proyectos financiados con las diversas MORDAZA de financiamiento, comprendidos dentro de los alcances de la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion de EPSEL S.A. 806002-1

Articulo 1º.- APROBAR la separacion de las Metas de Gestion de EPSEL S.A., establecidas mediante Resoluciones de Consejo Directivo Nº 0382009-SUNASS-CD y Nº 052-2009-SUNASS-CD, segun las MORDAZA de financiamiento: (i) Recursos no reembolsables y (ii) Otras MORDAZA de financiamiento, conforme al detalle consignado en el Anexo Nº 1 de la presente resolucion. Articulo 2º.- PRECISAR que los demas extremos de las Resoluciones de Consejo Directivo Nº 038-2009SUNASS-CD y Nº 052-2009-SUNASS-CD mantienen su vigencia. Articulo 3º.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo Nº 1 y el Informe Nº 017-2012-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulacion Tarifaria, seran publicados en la pagina web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe. Con la intervencion de los senores consejeros MORDAZA Momiy MORDAZA, MORDAZA Olivarez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Carrion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOMIY MORDAZA Presidente Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS DE LA RESOLUCION QUE APRUEBA LA SEPARACION DE LAS METAS DE GESTION DE EPSEL S.A. APROBADAS MEDIANTE RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 0382009-SUNASS-CD Y RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 052-2009-SUNASS-CD. I. ANTECEDENTES El articulo 28 de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que estan sujetos a regulacion de tarifas, los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario proporcionados por las entidades prestadoras de servicios de saneamiento. El articulo 96 del Decreto Supremo Nº 023-2005VIVIENDA, Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, senala que la SUNASS definira y aprobara la Formula Tarifaria que corresponde a cada EPS para cada quinquenio, en funcion al Plan Maestro Optimizado que presenten dichas empresas. Mediante, Resolucion de Consejo Directivo Nº 0382009-SUNASS-CD, se aprobo la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion que debe aplicar EPSEL S.A. en el quinquenio regulatorio correspondiente, aprobandose asimismo el nivel de Fondo Exclusivo de Inversion. A traves de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 0522009-SUNASS-CD, se modifico el literal C del Anexo Nº 1 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 038-2009SUNASS-CD. Con Resolucion Nº 062-2011-SUNASS-CD se aprobaron los Lineamientos para el Periodo de Transicion Relativo a las EPS no comprendidas en la Modificacion de las Condiciones de Aplicacion del Modelo Regulatorio de SUNASS. II ANALISIS La separacion de las Metas de Gestion de EPSEL S.A. se realiza en el MORDAZA de lo dispuesto por la Resolucion Nº 062-2011-SUNASS-CD. En tal sentido, la Gerencia de Regulacion Tarifaria ha procedido a evaluar las Metas de Gestion de la mencionada EPS, separando dichas metas de acuerdo a la fuente de financiamiento de las cuales depende su cumplimiento. Es importante, destacar que en ningun caso la separacion de las Metas de Gestion implica la modificacion de la Tarifa Media ni de la Estructura Tarifaria.

Disponen inicio de aprobacion de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran de aplicacion por la EPS EMAQ SRL para el proximo quinquenio
RESOLUCION DE GERENCIA DE REGULACION TARIFARIA 003-2012-SUNASS-GRT MORDAZA, 22 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 30 de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento establece que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las formulas para el calculo de las tarifas, conforme a lo dispuesto en la referida ley y su reglamento; Que, el articulo 96 del TUO del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento1 establece que la SUNASS definira y aprobara la formula tarifaria que

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