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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (29/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de junio de 2012 469503 Determinan los montos de los recursos del Bono de Incentivo por la Ejecución Eficaz de Inversiones (BOI) en el marco del Decreto de Urgencia Nº 054-2011 y dictan otra disposición DECRETO SUPREMO N° 114-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia Nº 054-2011 autorizó la entrega de un Bono de Incentivo por la Ejecución Efi caz de Inversiones (BOI), a favor de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, con el objeto de incentivarlos a mejorar los niveles de ejecución del gasto en inversión, para tal fi n, se autorizó a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a abrir una cuenta de carácter intangible con cargo a los recursos del Tesoro Público, hasta por el monto de CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000 000,00) y se dispuso que la asignación de dichos recursos a favor de los citados Gobiernos se sujeta al cumplimiento de metas y plazos, conforme a los procedimientos y pautas que se establezcan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 174-2011-EF se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del BOI, disponiéndose en el numeral 7.3 de su artículo 7º que los recursos son asignados fi nancieramente en dos etapas, el 50% en el mes de abril, por el cumplimiento de las metas fi jadas al 31 de diciembre de 2011, y el 50% en el mes de junio de 2012, por el cumplimiento de las metas fi jadas al 31 de marzo de 2012; Que, asimismo, el numeral 4.2 del artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 054-2011, dispone que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se transfi eren los recursos del BOI a favor de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales que hayan cumplido con la meta establecida, los mismos que se registran en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados y se incorporan en el marco del artículo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, en el artículo 8º de los citados procedimientos se establece que los recursos del BOI asignados a los Gobiernos Locales y a los Gobiernos Regionales son destinados de manera exclusiva al mantenimiento de infraestructura o a proyectos de inversión pública; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 010-2012- EF/50.01, la Dirección General de Presupuesto Público aprobó los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del BOI, correspondiente al segundo periodo de evaluación, referidas a la “Ejecución de los proyectos de inversión pública (% del PIA-1er Trimestre 2012)”, por lo que el monto total de los recursos cuyo otorgamiento debe autorizarse asciende a CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 163 772 262,00); Que, de otro lado, mediante la Resolución Directoral N° 011-2012-EF/50.01 se aprobaron los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas anuales del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal (PI) correspondiente al 31 de diciembre de 2011; siendo que a la fecha se han recibido algunas observaciones por parte de gobiernos locales, las cuales se encuentran en evaluación; en ese sentido, en el marco de una efi ciente aplicación del PI es necesario ampliar el plazo para la transferencia de recursos correspondiente a las metas al 31 de diciembre del 2011, establecido en el artículo 11° de los procedimientos aprobados por el Decreto Supremo N° 004-2012-EF, hasta el mes de julio del presente año; De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 054-2011, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 174-2011-EF y Decreto Supremo N° 004-2012-EF; DECRETA: Artículo 1º.- Determinación de los montos de los recursos del BOI Determínense los montos de los recursos del Bono de Incentivo por la Ejecución Efi caz de Inversiones (BOI) correspondiente al segundo período de evaluación, a favor de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales cuyas metas fi jadas al 31 de marzo de 2012 han sido cumplidas, de acuerdo a la Resolución Directoral Nº 010-2012-EF/50.01, hasta por la suma total de CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 163 772 262,00), y conforme al detalle señalado en los Anexos Nº 01 y Nº 02, que forman parte integrante de la presente norma, para efecto de su asignación fi nanciera respectiva y su posterior incorporación presupuestaria correspondiente. Artículo 2º.- Incorporación de los recursos del BOI Para la incorporación de los recursos autorizados en los Anexos Nº 01 y Nº 02 de la presente norma, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales consideran la información consignada en los citados Anexos y lo dispuesto en el numeral 4.2 del artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 054-2011. Artículo 3º.- Publicación de los Anexos Nº 01 y Nº 02 Los Anexos Nº 01 y Nº 02 a que se refi eren los artículos 1º y 2º del presente Decreto Supremo, serán publicados en el portal electrónico institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos autorizados en el artículo 1º del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos a los establecidos en el artículo 8º de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del BOI, aprobado por Decreto Supremo Nº 174-2011-EF. Artículo 5°.- Disposición Complementaria Transitoria Establézcase que la transferencia de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal correspondiente a las metas establecidas para el 31 de diciembre del 2011, se realizará en el mes de julio del presente año, quedando modifi cado en dichos términos el artículo 11° de los “Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012”, aprobados por Decreto Supremo N° 004-2012-EF. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 808230-15 Designan Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE RESOLUCIÓN SUPREMA N° 042-2012-EF Lima, 28 de junio de 2012